En el borrador pone que no podemos usar la azotea, pero eso si religiosamenta tenemos y tenemos y tenemos que pagar todos los gastos que graven a la finca, asi como los desperfectos, pero esi si jejeje siempre y cuando sean por un mal uso, ¡otra vez jejeje! y eso ¿quien lo dice? que ha sido por un uso indevido, ¡Seguro que siempre sera por tal motivo!. Y lo que me hace mucha gracia es la clausula tercera que mas o menos biene a decir que si le sale de los huevos a la EMV te ofrecera en venta el piso, ¡hay que joderse!. Si alguien entiende en esta clausula otra cosa por favor que me lo diga.
El borardor del contrato tiene 23 clausulas, de las cuales en 21 son obligaciones para el inquilino o no son beneficios para este, asi lo entiendo yo, 1 obligaciones para la EMV, bueno por llamarlo de alguna manera por que si se considera una obligación que te den una copia de un papel que es lo logico, y que te entraguen el piso 3 meses de la calificacion definitiva que ni siquiera se sabe cuando sera, pues vale si ellos lo llaman asi, yo mas bien lo llamaría derecho del inquilino y le quitaría la coletilla de LA EMV SE OBLIGA. y para finalizar con las clausulas hay que decir mas o menos QUE POR SI ACASO SE LES OLVIDA ALGO, QUE SE BASAN EN LA NORMATIVA A APLICAR.... que me imagino que vendra a decir lo siguiente, que la EMV no se obliga a nada al contrario que el inquilino.
PERO LA VERDAD ES QUE ESTOY MUY CONTENTO DE QUE ME HAYA CORRESPONDIDO UN PISO Y LA VERDAD ES QUE ME ALEGRO DE TENER A LOS VECINOS QUE TENGO.
Un abrazo para tod@s y hasta pronto