Lo de padel es para nota
¿Es legal la instalación de una pista de padel en una zona ajardinada?
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Saludos a todos,acabo de conocer este foro y me gustaria comentar algunos asuntos.
¿Lo de la pista de padel va en serio? Porque si es asi esto es para nota.
O sea que se cambia el titulo constitutivo sin exigir la unanimidad que exige la Ley de Propiedad Horizontal en art. 17, pues a los propietarios colindantes a la futura pista, se les vendio un bajo al lado de zona ajardinada(jardin japones) y esto solo se puede mejorar o modificar pero siempre de zona ajardinada no deportiva u otra indole.
Se les pone una estructura delante bien sea opaca que les hace sombra o un cristal que les hace lupa, tremendo...Pero claro nadie piensa en eso, solo en ese kilito de mas que valorar el pisito pues tiene pista de padel.¿Cuanto pierde un bajo al disponer de sombra o lupa? Y todo esto por una votacion en la que gano la opcion de ponerla por solo 1 voto emitido, 62 a 61 dos minorias a las que como la ley dice se le suma el resto a la opcion mas votada osea 105 que no sabian que opcion saldria, pero ahi si estoy de acuerdo pues asi lo dice la ley.¿Pero no parece extraño?
En cuanto al ultimo acta de junta general el administrador dice que "a su criterio" segun el art. 17 de LPH con 3/5 partes de votos afirmativos seria suficiente, claro pero esto es par SERVICIOS DE ASCENSOR, PORTERIA, CONSERJERIA, VIGILANCIA U OTROS SERVICIOS DE INTERES GENERAL!!! ¿Desde cuando una pista de padel es un servicio de interes general?
Pero aqui no termina la cosa, resulta que donde se quiere poner la pista no es un solarcito, ES PARTE DE LA ESTRUCTURA DEL EDIFICIO!!! y cualquier modificacion vuelve a chocar con la LPH en su articulo 12.
Si se toca la estructura del edificio la empresa constructora se puede desligar de sus garantias de construccion.Cuando se le ha consultado este asunto a la constructora, esta se ha negado en rotundo a posibles modificaciones.¿Y a pesar de esto todo sigue adelante? Increible. Claro luego se caen las estructuras como en el Sagrado Corazon, menos mal que no habia niños.No creo que esto pueda ocurrir, pero creo que aqui la constructora tiene mucho que decir a nivel legal.
Y no todo acaba aqui, resulta que ese espacio no solo no es un solarcito y si parte de la estructura del edificio, es ademas el techo de unas plazas de garage cuyos propietarios no tienen porque formar parte de la comunidad de vecinos y es necesaria su aprovacion uno a uno, es su propio techo de uso particular y deben estar de acuerdo. Esto ultimo es extensible a vecinos que pertenezcan a la comunidad.
El unico sitio de PARQUE JOVEN donde se puede instalar una pista de padel es en la zona en la que actualmente esta la piscina, todo lo demas solo va a provocar energias perdidas, farragosos juicios y problemas serios.¿No deberia saber todo esto el administrador? Pues en teoria deberia conocer la LPH. Incluso se atreve a decir por escrito "su criterio" que siempre es influyente.Esto podria tener algo de culpabilidad legal.Veremos.
¿Por que no utilizamos todas estas energias hacia algo positivo de verdad, por ejemplo cambiar los horrorosos y prohibidos en nueva ley globos de luz sin sombrerete que contaminan de luz nuestro cielo sin estrllas, ademas de dar apariencia de subdesarrollo ambiental. SALUDOS