Compañero:
No he podido leer aún lo que acabas de adjuntar, pero supongo que coincidirá con lo que os conté el 26/09 en respuesta a una intervención de maitane del día 25/09 titulada "información". En ese mensaje mío (que es el 5º empezando por el final de las "Re:") ya expongo la limitación de precio y superficie para garajes y trasteros.
Y no os confundáis con metros útiles y construidos: los útiles son los "pisables" de tu propia casa, mientras que en los construidos se engloban también el espesor de las paredes Y la parte proporcional de edificación destinada a zonas comunes y accesos [zonas cubiertas, se entiende>. En viviendas, suele ser sup. útil el 85% de la construida. En garajes es más difícil estimarla, pues depende del mejor o peor aprovechamiento que se haya diseñado. No obstante, CREO que la normativa autonómica al respecto no permite al promotor de VPP cobrar más de 25 m2 constr. para la plaza de aparcamiento y 8 para el trastero vinculado.
Reitero lo que dijo otro compañero hace días: todas estas dudas respecto a vuestros DERECHOS os las resuelven en la Dirección General de Arquitectura y Vivienda de la calle Maudes (el día de "atención al público" para consultas sobre VPP solía ser los miércoles).
Un saludillo para todos.