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¿Es necesaria la apertura de una cuenta corriente para domiciliar el pago de las cuotas de amortización?
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¡Por fin se han dignado contestar!.
Respecto a mi pregunta de si es necesaria la apertura de una cuenta corriente con el fin de domiciliar el pago de las cuotas de amortización, la respuesta ha sido:
"Que sí es necesaria dado que no admiten las domiciliaciones en entidades externas".
Respecto a mi pregunta sobre las comisiones (si el banco impone la apertura de cuenta se supone que debe de correr con los gastos), la respuesta ha sido:
"Si la cuenta, exclusivamente, recibe el cargo de la amortización del préstamo, es decir, no tiene ninguna otra domiciliación que no sea esa, estará también exenta de comisión por administración-mantenimiento".
Respecto a mi pregunta sobre la obligación de domiciliar la nómina, la respuesta ha sido:
"No existe obligación legal de domiciliar la nómina, pero le informamos que es aconsejable, por motivo del análisis para la concesión del préstamo".
Pues bien, despejadas las dudas. Espero que después de haberos dado la lata durante tanto tiempo (bastante buenos que sois todos que me habeis aguantado), esto que se acaba de aclarar para que no queden incógnitas al respecto, sea de utilidad para todos a fin de que no intenten aprovecharse de nuestra situación.
Gracias una vez más a todos. Saludos y ánimos. Pedro-Ignacio.