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S
sengaku
13/06/2006 10:40

Información sobre las Ayudas

¿Cuáles son las ayudas disponibles para viviendas en la Comunidad de Madrid?

939 lecturas | 8 respuestas
Hola buenos días,
Alguien ha ido a la Comunidad de Madrid a informarse sobre las Ayudas???

Ayer estuve informándome de las ayudas que podrían corresponderme, por la tipología de vivienda, etc., en resumidas cuentas: lo primero que miran es la fecha de calificación definitiva, esta fecha nos incluyen en el fantástico Plan 2005-2008, (sin la califiación hubiera sido antes de abril, estaríamos en el anterior Plan, y nos correspondería alguna ayuda de verdad, ) y las ayudas que nos corresponden no son mejores que lo que actualmente tenemos recogido en nuestra escritura.

Sí, así es, podríamos solicitar: (Y lo voy a copiar literal):

- Préstamo convenido de hasta el 80% del precio de escrituración o de adjudicación a pagar en 25 años. (esto significa que si me conceden esta ayuda, tendría que subrogarme a un préstamo nuevo, cuyos costes los pagaría yo..)

- Si se dan las condiciones de primer acceso a la propiedad, se pude acceder a:

* Subsidiación de préstamo convenidos (cantidad anual por cada 10.000€ de préstamo convenido):

. 82€ durante un máximo de 10 años, si los ingresos familiares no excedan de 2.5 veces el IPREM.

. 48€ durante un máximo de 5 años, si ingresos familiares entre 2.5 y 3.5 veces el IPREM.


Hay que tener en cuenta que si se pide esta “ayuda”, estaríamos sujetos a un nuevo régimen legal de protección: 30 años, desde la Calificación Definitiva, sin posibilidad de descalificación voluntaria.

Resumiendo, como estamos, estamos mucho mejor.


Por favor si alguien va a la Comunidad y le cuentan algo diferente, le agradecería lo comentara.

Gracias.

Un saludo.
 
Y
Yoryo
21/07/2006 09:44
Hola jumardo, perdona por la tardanza, pero he estado muy liado, los puntos que comentas, me parece bien y los he añadido ya, los pondré en los ascensores para el que le interese, pero es muy importante por se mucho más beneficioso que el que quiere imponer el Mº de Vivienda. En donde la entregare será donde entregue la solicitud para las ayudas solo me acuerdo que esta en la parada de metro de Ventilla línea 9, pero comentarte que si ya solicitaste las ayudas esta solicitud la puedes presentar en cualquier registro de la Comunidad e incluso de la Administración General.
Un saludo
 
J
jumardo
12/07/2006 11:05
Muy buena idea Yoryo.

Un par de comentarios: Tienes una errata, pones ´le sean concebidas´ donde debería decir ´le sean concedidas´.

Otra cosa, creo que interesa añadir entre los aspectos, estos 2:
- Sistema de ayudas directas a la entrada
- Sistemas de ayudas de caracter especial

... ya que seguramente la mayoría nos podemos acoger a alguna de ellas (por ejemplo, entre las de carácter especial está una ayuda de 3000€ ; simplemente por ser menor de 35, acumulable con otras ayudas).

Si queréis ver las medidas del plan 2002-2005, aquí están:

http://www.infodisclm.com/documentos/resumen%20pvivienda.pdf

Una pregunta, ¿ ;dónde vas a presentar la instancia?

Saludos.
 
Y
Yoryo
12/07/2006 10:54
Adjunto instancia que voy a presentar en la Comunidad de Madrid pues nos quieren aplicar la normativa 2005-2008, cuando con mucha diferencia es mas beneficiosa la 2002-2005 e incluso nuestro préstamo esta pactado con la (Comunidad y Caja España) el plan 2002-2005. ¿Que os parece?
Un saludo

, natural y vecina de Madrid, con domicilio en la c/ Isabel Clara Eugenia, 14 - Portal y con DNI nº .


E X P O N E:

- Que es adjudicataria de una vivienda VPO incluida en el Plan 2002-2005 acogida a la normativa especifica acordada para dicho Plan en todos sus extremos.

- Que al ir a informarse sobre las ayudas establecidas lo hacen de forma somera, ya que están esperando que entre en vigor la normativa para el Plan 2005-2008 y no conocen los extremos modificados, por tal motivo le dan unas ideas generales de tipo económico de acuerdo con sus circunstancias personales.

- Que presenta petición, y posteriormente empieza a conocer las modificaciones introducidas y que dicha petición será atendida con arreglo a la nueva normativa lo que lesiona gravemente sus intereses y no parece legal, puesto que se aplica normas con carácter retroactivo ignorando las concretas suscritas por la propia administración para la vivienda a que la abajo firmante había optado.

Por ello ;

S O L I C I T A:

Le sean concebidas las ayudas pactadas para la promoción de vivienda 2002-2005 a la que pertenece la vivienda de la que es adjudicataria, por ser normativa especifica aprobada para la misma y que, entre otros, contemplaba los siguientes aspectos:

- Préstamo Cualificado a pagar en 20 años.
- Descalificación de la vivienda a los 20 años.
- En ningún caso se contemplaba el derecho de tanteo, ni por la Admón. Gral. del Estado ni por la Comunidad de Madrid.



En Madrid, de julio de 2006







CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN TERRITORIO
 
J
jumardo
30/06/2006 11:19
Sí, me refería a no solicitar que nos pasen al plan actual, tal y como estamos ahora, la calificación de VPO se pierde a los 20 años, pero se puede solicitar a los 15 si has pagado ya todo el prestamo hipotecario cualificado.

Estoy pendiente de que me respondan al tema de solicitar el cheque vivienda. También he preguntado si, ya que estamos en el plan 20002/2005, podemos solicitar la ayuda de 3000€ ; mínimo que daban a menores de 35 años, aunque eso casi seguro que no, pero por si acaso.

Si me entero de algo ya lo pondré por aquí.
 
Y
Yoryo
29/06/2006 11:23
Jumargo, cuando te refieres al estatus actual quieres decir sin solicitar ninguna ayuda, pues al igual que a “Sengaku” también entendí que nos aplicarían la nueva ley de los 30 años, yo estuve en la oficina también de la comunidad y no me comentarnos nada del cheque, al decir ayuda del estado, entonces habrá que solicitarlo en el Mº de la Vivienda.
Menudo follon, con lo de las ayudas, entonces vosotros las habéis solicitado, ahora ya tengo un cacao, gracias por vuestra ayuda. Un saludo
 
J
jumardo
29/06/2006 10:30
Yoryo, con el estatus actual sólo puedes solicitar la descalificación de vivienda protegida transcurridos 15 años desde la calificación definitiva, y siempre y cuando hayas liquidado la hipoteca (o cambiado por otra hipoteca libre).

Yo pregunté lo del cheque vivienda y también me dijeron que no, pero lo cierto es que no me quedó claro porqué no.
 
S
sengaku
29/06/2006 10:05
Hola Yoryo, ayer hablando con un vecino me dijo que creia que el llamado cheque vivienda si nos correspondia (esto es una ayuda del estado, no de la comunidad), yo estube en la oficina de vivienda de la comunidad de madrid (avda. Asturias, 28) la chica con la que hable me dijo que no.
Antes de renunciar a nada asegurate, sobre todo de lo del cheque vivienda...

Un saludo
 
Y
Yoryo
29/06/2006 09:52
Hola Sengaku, yo también soy del portal F, en el 2A, yo solicite las ayudas, pero después de leer tu correo, voy a renunciar (por instancia) a las ayudas, entonces esta claro, que por la dichosa fecha de calificación, nos coge la nueva ley de los 30 años, que daño nos han hecho, con el retraso en la entrega, de nuestras viviendas y ahora encima esto de la nueva ley (yo creo que esto lo sabían) pues lo pude leer hace meses en la 19b, lo de la nueva ley, que se estaba preparando, por Ministerio de la Vivienda.
¿Sabe alguien si podemos hacer algo? ¿Entonces, lo mejor es renunciar a las pequeñas ayudas, y por lo tanto de esta manera si queremos, podemos vender dentro de 5 o 15 años libremente?
Un saludo.
 

Fin del hilo
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