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M
Mggcorvo
27/07/2010 22:49

Gimnasio

¿Cómo evitar comportamientos inadecuados en el gimnasio de la comunidad?

1.889 lecturas | 7 respuestas

Hola vecinos:

Quiero comentar una situación que me parece que se está desmadrando. Como sabrán todos los que usan el gimnasio más o menos regularmente, desde hace algún tiempo unos vecinos se dedican a practicar una especie de boxeo o combate (no sé de que clase).

Bien, pues yo ya no bajo al gimnasio y sé que no soy la única. No me apetece hacer bici estática o andar en la cinta mientras unos vecinos se dan o simulan que se dan mamporros, armando un escándalo tremendo y no respetando a los demás usuarios.

En las normas de la comunidad dice bien claro que se ha de guardar respeto a los demás vecinos, y mantener un comportamiento adecuado y en mi opinión, este grupo se lo está saltando a la torera. Todo eso sin contar el daño que están sufriendo las instalaciones. ¿Habéis visto la tarima? Está hecha una pena de las pesas, de los arañazos de mover máquinas, etc.

Creo que el gimnasio está para que todos lo usemos sin sentirnos violentos o cohibidos, pero no para hacer un uso arbitrario y particular. Pienso que solo se debería usar con los equipos que tenemos y no para otras cosas.
En fin, esa es mi opinión.
Buenas noches…….
 

 
A
anvida
06/09/2010 00:02

Buenas tardes Jeanluc,

Yo también creí por zanjado el tema, hasta que lo comenté con los vecinos y vimos el escrito en este foro, y todos estabamos molestos y ofendidos por el mismo.Pero es un tema a tratar en reunión.

A continuación tienes el Reglamento solicitado, es de una de las múltiples derivaciones del Kickboxing, llamada Full Contact.

Un saludo

REGLAMENTO DEPORTIVO DE FULL CONTACT
(Dado que los reglamentos de Full Contact pueden variar de un país a otro en base a determinadas reglamentaciones locales, el presente encierra la esencia que debe contener el mismo.)

DEFINICION DE FULL CONTACT
Art. 1º. Se denomina Full Contact a la práctica del combarte deportivo, con el empleo de golpes aplicados con brazos y piernas (puñetazos y patadas), entre dos adversarios que desarrollarán un encuentro sobre ring, ambos equipados con los protectores reglamentarios; la competencia será controlada por autoridades que harán cumplir y respetar los reglamentos que rigen este deporte, dentro de las normas caballerescas.

DEFINICION DE FULLCONTACTISTA
Art. 2º. Se denomina Fullcontactista al atleta entrenado y dotado de estado físico y conocimientos técnicos que enfrenta a un adversario dentro de las normas y reglamentos que rigen la competición deportiva del Full Contact.

Art. 3º. El fullcontactista deberá en sus combates deportivos, buscar el triunfo, cumpliendo los presentes reglamentos y manteniendo un accionar honesto y limpio.

AREA DE COMBATE
Art. 4º. Los combates deportivos del Full Contact se llevarán a cabo en ring reglamentario de boxeo, formado por un tablado seguro y compacto, sostenido por una armazón.
El ring tendrá en su perímetro tres cuerdas cubiertas con tela gruesa y suave, que estarán sujetas a postes en las esquinas. El piso estará cubierto con una lona extendida y afirmada a los costados mediante cuerdas. Debajo habrá un fieltro firme, que no presentará rugosidad alguna.

Art. 5º. Dos rincones, en diagonal entre sí denominados sitio de esquina, se destinarán a la atención y descanso de los combatientes. Deberán estar identificados con diferentes colores (ej. azul y rojo), y cada uno constará con un asiento, el que se retirará durante el combate. También habrá un embudo con un caño de goma que terminará en un recipiente. Los rincones libres se denominarán neutrales.

Art. 6º. Para subir al ring se dispondrá de escalerillas en cada rincón donde se ubican los combatientes.

Art. 7º. Habrá accesorios, como ser sillas para los segundos, esponja, balde con agua limpia, botella plástica y un trapo rejilla o de piso.

Art. 8º. La iluminación caerá verticalmente sobre el ring, sin molestar la visión de los contrincantes, autoridades y público.

Art. 9º. Alrededor del ring habrá cinco sillas o bancos que se destinarán a los jueces y jueces de patadas, así como una mesa y asientos para el cronometrista, el fiscal y los médicos.

VESTIMENTA
Art. 10º. La vestimenta del competidor consistirá en un pantalón largo similar a los empleados en las artes marciales, pero con cintura elastizada, sin botones ni cierre de cremallera. Puede ser de color y llevar escudo o leyenda, pero quedan prohibidas las inscripciones referidas a religiones o de corte político y aquellas que ofendan la moral y buenas costumbres.

CINTURONES
Art. 11º. Es optativo el uso de cinturones de graduación identificatorios. De ser empleados, deben tener una sola vuelta.

EQUIPOS PROTECTORES
Art. 12º. El equipo protector reglamentario se compone de:

Guantes: Se emplearán los convencionales de boxeo, ya sean éstos de cuero o material sintético de similares características, suaves y lisos, sujetos con cordones, los que durante la confrontación estarán cubiertos con tela adhesiva. El relleno será de crin de caballo, látex, etc. Estos se emplearán de acuerdo con el peso de los combatientes: de supermosca a medio usarán guantes de ocho (8) onzas, y de semipesados a superpesados de diez (10) onzas.
Protectores de pies: Deben cubrir el empeine y los laterales del pie, y el tobillo, debiendo dejar la planta desnuda. Se sujetarán por medio de cintas elásticas o cordones; los dedos quedarán también sujetos con elásticos. Deberán estar confeccionadas en material sintético y recubiertos con pintura, cuero o material similar. Sus partes tendrán espesor no inferior a quince (15) mm. Para afirmarlos, pueden encintarse como los guantes.
Canilleras: Deberán ser de características similares a las de los protectores de pies, no debiendo tener partes rígidas o semirrígidas, se sujetará con elásticos. También pueden emplearse canilleras totalmente elastizadas
Protector genital: Se emplearán del tipo suspensor elastizado, que dejan la cadera y la cintura libres. La coquilla tiene que ser de plástico o material similar; sus bordes estarán cubiertos con goma u otro material acolchado. Deben emplearse obligatoriamente debajo del pantalón.
Protector bucal: Se empleará el reglamentario de boxeo, sea de goma o material termomoldeable.
Vendas: Deberán ser de gasa o crepé, del tipo elastizado, y se emplearán en las manos, afirmando dedos y muñecas. Su longitud no puede ser mayor de diez (10) m. en los seniors y de cinco (5) m. en los juniors. Su ancho debe ser de cinco (5) cm.

Art. 13º. El equipo debe ser supervisado por las autoridades de la competición y, en caso de no reunir las características adecuadas, será rechazado.
Estos equipos deben ser de marca y producción en serie, debidamente aprobados, no aceptándose los de tipo artesanal.

CATEGORIAS DE PESO
Art. 14º. Los competidores se clasifican de acuerdo a su peso, según se determina a continuación:

Supermosca: menos de 57 Kg.
Superligero: de 57 a 63,999 Kg.
Ligero: de 64 a 69,999 Kg.
Semimedio: de 70 a 75,999 Kg.
Medio: de 76 a 79,999 Kg.
Semipesado: de 80 a 84,999 Kg.
Pesado: de 85 a 90,999 Kg.
Superpesado: de 91 Kg. en adelante.

CATEGORIAS DE LOS COMPETIDORES
Art. 15º. Los fullcontactistas que compiten se dividen en dos (2) categorías:
Junior: Que comprende a los que se inician en la competencia deportiva.
Senior: Abarca a los competidores más veteranos y experimentados.

TECNICAS PERMITIDAS
Art. 16º. Los competidores podrán utilizar todas las técnicas lícitas de brazos y piernas propias de Full Contact, Karate Do, Tae Kwon Do, Kung Fu y sistemas similares, así como las de boxeo. A continuación se mencionan algunas de las más frecuentemente empleadas:
Técnicas de brazos Técnicas de piernas
Puñetazo directo Patada frontal
Puñetazo cruzado Patada descendente
Puñetazo en gancho Patada lateral
Puñetazo circular Patada circular
Puñetazo descendente Patada en gancho
Puñetazo ascendente Patada en salto
Puñetazo de revés Barridos
etcétera etcétera.

Art. 17º. Para que el golpe sea considerado correcto y efectivo debe haber alcanzado al adversario con fuerza y penetración. No se toman en cuenta los toques que golpean las guardias, así como aquellas bloqueadas o esquivadas.

TECNICAS PROHIBIDAS
Art. 18. Están prohibidos los golpes aplicados con antebrazos, codos, rodillas o la cabeza. No se puede golpear debajo de la cintura, salvo los barridos, que solo deben aplicarse en al zona del tobillo.

Art. 19º. Quedan prohibidos los agarres de todo tipo o palancas, así como cualquier acción que signifique sujetar al oponente. El que agarra no puede golpear, en cambio el agarrado si está habilitado para hacerlo.

Art. 20º. Queda prohibido golpear cuando ha sonado la campana, cuando el árbitro ha ordenado detener la pelea y cuando el adversario está caído, aunque sea una sola rodilla en el suelo.
Se prohibe empujar, exponer la espalda, rehuir al encuentro y cualquier acto que busque llevar al contrincante a cometer una infracción.

OBLIGACION DE EMPLEAR TECNICAS DE PIERNAS (PATADAS)
Art. 21º. Con el fin de que el Full Contact preserve su característica que lo inserta entre las artes marciales, deben utilizarse obligatoriamente patadas, no considerándose entre éstas los barridos.

Art. 22º. Cada contrincante debe arrojar un mínimo de seis (6) patadas por asalto en la categoría junior y ocho (8) en la de senior.

Art. 23º. Se consideran patadas válidas aquellas que tienen intención de golpear y son lanzadas dentro de una distancia que exhiba voluntad de aplicarlas, aunque hayan sido bloqueadas o esquivadas. No se califican como tales las técnicas que son simples fintas.

Art. 24º. El combatiente que no hace el mínimo de patadas reglamentarias, sufrirá dos (2) puntos de descuento por cada una que no haya sido arrojada. El combatiente que no cumpla esta regla en dos (2) rounds consecutivos o alternados en encuentros pactados a tres (3), cinco (5) o siete (7) asaltos pierde la pelea, adjudicándose la victoria su adversario.
Si esta regla no se cumple en tres (3) rounds en encuentros pactados a nueve (9) o mas asaltos, se pierde el combate. Si ambos competidores no cumplen estas normas, el encuentro será declarado nulo.

DURACION DE LOS ENCUENTROS (CANTIDAD DE ROUNDS)
Art. 25º. Los encuentros de Full Contact se pactan a varios rounds y varían de acuerdo a sus características, junior, senior, disputa de títulos, etcétera.

Art. 26º. Los combates se pactan a tres (3), cinco (5), siete (7), nueve (9) y once (11) asaltos.

Art. 27º. Los juniors combatirán solo a tres (3) asaltos. Los seniors, en cambio, lo harán a un mínimos de cinco (5) rounds y, en caso de disputa de títulos, los encuentros serán a siete (7) rounds.
Los encuentros de carácter internacional en al categoría seniors serán a nueve (9) y once (11) asaltos si hay disputa de títulos.

DURACION DE LOS ROUNDS
Art. 28º. Los asaltos tendrán una duración de dos (2) minutos, por uno (1) de descanso.

CALIFICACION DE LAS TECNICAS (puntaje)
Art. 29º. La calificación de las técnicas de Full Contact es básicamente conceptual, ya que resultaría imposible llevar un registro de cada golpe aplicado con efectividad.
Debe considerarse el desempeño de los contrincantes según lo siguiente: ataque, eficacia, defensa y técnica.

Art. 30º. Para calificar a los contendientes se adjudicarán diez (10) puntos al ganador del asalto y un puntaje inferior a su adversario sobre la base de una comparación entre ambos. Se calificará round por round previo cómputo de los descuentos por infracciones, falta de patadas, etcétera.

Art. 31º. Por lógica razón si el match se ha definido por K.O. (nocaut), K.O. Técnico (nocaut técnico), abandono o descalificación de alguno de los competidores, el puntaje es nulo.

Art. 32º. Las definiciones de los encuentros son los siguientes:
Victoria por fuera de combate o nocaut: Se concede al contrincante que ha derribado a su rival tres (3) veces en un asalto, con su correspondiente cuenta de protección, aunque la última no haya sido posible completarla. También se otorga el triunfo cuando el rival permanece caído por diez (10) segundos, contados por el árbitro.
Se considera caída cuando uno de los contrincantes ha tocado el piso con cualquier parte del cuerpo excepto los pies, cuelga indefenso de las cuerdas, ha sido arrojado fuera del cuadrilátero, se encuentra semiinconsciente o, a juicio del árbitro o del médico, no está en condiciones de proseguir el combate. Al competidor, que estando en pie y sin recostarse de las cuerdas, o al finalizar el descanso, no hace acto de reanudar el combate, aunque no lo haya abandonado, se le declarará el K.O.
Victoria por decisión del árbitro o el médico, nocaut técnico:
Se otorga:
a) Cuando el árbitro o el médico da por finalizado el encuentro como consecuencia de una lesión, en uno de los combatientes, no motivada por una infracción, si aquella le impide reanudar el combate.
b) Cuando un combatiente ha recibido un castigo físico que lo pone en inferioridad de condiciones o se comprueba que esta semiinconsciente, aun cuando se haya levantado y recibido la cuenta reglamentaria de protección.
c) Si el ring es invadido para impedir la cuenta.
d) Cuando el médico detiene el encuentro por considerar que uno de los contendientes no está en condiciones físicas.

Victoria por puntos: La obtiene el combatiente a quien la mayoría de los jurados le adjudica el triunfo.
Esta definición se produce cuando:
a) El combate ha durado el total de los rounds pactados.
b) El encuentro se detiene por lesiones no atribuidas a un acto lícito o ilícito.
c) Se produce un doble K.O: luego del primer round.
d) El combate es detenido por el médico al comprobar que ambos, por lesiones, no pueden proseguir el encuentro.

Victoria por abandono: Se otorga al fullcontactista cuyo rival abandona justificadamente el combate, tanto en forma espontánea como cuando su segundo arroja una toalla o esponja. Este último caso se considera cuando ha sonado la campana y el contendiente se encuentra incorporado.

Victoria por descalificación: Se produce cuando uno de los combatientes ha cometido faltas previstas en el presente reglamento. Se consideran graves las que son fruto de reincidencias, voluntarias o involuntarias.
Se considera causa de descalificación:
a) Todo acto simulado que busque la penalización de adversario.
b) Observar actitud pasiva evitando el combate.
c) La evidente falta de energía y espíritu competitivo. Si ambos contendientes actúan de esa forma, los dos serán penalizados.
Si el cuadrilátero fuera invadido por segundos, o simpatizantes de uno de los contrincantes o si fueran agredidos el árbitro, los jueces o el adversario, tanto verbalmente, como con gestos impropios o por vía de hecho (arroje de objetos o ataque físico), se adoptará la medida descalificatoria.

Empate: Se fallará empate cuando ambos fullcontactistas han totalizado la cantidad de asaltos previstos y han acumulado igual puntaje a cuando dos (2) de las tarjetas otorguen empate o cuando tres (3) den diferentes resultados. También se dará este fallo si en el primer round se produce un doble nocaut.

Sin decisión: Se declarará este resultado cuando ambos fullcontactistas son descalificados o se suspende el combate en la segunda vuelta o antes de que comience la tercera, debido a lesiones, en uno ambos competidores, que no hayan sido provocadas por causas lícitas o ilícitas. Estas regla no se tiene en cuenta en encuentros pactados a tres (3) asaltos, ya que se da veredicto si no se completa la primera vuelta.
Se adopta idéntica actitud si el cuadrilátero ha sufrido daños que impidan su utilización o el encuentro se ve entorpecido por el accionar del público, o rotura de equipos, que no puedan ser reemplazados o por cualquier causa o fuerza mayor debidamente justificada.

INTERVALOS ENTRE LOS COMBATES
Art. 33º. Los fullcontactistas no podrán combatir antes de pasados veinte (20) días de su última pelea, salvo autorización médica.

Art. 34º. Si un competidor es derrotado por K.O. o K.O. técnico no podrá combatir antes de pasados treinta y cinco (35) días, luego de ser sometido a un examen médico. Si volviera a perder de igual forma, deberá permanecer setenta (70) días sin competir. Un tercer contraste llevará a que la inhabilitación sea de cien (100) días, pudiendo quedar en este caso inhabilitado en forma definitiva para la competición deportiva.

OBLIGACIONES DE LOS FULLCONTACTISTAS
Art. 35º. Deberán conocer y cumplir el reglamento deportivo, no permitirán que se los impulse a cometer actos contrarios a las disposiciones.

Art. 36º. Deberán someterse a los exámenes médicos correspondientes.

Art. 37º. No podrán administrarse drogas o estimulantes; incluso los sedantes, antes o durantes los combates.

Art. 38º. Sus acciones durante los combates deben ser limpias y honestas, de respetuosa caballerosidad y de obediencia a las indicaciones del árbitro.

OBLIGACIONES DE LOS ARBITROS
Art. 39º. El árbitro debe conocer perfectamente el reglamento competitivo y hacer cumplir las disposiciones en él previstas.

Art. 40º. El árbitro es la autoridad máxima durante las confrontaciones de Full Contact, los competidores o segundos deberán ajustarse a sus indicaciones.

Art. 41º. Controlará el estado de los equipos de los competidores y dará a éstos las instrucciones pertinentes. Podrá efectuar indicaciones a los segundos y al público en general.

Art. 42º. Durante el combate, deberá ubicarse en el ring en posición que no entorpezca el desarrollo de la pelea y, en el caso de intervenir, lo hará con rapidez y energía. No podrá dialogar con ninguna persona ajena a la competencia, salvo en el cumplimiento de su función.

Art. 43º. Si se produce una caída y transcurrido un (1) segundo, el árbitro dará inicio a la cuenta de los segundos con voz fuerte y efectuando gestos con el brazo para que sea apreciada. El adversario deberá permanecer en el rincón neutral mas alejado.

Art. 44º. Si se concreta la cuenta de diez (10) segundos y el caído no se ha incorporado, lo hace en forma parcial o bien se levanta sin armar la guardia, el árbitro decretará el K.O.
En caso de sonar la campana durante la cuenta, ésta no se interrumpe salvo en el último asalto, dado que el encuentro ha terminado. Si los segundos arrojaran la toalla mientras el árbitro efectúa el conteo, tampoco se la interrumpirá.

Art. 45º. Si un contendiente es derribado por una acción lícita, no se proseguirá el combate, aunque se reincorpore, si no ha recibido la cuenta de protección de ocho (8) segundos. El árbitro deberá asegurarse de que el competidor esté en condiciones, aunque deba acudir a la consulta médica.

Art. 46º. Si ambos competidores han caído, se contarán los segundos mientras permanezcan en el tapiz; y si al término de los diez (10) segundos ninguno se ha levantado, el encuentro se define por puntos, salvo en el primer round, donde se considerará empate. Si los contendientes cayeran con una diferencia de tiempo entre sí, el árbitro contará al primero y el cronometrista al segundo.

Art. 47º. El árbitro dará por concluido el encuentro cuando:
a) Durante un round un combatiente haya sufrido tres (3) caídas con cuenta, aunque no se haya completado la última.
b) El caído se reincorpora antes de los diez (10) segundos estando indefenso.
c) Un fullcontactista haya sufrido un accidente; y si no abandona el combate, el árbitro lo detendrá y el combatiente perderá por K.O.;
d) Un competidor tenga notoria superioridad sobre su contrincante; el árbitro detendrá la confrontación y el superado perderá por K.O.
e) El médico lo determine.

Art. 48º. Si durante un combate uno de los competidores sufre un accidente que le impide continuar le pelea, el árbitro consultará con el médico, y si éste indica suspender el encuentro, otorgará a su rival el triunfo por abandono del lesionado.

Art. 49º. Si el combate no se puede seguir por haber sido lesionado uno de los competidores, el árbitro decidirá cómo se falla el encuentro, conforme a lo que se indica a continuación:
a) Por K.O. técnico en contra del lesionado, en el caso de que la lesión haya sido provocada por un golpe reglamentario.
b) Por descalificación del que la produjo, si la lesión es a consecuencia de un golpe o acto ilícito, voluntario o involuntario, excepto en el caso de que haya sido por el accionar torpe del lesionado.
c) Por puntos, si no es posible comprobar una infracción o golpe prohibido.

Art. 50. El árbitro deberá suspender el encuentro cuando uno de los lesionados se encuentre en clara inferioridad física a consecuencia del castigo recibido y lo declarará perdedor por K.O: técnico. Si no lo hace así, será considerado incurso en falta grave en su función arbitral.

Art. 51. Si uno de los contendientes es arrojado por una acción lícita fuera del cuadrilátero, el árbitro iniciará la cuenta suspendiéndola en el momento de subir el combatiente al ring, lo que deberá hacer por sus propios medios.

Art. 52. Cuando dos competidores se traben en cuerpo a cuerpo (clinch) deberá separarlos con voz firme y solo los tocará en caso de que no acataran tal indicación.

Art. 53º. Si una acción ilícita afecta a uno de los combatientes el árbitro, independientemente de la medida que adopte con los reglamentos, detendrá el combate por uno (1) o dos (2) minutos, reanudándolo si el lesionado está en condiciones de continuar. Si éste no se recobra, solicitará dictamen médico. El resultado se conocerá luego del informe del facultativo.

OBLIGACIONES DE LOS JURADOS (jueces)
Art. 54º. Los jurados deben conocer perfectamente el reglamento deportivo y velar para que se cumpla.

Art. 55º. En cada combate habrá tres (3) jurados, salvo en los encuentros en que el árbitro otorgue puntaje. En este caso se reduce el número de jurados a dos (2).

Art. 56º. Los jurados deberán observar atentamente las acciones que desarrollen los contrincantes y apreciar el desempeño de ambos para volcar su calificación en las tarjetas. Deben tener en cuenta consignar los descuentos de puntos en caso de haberlo indicado el árbitro, o los que correspondan hacer por falta de patadas.

Art. 57º. El puntaje debe anotarse al finalizar cada round. Las tarjetas con el resultado final se entregarán al árbitro cuando concluya el encuentro, cualquiera haya sido su definición, dejando constancia si fue por K.O., puntos, abandono, etcétera.

Art. 58º. Los jurados deberán estar ubicados al borde del ring y no podrán intercambiar palabras o gestos entre sí, ni con el público, fotógrafos, etcétera.

OBLIGACIONES DE LOS JURADOS DE TÉCNICAS DE PIERNAS (jueces de patadas)
Art. 59º. Habrá dos (2) jurados de técnicas de piernas, uno por cada contrincante, que deberán ubicarse a dos (2) metros de los sitios de esquina.

Art. 60. El que contabiliza las patadas del combatiente asignado al rincón rojo debe estar del lado del azul y viceversa.

Art. 61. Para calificar las patadas según lo determinado por el presente reglamento, cada jurado de técnicas estará provisto de un tablero de veinte (20) cartones numerados de uno (1) en adelante, los que estarán unidos por argollas para facilitar su movilidad.

Art. 62. Iniciado el encuentro, el jurado tendrá bajo dicho tablero, pero al producirse la primera patada del contrincante que le fue asignado, lo elevará exhibiendo el número uno (1) o sea una técnica de pierna calificada como tal y así va pasando cada cartón a medida que se van arrojando otras. Al término del asalto deberá sostenerlo en alto para que los jurados aprecien si corresponde o no descuento de puntaje.

OBLIGACIONES DEL FISCAL
Art. 63º. Es la de actuar como autoridad máxima pero, no deberá intervenir mientras la competición se desarrolle bajo el debido control de las demás autoridades, aunque sí tendrá que tomar nota de las anormalidades que se pudieran presentar. Al finalizar el encuentro, verificará los resultados de las tarjetas y dará el veredicto en el caso de no hacerlo el anunciador.

OBLIGACIONES DE LOS MEDICOS
Art. 64º. Durante una competición de Full Contact habrá como mínimo un (1) médico, siendo conveniente contar con la presencia de dos (2).Sus funciones será la de atender las consultas que le efectúe el árbitro, las autoridades de la competencia o los segundos de los combatientes.

Art. 65º. En el caso de comprobar lesiones de un contrincante y si sus características impiden seguir la pelea, la suspenderá y el fallo será de acuerdo al presente reglamento.

Art. 66º. Si por cuenta propia estima que un fullcontactista no está en condiciones de continuar la competición o estima que existen lesiones podrá suspender el encuentro para revisar al combatiente. Si comprueba un impedimento físico, dará por terminado el combate.
 

 
J
Jeanluc
31/08/2010 13:10

Hola a todos:

Tampoco hay que salirse de madre, que la comunidad sigue en pie... Antes de irme de vacaciones pensé que el asunto del gimnasio se había "solucionado", al menos temporalmente, hasta la próxima junta. Se ofreció una alternativa y se aceptó, creo que de buen grado. Veo que no. Sin entrar en el fondo del tema (para eso está la junta) creo que este foro es para expresar nuestra opinión, con seudónimo o sin el, respetando la de los demás, sin descalificarlas. En este tema en concreto, un vecina manifiesta su opinión sobre una situación y parece que se esté haciendo un juicio popular contra ella o sus opiniones. En cuanto al resto de opiniones me parecen bien. Solo que cuando se me consultó como presidente para instalar un aparato en una columna, este deporte ya se estaba practicando. El presidente no es quien para dar permiso o no sobre nada. Es un vecino más que en un momento dado puede opinar sobre lo que le pregunten, bajo el paraguas de la ley y las normas internas. En esta comunidad no se toman decisiones dictatoriales. Creo que en los tres años que llevamos funcionando se han llevado las cosas razonablemente bien, proponiendo, opinando, votando, decidiendo, siempre en junta de propietarios que es la que debe hacerlo. El cambio de la cerradura del gimnasio es una medida temporal fundamentada por problemas de acceso al gimnasio de personas ajenas sin la presencia del propietario, además de otros problemas. Como la directiva está facultada por la junta para tomar decisiones para solventar problemas puntuales, así lo hemos hecho. Cuando se celebre la próxima junta se tratará el tema y se decidirá que hacer. Tiene razón javcorsai cuando dice que en la junta hablaremos civilizadamente (como siempre lo hemos hecho) para tratar estos y otros temas. Una cosa más: si alguien me puede proporcionar un reglamento deportivo de la practica del full-contact (normas, indumentaria, instalaciones, etc.) se lo agradecería mucho.

Saludos

 
J
javcorsai
18/08/2010 11:22

Hola,

Soy un vecino que baja regularmente al gimnasio y en alguna ocasión he practicado el deporte ese con los guantes, que creo que se puede llamar boxeo, aunque en realidad es una de sus innumerables ramas(full contact o kick boxing), que por la experiencia que tenemos todos, menos uno que tiene una titulación de monitor, no creo que se pueda ponerle un nombre concreto.

Lo primero que me gustaría hacer es responder al primer comentario al respecto del gimnasio; no creo que estemos faltando al respeto a nadie con la práctica de este deporte, creo que faltar al respeto a los demás podría ser, fumar en el ascensor, hacer deporte sin camiseta en el gimnasio, ponerse en tanga en la piscina, fumar porros en las zonas comunes, invitar a 8 o mas personas a la piscina regularmente, etc.... Estas son algunas de las conductas que he podido observar y de las que jamas me he quejado porque creo que cuando uno convive con otras personas, hay que ser transigente y ceder en algunas aspectos (aunque algunas de las cosas que he citado son vergonzosas). Por otro lado, los gimnasios son para usarlos, y si se deterioran es buena señal, ya significa que tenemos unos vecinos sanos que practican deporte regularmente. Creo que es mas importante controlar otras normas del uso del gimnasio.

Ahora voy a contestar al segundo comentario. Que yo sepa, de momento nadie ha salido mal parado con la practica de este deporte de contacto, creo que es bastante mas peligroso el uso de la máquina de pesas, que ya se ha roto 3 veces, que yo haya visto y en dos de estas ocasiones, ha estado a punto de lesionar de gravedad a un vecino. Y que decir de las bicis que el sillín esta echo polvo... Respecto al lugar donde practicar este deporte de contacto, normalmente se practica en gimnasios, no creo que un lugar donde se realizan celebraciones sea el lugar adecuado.

Por ultimo y es lo mas triste de todo, porque cada persona es libre de pensar lo que quiera y opinar, y con esto quiero decir que respeto que a diferentes personas no les guste que practiquen este deporte en el gimnasio, al igual que a mi no me gustan otras, es que se tomen medidas dictatoriales, sin un consenso y encima existiendo problemas mucho mas graves. Si cada vez que alguien se queje de algo se va a tomar un medida drástica al final la convivencia será un infierno.

Espero que en la siguiente junta nos veamos todos y hablemos civilizadamente de este tema y de otros que son mucho mas importantes  y mucho mas graves.

Un saludo

 

 

 

 
A
arroca
17/08/2010 20:22

Hola a todos:

Bueno,yo en primer lugar quiero decir que mi marido es uno de los que practica dicho deporte y no entiendo tanta queja ,ya que este deporte no se inicio sin antes consultarlo al presidente y este consentirlo,lo segundo, es que la practica de este deporte se practicaba 2 dias a la semana 1 hora ,dejando libre las 23 horas restantes y los 5 dias enteritos para que la gente que se pudiera sentir ofendidas, practicaran sus ejercicios (jugar alas cartas,charlar,hacer ganchillo,etc.....)lo digo por que es lo que querran que hagamos para no deteriorar la maquinaria;señores para que esta un gimnasio ?es normal que se deteriore el tiempo pasa y no se puede pretender que este todo como el primer dia y si algo se rompe por desgate o el suelo con el tiempo termina hecho un asco,pues para algo se paga una comunidad,o en nuestras casas lo tenemos todo como el primer dia?

Vecinos yo solo quiero decir que vivimos en una comunidad ,y que aunque hay cosas que nos nos gusten y otras si ,tenemos que ser tolerantes y ceder,si no esto seria la guerra y nos seria muy incomodo el convivir ,cruzandonos todos por las instalaciones sin mirarnos a la cara o lo que es peor haciendonos la vida imposible.

Un saludo.

 
A
Antrac
16/08/2010 23:29

Bueno veo que tenemos ganas de buscar las cosquillas, yo probablemente soy de las tres personas que mas baja al gimnasio, lo hago todo, desde usar la cinta, la bici, las pesas y el full contac. Pero es que me parece lo mas normal, ¿o para que queremos un gimnasio?

Entiendo que no le de a uno por querer encharcarlo y sacar la piragua, pero los deportes que se hacen en el son normales.

Señores mios con lo bien que se corre y monta en bici en la calle si solo lo limitasemos a estas practicas cuanto desperdicio, no obstante entiendo que alguien pueda considerar que no le gusta ver a gente practicando estos deportes de contacto, pero la verdad no somos ninguno de los participantes adolescentes con ganas de lios, ni miembros de ninguna banda organizada, por dios que nos vemos la cara todos los dias en la piscina.

Respecto a montar bullicio mientras entrenamos, no se si hacemos mas cuando tiramos pesas que cuando hacemos full contact, que con el protector dental para lo unico que te da es para resoplar.

 

Un abrazo a todos y animo a bajar a una de estas sesiones para ver de que va la historia

 
A
anvida
16/08/2010 21:14

Buena tardes,

En primer lugar soy uno de los que practica el deporte llamado :

FULL CONTAC,  traducido CONTACTO TOTAL .

Es un deporte federado, y contamos con una persona titulada para practicarlo .

Respecto al desmadre y escándalo estoy seguro que te lo estás inventando.

Siempre hemos respetado a los demás usuarios. El respeto lo están perdiendo ustedes con amenazas indebidas y falsos testimonios, pues yo me siento ofendido  por sus comentarios puesto que ustedes quieren el gim para ustedes solos .

Soy vecino y pago mi comunidad como todos, ¿tengo que practicar los deportes que ustedes quieran?

No hemos ofendido ni intimidado a nadie, como ustedes lo hacen ahora, creo que tienen unos ideales demasiado caudiyistas

Respecto al daño de las instalaciones ¡creo que ustedes hacen un uso inadecuado! . pues nosotros no utilizamos nada que no sean nuestro propio cuerpo.

Veo que para que ustedes estén agusto los demás vecinos nos tenemos que fastidiar.  

Desde que escribieron, como se darán cuenta, no se practica el deporte mencionado, pues ya está a su entera disposición el gim  y veo que no se hace uso de él.

Únicamente una pregunta, si no podemos hacer el deporte mencionado y las pesas dañan las instalaciones, ¿que podemos hacer en el gim?

Gracias por poner en conocimiento de todos que franco se reencarnó en un vecino de ordicia 31 -41

Sin mas, un saludo.

 

PD. Creo que ésto se debería comentar en la próxima reunión, y no cubrirse en un foro anónimamente. 

 

 
N
Nilmar
28/07/2010 10:57

Hola Mggcorvo.

Yo también he visto las prácticas que comentas en el gimnasio, y aunque personalmente no me molestan, coincido en que no creo q sea el sitio más adecuado para ello. Y más teniendo una sala cercana vacía que se puede utilizar para reuniones, celebraciones, etc. y porque no, para estas prácticas.

A parte, no tengo claro si utilizar una zona de gimnasio para practicar artes marciales puede dar algún problema a la comunidad, sobretodo si alguién sufre alguna lesión.

 

Fin del hilo
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