Te puedes desgravar todos los gastos que tengas de escrituración, que son notaría, registro, los impuestos y tambien los gastos de gestión.
Pero tienes que tener en cuenta que cuando firmamos las escrituras dimos un antcipo para todos estos gastos, si decides desgravar por todo el importe de la aportación, tambien tendrás de declarar para el año que viene, que nos devolvieron un resto de esta candidad.
Si no tendrás que declarar las facturas que la gestoría pagara el año pasado según su fecha, creo que son las de notaría, porque el registro se ha pagado este año.