Raspilla dijo:
En la carta de las ayudas figura como que si las aceptas no podras hacer un traspaso intervivos en 10 años, y que si lo haces tendras que devolverlas con intereses, pero sino entiendo mal se refiere a los primeros 10 años de los 20 (o 25 no lo tengo claro) en la que no la puedes vender. De forma que si la vendes a las 11 años solo tienes que hacer lo del tanteo y retracto con el ayuntmto, pero no tienes que devolver la ayuda. Eso es lo que yo entiendo, si me equivoco no dudeis en decirmelo
Yo también lo he entendido así.
Nosotros hemos llevado la carta a la CAM de Arturo Soria y allí no tienen mucha idea sobre los trámites. En principio, parece ser que el dinero de la subvención te lo ingresan en cuenta, pero tampoco estaban seguras. Del mismo modo, tampoco tenían ni idea de qué plazos hablamos para el pago.
Con respecto al tema del agua que comentábais, nosotros no hemos notado nada en el sabor, pero sí que hemos notado el tema del olor en el tendedero algunos días al dejar la puerta cerrada (lo hemos cerrado con ventana).