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AK.74
AK.74
27/01/2021 15:20

El Tribunal Supremo rechaza imputar a Pablo Iglesias por el 'caso Dina'

260 lecturas | 24 respuestas

El Tribunal Supremo rechaza imputar a Pablo Iglesias por el 'caso Dina'

  • Devuelve la causa al juez del caso Villarejo para que pregunte a Bousselham si se considera perjudicada por la actuación de Iglesias, a lo que García Castellón se negó antes de actuar contra el líder de Podemos

 

Pedro Águeda
27 de enero de 2021 14:15h

 

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha decidido archivar la causa contra el vicepresidente segundo del Gobierno, Pablo Iglesias, por revelación de secretos y otros delitos que le atribuía el juez del caso Villarejo, Manuel García-Castellón, quien había elevado exposición razonada ante el Alto Tribunal por la condición de aforado del líder de Podemos.

Los jueces del Supremo han decidido devolver la causa a la Audiencia Nacional porque es absolutamente necesario escuchar a Dina Bousselham, la víctima del presunto delito, antes de acusar a Iglesias, una diligencia que García-Castellón se negó repetidamente a realizar antes de elevar la exposición razonada y pese a que la antigua asesora de Pablo Iglesias le había remitido un escrito exculpando al vicepresidente segundo. Los magistrados del Tribunal Supremo dejan la puerta abierta a que, una vez agotada realmente la instrucción, el juez haya reunido indicios sólidos para imputar a Iglesias, no como ha ocurrido en esta ocasión.

Manuel García-Castellón acusaba a Pablo Iglesias del delito de descubrimiento y revelación de secretos; otro de daños informáticos; y otro de acusación y denuncia falsa, en relación con el robo del móvil de una asesora del partido Podemos, Dina Bousselham, en noviembre de 2015. Información contenida en ese móvil fue publicada posteriormente por varios medios de comunicación. Una copia del mismo fue hallada en el registro del domicilio del comisario Villarejo.

La Sala recuerda a García-Castellón que el Código Penal exige la denuncia de la persona agraviada por el delito de descubrimiento y revelación de secretos para poder actuar contra el presunto autor, lo contrario de lo que ha acontecido en el desarrollo último de su investigación. En un auto redactado por el magistrado Andrés Palomo, el Supremo resuelve que “el cumplimiento de tal requisito en modo alguno ha sido determinado con la precisión o claridad exigida, para hacer efectiva su declinación competencial".

Bousselham declaró en marzo de 2019 ante García-Castellón que no pudo acceder al contenido de la tarjeta cuando Iglesias se la devolvió. Los responsables de la desaparecida revista Interviú se la habían entregado en enero de 2016 y el líder de Podemos la guardó en su poder al menos seis meses. Según él, con el objetivo de proteger a Bousselham de la presión que estaba sufriendo por las noticias falsas de una relación entre ambos. Una parte del material contenido en la tarjeta comenzó a ser publicado por Okdiario y otros medios el verano de ese año, momento en el que Iglesias decidió que ya no podía aislar a su excolaboradora de la difusión de ese contenido y decidió devolvérsela, siempre según su versión.

Pese a conocer esto el juez, todo cambió al regreso del confinamiento. A petición de la Fiscalía, García-Castellón citó a Bousselham para que abundara en que no podía consultar la tarjeta y, después de haber considerado el caso un ataque de la brigada política a Podemos, el magistrado centró sus esfuerzos en el marco de la macrocausa Villarejo en obtener indicios para la imputación de Iglesias, si bien no obtuvo resultados positivos. Pese a la oposición de Anticorrupción y la decisión de la Sala de lo Penal de devolver a Iglesias la condición de perjudicado, García-Castellón siguió adelante y llevó su decisión contra el vicepresidente al Tribunal Supremo.

En cuanto al delito de daños informáticos, en relación a los sufridos en la tarjeta del móvil sustraído, la Sala considera necesario también que Dina Bousselham sea oída por el juez García-Castellón en relación a si el contenido de la tarjeta era accesible cuando se la entregó Pablo Iglesias, ya que también sobre este extremo la excolaboradora del político ha cambiado de versión. En el escrito al juez antes citado, su defensa también aseguraba que sí que pudo consultar el contenido de la tarjeta una vez devuelta por Iglesias.

García-Castellón activó la cooperación jurídica internacional para conocer de una empresa de Gales -a la que había recurrido la entonces pareja de Bousselham para intentar recuperar su contenido- si la tarjeta había sido dañada físicamente, algo que ésta ya descartó, al igual que los peritos policiales. Aun así, el Supremo considera necesaria una ampliación de la pericial informática realizada sobre los daños en la tarjeta para precisar las causas que impiden acceder a la información de la tarjeta, cual fue el sistema o la técnica empleada para proceder al borrado, eliminación, deterioro, inservibilidad o inaccesibilidad de los archivos que la tarjeta contenía, y si es posible proceder a la recuperación de todos estos datos y fecha del último acceso.

García-Castellón "abandonó diversas líneas de investigación"

Por último, respecto al delito de acusación y denuncia falsa, el auto recuerda que el juez instructor parte de que Dina Bousselham mintió al ser consciente de que las capturas de pantalla publicadas por Okdiario eran las que ella había enviado a otras personas y que Iglesias lo sabía. Anticorrupción ya le ha recordado a García-Castellón que la principal hipótesis de cómo llegó el contenido de la tarjeta a Okdiario, El Confidencial y El Mundo es que se la entregara el comisario Villarejo, quien había obtenido una copia de los responsables de Interviú. Sin embargo, el juez se centró en Iglesias y apartó la 'líneas Villarejo' de difusión de la informacion privada.

Ahora, el Tribunal Supremo acusa al juez de "abandonar diversas líneas de investigación, para abogar como realidad acaecida una concreta alternativa sin mayor plausibilidad, sin investigación específica de las fechas de los archivos de origen (y sin atender a las coincidencias de julio de 2016 como de creación), existentes en diversos dispositivos donde se han encontrado imágenes procedentes del móvil de la Sra. Bousselham; y cuando la falta de coincidencia en la aplicación de la función hash, no conlleva que el origen sea diverso, pues basta cualquier mínimo cambio ulterior en el archivo para otorgar una cifra diferente”.

En otro rapapolvo al magistrado, el Tribunal Supremo le recuerda que tampoco puede actuar contra Iglesias por denuncia falsa mientras no haya sentencia firme o auto también firme, de sobreseimiento o archivo, sobre el delito denunciado falsamente, lo que tampoco se ha producido en este caso. El alto tribunal cree que tras agotar la investigación en el sentido indicado, es cuando el juez podrá, “sólo en la hipótesis de que el resultado lo aconseje y se hayan cumplimentado los requisitos de procedibilidad exigidos, elaborar una nueva exposición razonada”.

La exposición razonada se refería a una segunda aforada, la diputada de Unidas Podemos Gloria Elizo, pero únicamente por el delito de acusación y denuncia falsa. El Supremo también archiva la causa ante la ausencia de indicios consistentes e inexistencia del mencionado requisito de procedibilidad. Por otro lado, el auto declara la falta de competencia respecto a las personas no aforadas mencionadas en la exposición razonada, Marta Flor, Raul Carballedo y Ricardo de Sa Ferreira.

 
I
Iragora
03/02/2021 18:02

AK.74 dijo:

El Tribunal Supremo rechaza imputar a Pablo Iglesias por el 'caso Dina'

  • Devuelve la causa al juez del caso Villarejo para que pregunte a Bousselham si se considera perjudicada por la actuación de Iglesias, a lo que García Castellón se negó antes de actuar contra el líder de Podemos

 

Pedro Águeda
27 de enero de 2021 14:15h

 

 

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha decidido archivar la causa contra el vicepresidente segundo del Gobierno, Pablo Iglesias, por revelación de secretos y otros delitos que le atribuía el juez del caso Villarejo, Manuel García-Castellón, quien había elevado exposición razonada ante el Alto Tribunal por la condición de aforado del líder de Podemos.

 

Los jueces del Supremo han decidido devolver la causa a la Audiencia Nacional porque es absolutamente necesario escuchar a Dina Bousselham, la víctima del presunto delito, antes de acusar a Iglesias, una diligencia que García-Castellón se negó repetidamente a realizar antes de elevar la exposición razonada y pese a que la antigua asesora de Pablo Iglesias le había remitido un escrito exculpando al vicepresidente segundo. Los magistrados del Tribunal Supremo dejan la puerta abierta a que, una vez agotada realmente la instrucción, el juez haya reunido indicios sólidos para imputar a Iglesias, no como ha ocurrido en esta ocasión.

Manuel García-Castellón acusaba a Pablo Iglesias del delito de descubrimiento y revelación de secretos; otro de daños informáticos; y otro de acusación y denuncia falsa, en relación con el robo del móvil de una asesora del partido Podemos, Dina Bousselham, en noviembre de 2015. Información contenida en ese móvil fue publicada posteriormente por varios medios de comunicación. Una copia del mismo fue hallada en el registro del domicilio del comisario Villarejo.

La Sala recuerda a García-Castellón que el Código Penal exige la denuncia de la persona agraviada por el delito de descubrimiento y revelación de secretos para poder actuar contra el presunto autor, lo contrario de lo que ha acontecido en el desarrollo último de su investigación. En un auto redactado por el magistrado Andrés Palomo, el Supremo resuelve que “el cumplimiento de tal requisito en modo alguno ha sido determinado con la precisión o claridad exigida, para hacer efectiva su declinación competencial".

Bousselham declaró en marzo de 2019 ante García-Castellón que no pudo acceder al contenido de la tarjeta cuando Iglesias se la devolvió. Los responsables de la desaparecida revista Interviú se la habían entregado en enero de 2016 y el líder de Podemos la guardó en su poder al menos seis meses. Según él, con el objetivo de proteger a Bousselham de la presión que estaba sufriendo por las noticias falsas de una relación entre ambos. Una parte del material contenido en la tarjeta comenzó a ser publicado por Okdiario y otros medios el verano de ese año, momento en el que Iglesias decidió que ya no podía aislar a su excolaboradora de la difusión de ese contenido y decidió devolvérsela, siempre según su versión.

Pese a conocer esto el juez, todo cambió al regreso del confinamiento. A petición de la Fiscalía, García-Castellón citó a Bousselham para que abundara en que no podía consultar la tarjeta y, después de haber considerado el caso un ataque de la brigada política a Podemos, el magistrado centró sus esfuerzos en el marco de la macrocausa Villarejo en obtener indicios para la imputación de Iglesias, si bien no obtuvo resultados positivos. Pese a la oposición de Anticorrupción y la decisión de la Sala de lo Penal de devolver a Iglesias la condición de perjudicado, García-Castellón siguió adelante y llevó su decisión contra el vicepresidente al Tribunal Supremo.

En cuanto al delito de daños informáticos, en relación a los sufridos en la tarjeta del móvil sustraído, la Sala considera necesario también que Dina Bousselham sea oída por el juez García-Castellón en relación a si el contenido de la tarjeta era accesible cuando se la entregó Pablo Iglesias, ya que también sobre este extremo la excolaboradora del político ha cambiado de versión. En el escrito al juez antes citado, su defensa también aseguraba que sí que pudo consultar el contenido de la tarjeta una vez devuelta por Iglesias.

García-Castellón activó la cooperación jurídica internacional para conocer de una empresa de Gales -a la que había recurrido la entonces pareja de Bousselham para intentar recuperar su contenido- si la tarjeta había sido dañada físicamente, algo que ésta ya descartó, al igual que los peritos policiales. Aun así, el Supremo considera necesaria una ampliación de la pericial informática realizada sobre los daños en la tarjeta para precisar las causas que impiden acceder a la información de la tarjeta, cual fue el sistema o la técnica empleada para proceder al borrado, eliminación, deterioro, inservibilidad o inaccesibilidad de los archivos que la tarjeta contenía, y si es posible proceder a la recuperación de todos estos datos y fecha del último acceso.

García-Castellón "abandonó diversas líneas de investigación"

Por último, respecto al delito de acusación y denuncia falsa, el auto recuerda que el juez instructor parte de que Dina Bousselham mintió al ser consciente de que las capturas de pantalla publicadas por Okdiario eran las que ella había enviado a otras personas y que Iglesias lo sabía. Anticorrupción ya le ha recordado a García-Castellón que la principal hipótesis de cómo llegó el contenido de la tarjeta a Okdiario, El Confidencial y El Mundo es que se la entregara el comisario Villarejo, quien había obtenido una copia de los responsables de Interviú. Sin embargo, el juez se centró en Iglesias y apartó la 'líneas Villarejo' de difusión de la informacion privada.

Ahora, el Tribunal Supremo acusa al juez de "abandonar diversas líneas de investigación, para abogar como realidad acaecida una concreta alternativa sin mayor plausibilidad, sin investigación específica de las fechas de los archivos de origen (y sin atender a las coincidencias de julio de 2016 como de creación), existentes en diversos dispositivos donde se han encontrado imágenes procedentes del móvil de la Sra. Bousselham; y cuando la falta de coincidencia en la aplicación de la función hash, no conlleva que el origen sea diverso, pues basta cualquier mínimo cambio ulterior en el archivo para otorgar una cifra diferente”.

En otro rapapolvo al magistrado, el Tribunal Supremo le recuerda que tampoco puede actuar contra Iglesias por denuncia falsa mientras no haya sentencia firme o auto también firme, de sobreseimiento o archivo, sobre el delito denunciado falsamente, lo que tampoco se ha producido en este caso. El alto tribunal cree que tras agotar la investigación en el sentido indicado, es cuando el juez podrá, “sólo en la hipótesis de que el resultado lo aconseje y se hayan cumplimentado los requisitos de procedibilidad exigidos, elaborar una nueva exposición razonada”.

La exposición razonada se refería a una segunda aforada, la diputada de Unidas Podemos Gloria Elizo, pero únicamente por el delito de acusación y denuncia falsa. El Supremo también archiva la causa ante la ausencia de indicios consistentes e inexistencia del mencionado requisito de procedibilidad. Por otro lado, el auto declara la falta de competencia respecto a las personas no aforadas mencionadas en la exposición razonada, Marta Flor, Raul Carballedo y Ricardo de Sa Ferreira.

 
AK.74
AK.74
03/02/2021 15:17

AK.74 dijo:

Ahora solo falta saber cuanto tiempo van a tardar las cloacas en inventarse otra trama contra Podemos.

Gracias por contestar tan pronto Etanol

https://www.nuevosvecinos.com/otros/6041225-la-exjefa-de-auditoria-sospecha-que-iglesias-se-embolso-7700-euros-de-podemos

Son totalmente previsibles, otra que terminará en el mismo sitio que las anteriores.

 
I
Iragora
30/01/2021 11:30

AK.74 dijo:

Lo del ABC y LA RAZÓN, vergonzoso, ni una sóla mención.

De lo del Pais y El Mundo, tambien vergonzoso, pero por lo menos hacen alguna, mención …

No quiero decir con eso que les disculpe, no señor, ya que si sacaste en grandes titulares una notica tan falsa, como la de El Mundo, que le llama ’’mentiroso’’ y no rectifica de la misma forma…. Es como para pensárselo el leerlo mas adelante….

Lo que tengo claro que La Razón y ABC, jamás. Les voy a leer ni tener en cuenta en ninguna otra noticia….

Felicidades Malhuenda!!

 
AK.74
AK.74
30/01/2021 10:51

 
I
Iragora
29/01/2021 19:48

AK.74 dijo:

Ahora solo falta saber cuanto tiempo van a tardar las cloacas en inventarse otra trama contra Podemos.

Hastaa que ok cloacas, publique una nueva ‘’ fake ‘’

 
AK.74
AK.74
29/01/2021 19:45

Ahora solo falta saber cuanto tiempo van a tardar las cloacas en inventarse otra trama contra Podemos.

 
I
Iragora
29/01/2021 12:44

Moraleja, de lo dicho antes

buscar la verdad, no os quedéis con una versión

 
I
Iragora
29/01/2021 12:42

AK.74 dijo:

Lo que es preocupante es la táctica de “las cloacas”, si se han archivado 15 querellas es porque de todas las denuncias que se han hecho no se ha podido probar ninguna. Si se hubiese condenado por alguna a Podemos ya tenían preparada toda la munición para hacer caer al partido. Pero como no ha sido así hay otra vertiente que es hacer pensar a la gente que si hay tanta denuncia es porque hay algo turbio en Podemos, sembrar la duda. Esta segunda opción ya ha hecho mella en el electorado español.

Da igual la mentira que te inventes por absurda que sea, como también se puede ver en ciertos mensajes de este foro, la mentira se publicita, cuando se demuestra la mentira, se esconde. Todo esto se basa en el “miente que algo queda”

Pero en cierto modo le doy la razón a Iglesias cuando dijo que “a la política hay que venir llorado de casa” denunciarlo, pero tirar para adelante.

El doble rasero es notable, al PP, partido condenado en sentencia firme, se le perdona lo anterior con un lavado de cara, pero a Podemos se le siguen acusando de cosas que ya han sido probadas como falsas. Esto es España.

Es la historia que se repite con los años y los siglos!

De la misma manera que se niega algo tan básico, como es el hecho de que Franco subió al poder por el golpe de estado del 36, que no es que yo me lo invente, sino que así esta reflejado en la historia, a poco que escarbes.

Se niega la verdad y nos estamos acostumbrando a ello… mejor dicho, nos hemos acostumbrado a ello, durante décadas.

Te pondré un ejemplo, que nada tiene que ver con mi opinión al respecto sobre el tema…

Alguien se ha preguntado, porque nació y como, la organización armada de ETA??

O el IRA??

Seguro que a la segunda respuesta hay mas gente que contesta, de la primera nadie o pocos lo saben. Que quiero decir con esto? fácil, que si no adquirimos cultura o nos molestamos en buscar respuestas a nuestras preguntas y nos conformamos con lo que queramos oír, jamas conoceremos la verdad, sino la verdad que algunos quieran que sepamos.

ACLARO

Es un ejemplo mas, y mi animo al respecto no es posicionarme a favor del terrorismo, nada mas lejos, sino el que se entienda que solo machacan y machacan una versión, que puede sea la verdadera…. pero cuando alguien se molesta tanto en sacar rédito de ello, a mi me entran dudas

 

 
AK.74
AK.74
29/01/2021 12:24

Lo que es preocupante es la táctica de “las cloacas”, si se han archivado 15 querellas es porque de todas las denuncias que se han hecho no se ha podido probar ninguna. Si se hubiese condenado por alguna a Podemos ya tenían preparada toda la munición para hacer caer al partido. Pero como no ha sido así hay otra vertiente que es hacer pensar a la gente que si hay tanta denuncia es porque hay algo turbio en Podemos, sembrar la duda. Esta segunda opción ya ha hecho mella en el electorado español.

Da igual la mentira que te inventes por absurda que sea, como también se puede ver en ciertos mensajes de este foro, la mentira se publicita, cuando se demuestra la mentira, se esconde. Todo esto se basa en el “miente que algo queda”

Pero en cierto modo le doy la razón a Iglesias cuando dijo que “a la política hay que venir llorado de casa” denunciarlo, pero tirar para adelante.

El doble rasero es notable, al PP, partido condenado en sentencia firme, se le perdona lo anterior con un lavado de cara, pero a Podemos se le siguen acusando de cosas que ya han sido probadas como falsas. Esto es España.

 
I
Iragora
29/01/2021 12:10

AK.74 dijo:

Ya es de risa la interpretación que hacen algunos medios “de las cloacas” y de la derecha mediática de la decisión del  Supremo. Deben pensar que mientras hay vida hay esperanza.
 

de risa?….

A mi me parece muy serio… mira lo que ha pasado en EEUU 

 
I
Iragora
29/01/2021 12:08

AK.74 dijo:

15 querellas archivadas

MENUDA DIFERENCIA ENTRE PODEMOS Y PP O VOX!!

AL PRIMERO (PODEMOS) PORQUE LE ARCHIVAN TODAS, AL SEGUNDO (PP), POR QUE EN TODAS SALEN IMPUTADOS Y ENCARCELADOS, Y AL TERCERO (VOX),  PORQUE TIENE EL MISMO RECORRIDO QUE EL SEGUNDO PARTIDO.

 
AK.74
AK.74
29/01/2021 11:50

15 querellas archivadas

 
I
Iragora
28/01/2021 13:20

AK.74 dijo:

Imputado es cierto que no ha estado imputado, al ser aforado solo puede imputarle el Supremo y este ha sido el que ha echado para atrás todo el caso. Pero el juez instructor pretendías que el Supremo imputase a Iglesias por los 3 delitos , entre ellos el de falso testimonio. Si el Supremo le hubiese imputado hubiese pasado una cosa curiosa, un imputado acusado de falso testimonio. Cuando todos sabemos que el imputado no está obligado a decir verdad.

VAMOS A VER, NO HABÍA MANERA DE QUE EL SUPREMO IMPUTARA A IGLESIAS, CON QUÉ??, O POR QUÉ??

NO SE SOSTENÍA NINGUNA DE LAS ACUSACIONES, POR NINGUNO DE LOS DELITOS

SI EL SUPREMO HUBIERA IMPUTADO A IGLESIAS, PREVARICARÍA, PORQUE PREVALECE LA INOCENCIA AL NO HABER NI PRUEBAS, NI SENTENCIA, NI ACUSADOS.

LO DE CALVENTE SE DEMOSTRÓ QUE ERA UNA PANTOMIMA Y ESTO SE HA DEMOSTRADO QUE ERA PROPAGANDA DE LA ULTRA DERECHA

NADA TENÍA SENTIDO

ES COMO PASEAR POR LA CALLE Y VENGA UNO Y TE DIGA QUE HAS IDO A LA PELUQUERÍA Y NO HAS PAGADO, Y EL PELUQUERO DIGA QUE NO ES CIERTO, QUE NO TE CONOCE Y QUE NADIE SE FUE SIN PAGAR.

VAYAS A JUICIO POR ROBO Y EL JUEZ SE EMPEÑE EN QUE SI HAS ROBADO Y NO EXISTA NI DENUNCIA, VAMOS LO QUE SE DICE:

UN ABSURDO

 
AK.74
AK.74
28/01/2021 12:58

Imputado es cierto que no ha estado imputado, al ser aforado solo puede imputarle el Supremo y este ha sido el que ha echado para atrás todo el caso. Pero el juez instructor pretendías que el Supremo imputase a Iglesias por los 3 delitos , entre ellos el de falso testimonio. Si el Supremo le hubiese imputado hubiese pasado una cosa curiosa, un imputado acusado de falso testimonio. Cuando todos sabemos que el imputado no está obligado a decir verdad.

 
I
Iragora
28/01/2021 12:42

DE TODAS FORMAS UNA COSA ES LA VERDAD Y OTRA LO QUE PUBLICAN...

EN EL FONDO HA VENIDO BIEN QUE EL JUEZ INSISTA, YA QUE SE HA DEMOSTRADO QUE IGLESIAS ES INOCENTE DE TODOS LOS CAROS POR QUE NO EXISTEN PRUEBAS….

ESO A LA DERECHA, LE MATA...JAJAJA JAJAJA

 
I
Iragora
28/01/2021 12:40

AK.74 dijo:

De todo este caso me sigue llamando la atención un tema ¿cómo un juez puede acusar de falso testimonio a un imputado? Si alguno me lo explica igual lo entiendo.

SIN PRUEBAS, NI JUICIO, NI SENTENCIA… NO

POR ESO DECÍA YO, QUE ESTABA ROZANDO O PREVARICANDO….  

EL JUEZ SI PUEDE INVESTIGAR A QUIEN QUIERA, PERO ACUSAR SIN PRUEBAS...NO PUEDE HACERLO, I, POR ESO SE IMPUTAR SIN PRUEBAS SI, PUEDE

QUE NO ES EL CASO, PUESTO QUE IGLESIAS NO HA ESTADO IMPUTADO

ESTE SR. JUEZ HA DE OBEDECER LO QUE EL SUPREMO LE DIGA.  

NO PUEDE SEGUIR INSISTIENDO EN LA ACUSACIÓN DEL MÓVIL, YA QUE NO EXISTE DENUNCIA, HA DE SEGUIR CON LA CAUSA QUE ES CLARA…E INVESTIGAR, POR EJEMPLO

QUE HACIA LA COPIA DE LA TARJETA MÓVIL EN CASA DE VILLAREJO, ESA ES LA VERDAD QUE TIENE QUE INVESTIGAR, PUNTO PELOTA

SI NO LO HACE, PUEDE SER ACUSADO DE PREVARICACIÓN, NO HAY MÁS

 

 

 

 
AK.74
AK.74
28/01/2021 12:12

De todo este caso me sigue llamando la atención un tema ¿cómo un juez puede acusar de falso testimonio a un imputado? Si alguno me lo explica igual lo entiendo.

 
AK.74
AK.74
28/01/2021 11:49

 
I
Iragora
27/01/2021 19:55

AK.74 dijo:

Por ejemplo:

Mañana no veremos la noticia que se ha producido hoy en la portada de ABC

Y QUE NINGUNO DE LOS DOS QUE TANTO GRITARON AQUÍ, HAYA COMENTADO NADA!!, RARO NO??

QUE FUERTE!!

SE LES VÉ EL PLUMERO!!

 
AK.74
AK.74
27/01/2021 19:53

Ya es de risa la interpretación que hacen algunos medios “de las cloacas” y de la derecha mediática de la decisión del  Supremo. Deben pensar que mientras hay vida hay esperanza.
 

 
AK.74
AK.74
27/01/2021 17:26

Por ejemplo:

Mañana no veremos la noticia que se ha producido hoy en la portada de ABC

 
AK.74
AK.74
27/01/2021 17:19

Meses intentando hacernos creer la culpabilidad de Pablo Iglesias, que de esta imputación saldría juzgado, han corrido ríos de tinta intentando afianzar esa noticia. Las noticias no han parado ni un minuto en acrecentar esta versión, pero al final nada de nada.

Apuestas:

¿A que no sale esta noticia en portada de ninguno de los medios que anunciaban su procesamiento?

Ya veremos los minutos de telediario y tertulias que se dedican a la noticia del archivo.

 
I
Iragora
27/01/2021 15:49

AK.74 dijo:

El Tribunal Supremo rechaza imputar a Pablo Iglesias por el 'caso Dina'

  • Devuelve la causa al juez del caso Villarejo para que pregunte a Bousselham si se considera perjudicada por la actuación de Iglesias, a lo que García Castellón se negó antes de actuar contra el líder de Podemos

 

Pedro Águeda
27 de enero de 2021 14:15h

 

 

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha decidido archivar la causa contra el vicepresidente segundo del Gobierno, Pablo Iglesias, por revelación de secretos y otros delitos que le atribuía el juez del caso Villarejo, Manuel García-Castellón, quien había elevado exposición razonada ante el Alto Tribunal por la condición de aforado del líder de Podemos.

 

Los jueces del Supremo han decidido devolver la causa a la Audiencia Nacional porque es absolutamente necesario escuchar a Dina Bousselham, la víctima del presunto delito, antes de acusar a Iglesias, una diligencia que García-Castellón se negó repetidamente a realizar antes de elevar la exposición razonada y pese a que la antigua asesora de Pablo Iglesias le había remitido un escrito exculpando al vicepresidente segundo. Los magistrados del Tribunal Supremo dejan la puerta abierta a que, una vez agotada realmente la instrucción, el juez haya reunido indicios sólidos para imputar a Iglesias, no como ha ocurrido en esta ocasión.

Manuel García-Castellón acusaba a Pablo Iglesias del delito de descubrimiento y revelación de secretos; otro de daños informáticos; y otro de acusación y denuncia falsa, en relación con el robo del móvil de una asesora del partido Podemos, Dina Bousselham, en noviembre de 2015. Información contenida en ese móvil fue publicada posteriormente por varios medios de comunicación. Una copia del mismo fue hallada en el registro del domicilio del comisario Villarejo.

La Sala recuerda a García-Castellón que el Código Penal exige la denuncia de la persona agraviada por el delito de descubrimiento y revelación de secretos para poder actuar contra el presunto autor, lo contrario de lo que ha acontecido en el desarrollo último de su investigación. En un auto redactado por el magistrado Andrés Palomo, el Supremo resuelve que “el cumplimiento de tal requisito en modo alguno ha sido determinado con la precisión o claridad exigida, para hacer efectiva su declinación competencial".

Bousselham declaró en marzo de 2019 ante García-Castellón que no pudo acceder al contenido de la tarjeta cuando Iglesias se la devolvió. Los responsables de la desaparecida revista Interviú se la habían entregado en enero de 2016 y el líder de Podemos la guardó en su poder al menos seis meses. Según él, con el objetivo de proteger a Bousselham de la presión que estaba sufriendo por las noticias falsas de una relación entre ambos. Una parte del material contenido en la tarjeta comenzó a ser publicado por Okdiario y otros medios el verano de ese año, momento en el que Iglesias decidió que ya no podía aislar a su excolaboradora de la difusión de ese contenido y decidió devolvérsela, siempre según su versión.

Pese a conocer esto el juez, todo cambió al regreso del confinamiento. A petición de la Fiscalía, García-Castellón citó a Bousselham para que abundara en que no podía consultar la tarjeta y, después de haber considerado el caso un ataque de la brigada política a Podemos, el magistrado centró sus esfuerzos en el marco de la macrocausa Villarejo en obtener indicios para la imputación de Iglesias, si bien no obtuvo resultados positivos. Pese a la oposición de Anticorrupción y la decisión de la Sala de lo Penal de devolver a Iglesias la condición de perjudicado, García-Castellón siguió adelante y llevó su decisión contra el vicepresidente al Tribunal Supremo.

En cuanto al delito de daños informáticos, en relación a los sufridos en la tarjeta del móvil sustraído, la Sala considera necesario también que Dina Bousselham sea oída por el juez García-Castellón en relación a si el contenido de la tarjeta era accesible cuando se la entregó Pablo Iglesias, ya que también sobre este extremo la excolaboradora del político ha cambiado de versión. En el escrito al juez antes citado, su defensa también aseguraba que sí que pudo consultar el contenido de la tarjeta una vez devuelta por Iglesias.

García-Castellón activó la cooperación jurídica internacional para conocer de una empresa de Gales -a la que había recurrido la entonces pareja de Bousselham para intentar recuperar su contenido- si la tarjeta había sido dañada físicamente, algo que ésta ya descartó, al igual que los peritos policiales. Aun así, el Supremo considera necesaria una ampliación de la pericial informática realizada sobre los daños en la tarjeta para precisar las causas que impiden acceder a la información de la tarjeta, cual fue el sistema o la técnica empleada para proceder al borrado, eliminación, deterioro, inservibilidad o inaccesibilidad de los archivos que la tarjeta contenía, y si es posible proceder a la recuperación de todos estos datos y fecha del último acceso.

García-Castellón "abandonó diversas líneas de investigación"

Por último, respecto al delito de acusación y denuncia falsa, el auto recuerda que el juez instructor parte de que Dina Bousselham mintió al ser consciente de que las capturas de pantalla publicadas por Okdiario eran las que ella había enviado a otras personas y que Iglesias lo sabía. Anticorrupción ya le ha recordado a García-Castellón que la principal hipótesis de cómo llegó el contenido de la tarjeta a Okdiario, El Confidencial y El Mundo es que se la entregara el comisario Villarejo, quien había obtenido una copia de los responsables de Interviú. Sin embargo, el juez se centró en Iglesias y apartó la 'líneas Villarejo' de difusión de la informacion privada.

Ahora, el Tribunal Supremo acusa al juez de "abandonar diversas líneas de investigación, para abogar como realidad acaecida una concreta alternativa sin mayor plausibilidad, sin investigación específica de las fechas de los archivos de origen (y sin atender a las coincidencias de julio de 2016 como de creación), existentes en diversos dispositivos donde se han encontrado imágenes procedentes del móvil de la Sra. Bousselham; y cuando la falta de coincidencia en la aplicación de la función hash, no conlleva que el origen sea diverso, pues basta cualquier mínimo cambio ulterior en el archivo para otorgar una cifra diferente”.

En otro rapapolvo al magistrado, el Tribunal Supremo le recuerda que tampoco puede actuar contra Iglesias por denuncia falsa mientras no haya sentencia firme o auto también firme, de sobreseimiento o archivo, sobre el delito denunciado falsamente, lo que tampoco se ha producido en este caso. El alto tribunal cree que tras agotar la investigación en el sentido indicado, es cuando el juez podrá, “sólo en la hipótesis de que el resultado lo aconseje y se hayan cumplimentado los requisitos de procedibilidad exigidos, elaborar una nueva exposición razonada”.

La exposición razonada se refería a una segunda aforada, la diputada de Unidas Podemos Gloria Elizo, pero únicamente por el delito de acusación y denuncia falsa. El Supremo también archiva la causa ante la ausencia de indicios consistentes e inexistencia del mencionado requisito de procedibilidad. Por otro lado, el auto declara la falta de competencia respecto a las personas no aforadas mencionadas en la exposición razonada, Marta Flor, Raul Carballedo y Ricardo de Sa Ferreira.

toma ya!!

AK.74 dijo:

¿Alguien lleva la cuenta de todas la causas que se han archivado a Podemos?

HE PERDIDO LA CUENTA

 
AK.74
AK.74
27/01/2021 15:20

¿Alguien lleva la cuenta de todas la causas que se han archivado a Podemos?

 

Fin del hilo
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