Alex, haz el favor de no poner el nombre y apellidos de un vecino tuyo y además, injuriarle(no sabes que te puede denunciar?) En cuanto a la piscina, ellos han tomado una decisión. Es cierto, que si no hay unanimidad no se puede realizar ningún cambio estético en el edificio y la construcción de la piscina lo es, porque cuando se os dió el piso no estaba dicha construcción.
En el caso, de nuestra promoción es distinto. Esta unanimidad se la han saltado a la torera. Y en el caso, hipotetico, que alguien impugne el acta en donde se decidio la construcción de la piscina puede ocurrir que se vuelva a convocar otra reunión y si hay un solo vecino que se niegue no se podrá hacer. Eso es la ley de propiedad horizontal. De hecho Alex, debido a la famosa sentencia que hablas, se puede impugnar en el plazo de 1 año no de 3 meses como es lo convencional.
Lo mejor es llegar a un acuerdo en el que los vecinos que deseen dicha construcción negocien con los que no quieren. Pero para eso, no sólo hay que querer si no tener la tolerancia y educación suficiente para poder conseguirlo.
Espero, haber ayudado a aclarar algo.