Subrogación hipoteca y plusvalía
¿Cómo podemos recurrir la claúsula de subrogación a la hipoteca y la plusvalía en nuestra compra de vivienda?
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Hola!
como ya os comenté, ayer estuve en la Oficina Municipal de Información al Consumidor hablando con un asesor fiscal a cerca de los dos temas que más nos preocupan a todos, la hipoteca y la plusvalía. Os cuento lo que me dijo, que es más que interesante.
1.- LA SUBROGACIÓN A LA HIPOTECA: me dijo que en su opinión podemos recurrir la claúsula que dice que si no nos subrogamos tenemos que hacernos cargo de los gastos de la cancelación ya que según la ley, en caso de que el comprador se vaya a subrogar a la hipoteca del vendedor, éste tiene la obligación de detallar en el contrato todas las condiciones (con pelos y señales) de dicha hipoteca, cosa que Premier no ha hecho. Yo le dije que nos lo han dicho de palabra y me dijo que eso no vale. Entonces me aconsejó que hiciésemos un requerimiento a Premier, me explico, esto significa que le mandemos a Premier mediante un burofax (no vale por correo ordinario) una carta en la que le digamos que a día tal y quedando tantos meses para que nos den las casas no sabemos las condiciones de la hipoteca a la que nos tenemos que subrogar y que si en el plazo X no recibimos una contestación por su parte, nos vamos a buscar por nuestra cuenta otra hipoteca. Entonces yo le pregunté que en caso de que no nos contestasen, o que las condiciones que nos ofreciesen fueran malas, qué tendríamos que hacer. Me dijo que en ese caso lo mejor es que hablemos con un abogado (ellos tienen uno) y que lo más probable es que tuviésemos que hacernos cargo de los gastos de la cancelación para después reclamárselos por vía judicial. También me dijo que si no nos parecen adecuadas las condiciones de la hipoteca, necesitaríamos las ofertas de dos o tres bancos que fueran mejores que la de ellos.
2.- LA PLUSVALÍA: me dijo que por ley eso es algo que les corresponde pagar a ellos y que por lo tanto es una claúsula abusiva. Que no tenemos por qué pagarla. Yo le dije que hemos firmado que nos hacemos cargo de ello y me dijo que eso daba lo mismo. Igualmente me dijo que hablásemos con un abogado para que nos diga cómo proceder.
Me dió una copia de la ley que rige todo esto y en la que la verdad es que viene todo bastante clarito. Os doy la referencia por si alguno teneis acceso al BOE y la queréis consultar: REAL DECRETO 21 ABRIL 1989, NUM. 515/1989 y apareció publicada en el BOE del 17 de Mayo de 1989.
Me aconsejó que nos pongamos de acuerdo el mayor número de vecinos posible para así hacer más presión y que no nos durmamos en los laureles, que no lo dejemos para el último momento y nos movamos ya mismo.
Esto por una parte. Por otra parte estuve hablando ayer por la tarde de este tema con una conocida que tengo que es abogado. Ella no se dedica exactamente a estos temas de compra-venta de inmuebles, pero me ha dicho que nos lo va a mirar, a ver qué podemos hacer. También me ha dicho que no es lo mismo la teoría, que la realidad. Lo que sí me ha dicho es que ella ha llevado temas de plusvalías, pero desde el otro lado, es decir, representando a las promotoras. En los casos que ella ha llevado,las promotoras han puesto una claúsula diciendo que el comprador tiene que hacerse cargo del pago de la plusvalía, llegado el momento, el comprador se ha negado a pagarla y entonces lo han tenido que pagar ellos y la promotora le ha demandado. Resultado, el juicio siempre lo ha ganado la promotora. Ahora bien, hay una pequeña diferencia entre los casos que ella ha llevado y el nuestro que radica en el hecho de que en su caso, lo que los clientes firmaron fue un documento notarial y lo nuestro es sólo un contrato de compra-venta firmado con el vendedor en la caseta, así que me ha dicho que también lo va a mirar.
Bueno pues más o menos esto es lo que he averiguado. Si no pasa nada el domingo quisiera ir a la reunión para comentar todo esto con vosotros en persona y decidir qué hacemos y ya de paso llevaros alguna copia de la ley que me dió el asesor fiscal.
De todos modos a mí lo que me da miedo es negarnos a pagar algo y quedarnos sin casa por incumplimiento de contrato, no se si me explico. Supongo que por eso me dijo el asesor fiscal que probablemente tengamos que pagarlo todo y luego reclamarlo.
Un saludo,
Ester.