Pues verás, la verdad es que creo que lo que dices es cierto. Lo que nos ha ocurrido es que, llevados por el ansia de entrar de una vez en nuestras casas no reparamos en aquello y hemos ido cual corderitos al matadero y hemos pagado con una gran celeridad por adelantado. Desde luego que esto no tiene por qué quedarse así.
Lo que ocurre es que topamos con la Administración. Eso significa que no podemos reclamar de cualquier manera. Me explico. En este procedimiento se han dado dos tipos de actos. Unos administrativos (trámites de valoración de puntos de los adjudicatarios, trámites de audiencia al interesado, adjudicación, etc), sometidos al Derecho Administrativo y otros civiles o privados (firma del contrato con la EMV, solicitud de la hipoteca, pago efectivo de cada plazo del piso y del IVA, etc), sometidos al Derecho Civil.
En este último caso la reclamación parece que sería civil pero existe (repito que topamos con la inercia de una Administración Local) un tipo de reclamación previa a la vía civil que sería cuestión de estudiar. Nosotros, pese a que estemos hasta el "infinito y más allá" de la constructora, no tenemos que ver con ella. La reclamación sería ante la Administración en la persona de la EMV. Cuando contestara, si llega ese milagro, tendríamos que, a la vista del contenido de esa respuesta, preparar la reclamación civil correspondiente por medio de demanda, para la que necesitaríamos abogado y procurador. En esa demanda habría que expresar lo que pedimos con total claridad: daños y perjuicios principalmente por medio de una sentencia que los reconociera. Entre esos daños y perjuicios podrían valorarse por ejemplo:
Días perdidos en acudir a la EMV. Alquileres de más que estamos pagando una vez finalizado el plazo de entrega de las viviendas, gastos de transporte en el supuesto de que no las entregaran antes del comienzo del curso escolar, perjuicios de cara a los profesionales contratados para, por ejemplo, medir y construir así como montar la cocina. Gastos de depósito de muebles, etc.
Pero ahora bajemos a la tierra. Sé, desgraciadamente por experiencia, que lo peor que nos puede ocurrir es tener que meternos en un pleito de azarosa tramitación y no menos impredecible final.
Mi consejo, pese a todas las molestias, tomaduras de pelo e incomodidades, es aguantar. Sólo si los perjuicios fueran de índole insufrible entonces sí ; ir por ellos.
De momento me permito sugerir que nadie pierda de vista la documentación, los recibos de sus alquileres, los gastos que desde la finalización del plazo de entrega haya habido que hacer y todas esas cosas.
También me permito recordar que lo mejor sería tratar estos problemas cuando la Junta de Vecinos se constituya porque ahí será donde todos puedan manifestar si están de acuerdo en emprender una acción de resarcimiento a cargo de la comunidad representada por el, a la sazón, primer presidente de la misma.
Aunque tengo hoy (entre que es lunes y que no han llamado) la moral por los suelos, os deseo ánimos.
Saludos a todos. Pedro-Ignacio.