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E
ejgolasola
20/08/2004 21:07

cuenta ahorro vivienda

731 lecturas | 10 respuestas
Hola vecinos , tengo una cuenta ahorro vivienda que me caduca este mes.¿Que pasos hay que seguir una vez terminado el plazo de la cuenta?¿Alguno habeis estado en esta situacion?
 
A
Arantzazu
25/08/2004 11:47
GRACIAS A TODOS POR PUNTUALIZAR Y EXPLICAR CLARAMENTE LO QUE YO NO PUDE. ASI TAMBIEN ME QUEDAN LAS IDEAS MAS CLARAS Y CREO K NOS SIRVE A TODOS. GRACIAS SINCERAMENTE Y SALU2 A TOD@S
 
K
kalyna
24/08/2004 21:52
Hola dnog,
Muchas gracias por tu información. La verdad es que esa lógica yo ya la había pensado, dos personas que abren cuentas viviendas independientes que finalmente compran una vivienda juntos, vamos que los dos nos ibamos a poder deducir cada uno por su lado, pero alguien me dijo que no podia ser porque yo estaba en el contrato pero como yo no me he deducido nada de cara a Hacienda por lo que hemos pagado pues no habrá ningún problema. Aun así seguiré tu consejo y preguntaré a Hacienda. Muchas gracias por tu respuesta dnog.
 
D
dnog
23/08/2004 23:13
hola kalyna. espero haber comprendido bien la cuestion esta vez. Dos personas solteras (sin regimen economico) pueden tener cada una su propia cuenta ahorro vivienda y deducirse por ello compren o no la vv conjuntamente. Si la titularidad de la cc. vv. es conjunta cada uno se puede deducir por lo que aporte a la misma.
Ahora bien tu novio se puede deducir todo lo pagado a la constructora pero no lo aportado a la cc.vv. ya que como indicas pasaran mas de 4 años desde la apertura a la firma de escrituras.
Espero esta vez aclarar tus dudas

pd. de nuevo insistir, no soy un experto y con dinero d por medio ante la duda mejor consultar a Hacienda.

 
K
kalyna
23/08/2004 19:23
Hola dnog,
Gracias por tu respuesta pero creo que no me expliqué bien. Todavia no han pasado los cuatro años de la CV y lo que hemos hecho ha sido pagar las letras de esa cuenta vivienda que al estar a su nombre se ha deducido el y luego teniamos nuestras cuentas entre nosotros pero esa CV esta a su nombre y la pensamos cancelar con la última letra ya que se ha invertido ese dinero en la vivienda y hasta que se escrituren los pisos al ritmo que han estado pasarían los cuatro años y es lo que no queremos. La duda que yo tenía es si yo podía abrir una cuenta vivienda a mi nombre y deducirme por ello ya que aunque esté en el contrato no consta en hacienda que yo pague ningun piso ya que no estoy en la cuenta vivienda de mi novio. De esta manera lo que se conseguiría es poder deducirme hasta la firma de las escrituras, todo eso si no se retrasan hasta el 2008 en darnos nuestras casas. A ver si me he explicado mejor. Gracias.
 
D
dnog
22/08/2004 14:28
pues mucho me temo kalyna q tu novio esta en la misma situacion que ejgolasola. El plazo de 4 años desde apertura vv hasta firma de escrituras se pasa y tiene q declarar las cantidades que se ha deducido inapropiadamente.
Supongo q una vez regularizada la situación se podría constituir una nueva cuenta pero no estoy seguro.
Si la titularidad de la cuenta es exclusiva de tu novio aunq el contrato de CV este a nombre de los dos (equiparando el caso de un matrimonios en separacion de bienes) cada uno de vosotros se podría deducir por la cantidad aportada es decir 100% para tu novio. En este caso tu podrias aperturar una cuenta y deducirte por ello. Claro que si ya te has deducido por las letras pagadas la cosa es mucho mas complicada.
No soy un experto y ni tan siquiera las consultas vinculantes a hacienda te libran de apoquinar si el inspector de turno decide q esta mal pero yo en vuestro caso declaraba lo deducido por la cc y abriria una para cada uno para deducir de aki a la entrega
 
K
kalyna
22/08/2004 13:03
Buenos dias,
Me ha interesado mucho el tema de la cuenta vivienda y por ejemplo en nuestro caso, mi novio abrió a su nombre una cuenta vivienda de la que se ha desgravado por ello. Cuando tuvimos que pagar a la firma del primer contrato se pagó de la cuenta vivienda cuando todavia no habían pasado los cuatro años, después hemos ido pagando las letras de esa cuenta y para la última letra la queremos dejar a cero y cerrarla ya que además en diciembre de este año finalizan los cuatro años, aunque eso es independiente, mi pregunta, si alguien lo sabe, es si yo puedo abrir otra cuenta vivienda para cuando se paguen las escrituras y demás, yo estoy en ese contrato pero no consta en ningún sitio (hacienda...) que yo pague por una casa aunque si esté en el contrato. Vamos no se si me explico. Si alguien me lo pudiera contestar estaría muy agradecida. Un saludo a todos.
 
D
dnog
21/08/2004 16:44
gracias por la puntualizacion raulmar, no me habia expresado bien. Efectivamente vale cualquier cuenta plenamente identificada (no colará una cuenta con una visa asociada, el recibo del teléfono o similares) y se puede cambiar si eres capaz de justificar q el dinero de una a ido a la otra como bien dices. Tiene q ser la misma en el sentido de continuidad de saldos y fecha indistintamente del soporte IBAN o CCC que los represente.
 
R
raulmar
21/08/2004 15:01
Estoy totalmente de acuerdo con dnog, pues es lo que yo también conozco, salvo por la cuestión de que la cuenta vivienda debe ser la misma durante los cuatro años. lo único es que sólo puedes tener una pero si te interesa cambiar tu cuenta vivienda lo puedes hacer, pero debes cerrar una y abrir la otra con el mismo saldo y tener en cuenta que los cuatro años se contabilizan desde la apertura de la primera.
Un saludo
 
D
dnog
21/08/2004 11:33
Hola, la ley en este caso es clara si no destinas la totalidad del dinero de la cuenta ahorro vivienda a la adquisición de primera vv habitual pierdes el derecho a deduccion.
Según esto lo que te toca hacer para cumplir con la ley es una declaracion paralela en la que declares todas las cantidades que te has deducido al perder el derecho sobre ello.
En todo caso hay q contemplar un par de cuestiones.
1) se puede simultanear el ahorro en cc. vv con los pagos al promotor (sin superar el límite de los 9mil euros)por lo que por lo pagado en las letras y pago inicial sigues conservando derecho a deduccion.
2)si el imcumplimiento es pq no se ha terminado la construccion por circunstancias excepcionales no imputables al contribuyente que supongan paralización o retraso de las obras o quiebra de la constructora, etc. se porrogra otros 4 años.(supongo que no es nuestro caso pero...)

por otro lado que una cc. se denomine ahorro vivienda o de cualquier otra manera a hacienda le da igual. su criterio es q la q declares como ahorro vv lo es y el resto no. Siempre tiene que ser la misma y sin superar los 4 años
 
A
Arantzazu
20/08/2004 21:49
HOLA EJGOLASOLA, NO SE K TE DIRAN EN LA ENTIDAD DE LA UENTA LA INFORMACION QUE T PUEDO DAR AL RESPECTO (YO TRABAJO PARA UN BANCO), ES LA SIGUIENTE: EN TEORIA SOLO SE PUEDE TENER TENER UNA CUENTA AHORRO VIVIENDA EN LA VIDA Y DESGRAVARTE POR ELLA DURANTE 4 EJERCICIOS SEGUIDOS PERO LEGALMENTE SI TU TIENES MAS DE UNA CUENTA VIVIENDA O LA TIENES MAS DE 4 AÑOS PERO SIN DESGRAVARTE (POR LA DEMASIA DE CUENTAS O DE TIEMPO), NO INFRINGES LA LEY POR LO TANTO LA CUENTA LA PUEDES MANTENER LEGALMENTE. OTRA COSA ES QUE LA ENTIDAD TE CUENTE OTRA MILONGA COMO YO TENGO QUE CONTARLES A LOS CLIENTES (POR OPERATIVA INTERNA DEL BANCO) QUE SOLO SE PUEDE TENER UN CUENTA Y 4 AÑOS (QUE ES LO QUE MARCA ACTUALMENTE LA LEY Y LAS GANAS QUE ELLOS TENGAN DE MANTENERTE LA CUENTA. YO STOY IGUAL QUE TU (Y CREO QUE MUCHOS) PEO ME QUEDA PARA FINALES DE 2005. TE AGRADECERIA K ME DIJERAS EN K AKABA TODO. YO TENGO LA CUENTA EN IBERCAJA. GRACIAS POR ADELANTADO
 

Fin del hilo
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