He encontrado la Proposición No de Ley:
http://www.asambleamadrid.es/AsambleaDeMadrid/ES/ActividadParlamentaria/Iniciativas/BuscadorIniciativasDetalle.htm?PageNumber=1&ID=122506&tipo=E "La Asamblea de Madrid insta al Gobierno de la Comunidad de Madrid a que extienda y potencie la figura de la vivienda pública en régimen de alquiler con opción a compra, a los ciudadanos madrileños mayores de 35 años ; a que se dirija al Gobierno de la Nación instándole a que adopte las iniciativas necesarias, ante los órganos competentes, para que las viviendas del régimen de alquiler con opción a compra del Plan de Vivienda de la Comunidad de Madrid, tengan la consideración de viviendas de protección oficial de régimen especial a los efectos establecidos en el artículo 91 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido
Identificador: PNL - 20/ 2008 (VIII)
Estado: TRAMITADA
Documento de apertura: 13/03/2008
Procedimiento: Por vía art. 205 R.A.
Órgano: Pleno de la Asamblea
Autores: Grupo Parlamentario Popular
Destinatario: Mesa de la Asamblea
Documentos publicados
Acuerdo de Mesa
B.O.A.M. Número:54 de fecha 26/03/2008 desde la página 5704 hasta la página 5705 B.O.A.M.: 54 (PDF)
Sesión plenaria
DD.SS. Número:177 de fecha 03/04/2008 desde la página hasta la página DD.SS.: 177"
El detalle está publicado en el Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid (páginas 5704-5705):
http://www.asambleamadrid.es/resources/Ficheros/Iniciativas/BOAM_8_00054.pdf Texto:
"———— PNL-20/2008 RGEP.4249 ————
Presentada por el Grupo Parlamentario Popular, instando al Gobierno de la Comunidad de Madrid a que extienda y potencie la figura de la vivienda pública en régimen de alquiler con opción a compra, a los ciudadanos madrileños mayores de 35 años ; a que se dirija al Gobierno de la Nación instándole a que adopte las iniciativas necesarias, ante los órganos competentes, para que las viviendas del
régimen de alquiler con opción a compra del Plan de Vivienda de la Comunidad de Madrid, tengan la consideración de viviendas de protección oficial de régimen especial a los efectos establecidos en el artículo 91 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El acceso a la vivienda es una de las prioridades manifestadas por los madrileños en los diferentes ámbitos sociales, económicos y geográficos de la región.
La Comunidad de Madrid, en el ejercicio de sus competencias, desarrolla políticas activas para facilitar
esa necesidad, a precios asequibles, y con diferentes
tipologías que se adaptan a las actuales exigencias de
calidad, espacio y renta, según las características de la
demanda en cuanto a disponibilidad económica, situación familiar o personal, edad e integración social.
El Plan de Vivienda Joven de la Comunidad de Madrid es una modalidad que regula la figura del alquiler con opción a compra en el segmento de la población con edades comprendidas entre 18 y 35 años.
A lo largo de sus tres años de funcionamiento ha conseguido una gran aceptación tanto en la población a la que se dirige como entre los promotores ; lo que repercute de forma favorable, por un lado, en la posibilidad de independizarse de los jóvenes madrileños, y, por otro, en el apoyo a la actividad constructora e inmobiliaria, que es una de las
principales fuentes de generación de empleo y riqueza
en la Comunidad de Madrid.
Al mismo tiempo, la fórmula del alquiler con opción a compra fomenta la cultura del arrendamiento y responde a la preferencia mayoritaria de los ciudadanos de esta Comunidad en convertirse finalmente en propietarios.
Con estas premisas, y al objeto de continuar la labor para favorecer las posibilidades de acceso a la vivienda en todos los segmentos de edad y situación económico-social, dirigidas a las clases medias, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente:
PROPOSICIÓN NO DE LEY
La Asamblea de Madrid insta al Gobierno de la
Comunidad de Madrid:
1.- A que extienda y potencie la figura de la vivienda pública en régimen de alquiler con opción a compra, a los ciudadanos madrileños mayores de 35 años.
2.- A que se dirija al Gobierno de la Nación instándole a que adopte las iniciativas necesarias, ante los órganos competentes, para que las viviendas del régimen de alquiler con opción a compra del Plan de Vivienda de la Comunidad de Madrid, tengan la consideración de viviendas de protección oficial de régimen especial a los efectos establecidos en el artículo 91 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del
Impuesto sobre el Valor Añadido."
Ahora hay que buscar qué establece el artículo 91 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido para las "viviendas de protección oficial de régimen especial" que es la consideración que solicitan para nuestras viviendas del régimen de alquiler con opción a compra del Plan de Vivienda de la Comunidad de Madrid.