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M
mxt
17/04/2008 12:58

Documentación Declaración Renta

¿La constructora debe entregarnos algún justificante de las aportaciones realizadas antes de recibir el piso y la hipoteca para la declaración de la renta?

18.561 lecturas | 6 respuestas
Hola,
en la declaración de la Renta de este año, tenemos que incluir todas las aportaciones que hicimos a la constructora el año pasado antes de que nos dieran el piso y la hipoteca claro.
Pero me preguntaba si la constructora nos tiene que entregar algún papel para presentar en hacienda como justificante de dichos pagos.
Si alguien sabe como se hace que lo diga porque no tengo mucha idea.
Un saludo
 
V
vayatimo
19/04/2008 12:27
Muchas gracias por la información. Todavia no está dada de alta nuestra finca, por eso no aparece en la web. El 5 de Mayo comienza el envio del IBI en Parla. A partir de entonces puede que esté ya registrado. Si no lo está cuando uno acude a la renta, con las escrituras e indicando que la referencia catastral todavía no está, me han dicho en el ayuntamiento que no hay ningún problema. Saludos
 
mrbarlon
mrbarlon
18/04/2008 19:29
Hola, en la web de la agencia tributaria puedes consultar en formato pdf la ayuda del IRPF 2007 (páginas 69 y ss.), donde se trata el supuesto de la falta de referencia catastral al identificar la vivienda habitual:

http://www.aeat.es/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Descarga_Programas/Descarga/100/2007/Renta07e.pdf


VIVIENDA HABITUAL Renta 2007 CUMPLIMENTACIÓN IRPF (I) • 69
Se abrirá una ventana de captura de datos en la que deberá consignar los siguientes datos relativos a la vivienda en la que tiene su domicilio actual (año 2008), ya sea como propietario, usufructuario o arrendatario, o como simple residente en la misma por razones de convivencia familiar u otras.
Además, en el supuesto de propiedad, en todo o en parte, de la vivienda, se harán constar, en su caso, los datos de las plazas de garaje, con un máximo de dos, y de los trasteros y anexos adquiridos conjuntamente con la misma.
En primer lugar deberá reflejar los datos referentes al “Declarante” que el programa trasladará al “Cónyuge”, “Hijo 1” e “Hijo 2” . No obstante, si la vivienda habitual fuera distinta podrá modificar los datos en los apartados correspondientes de la ventana.
• Titularidad:
Deberá indicar una de las siguientes claves:
Clave 1. Propiedad: Cuando el primer declarante y/o el cónyuge sean propietarios, total o parcialmente de la vivienda habitual que constituya su domicilio actual (incluyendo en su caso las plazas de garaje hasta un máximo de dos).
Se consignará también esta clave en el supuesto de declaraciones individuales del hijo 1 o el hijo 2 cuando sean propietarios de la vivienda habitual que constituya su domicilio actual.
ATENCIÓN: Cuando sólo uno de los cónyuges sea propietario de la vivienda , ambos deberán consignar la clave 1, indicando el 100 % de participación el cónyuge propietario.
- Clave 2. Usufructo : Cuando el primer declarante y/o el cónyuge sean usufructuarios, total o parcialmente de la vivienda habitual que constituya su domicilio actual (incluyendo en su caso las plazas de garaje hasta un máximo de dos).
Se consignará también esta clave en el supuesto de declaraciones individuales del hijo 1 o el hijo 2 cuando sean propietarios de la vivienda habitual que constituya su domicilio actual.
ATENCIÓN: Cuando sólo uno de los cónyuges sea usufructuario de la vivienda, ambos deberán consignar la clave 2, indicando el 100 % de participación el cónyuge usufructuario.
- Clave 3. Arrendamiento: Cuando el primer declarante, el cónyuge o ambos tengan como domicilio actual una vivienda arrendada.
Se consignará también esta clave si el hijo1 o el hijo 2 son arrendatarios de la vivienda habitual.
- Clave 4. Otras situaciones: Para cualquier otra situación distinta de las que deben reflejarse en las claves 1, 2 y 3 anteriores.
Deberá consignarse la clave 4 cuando no se ostente ningún título jurídico sobre la vivienda o exista título distinto a los reflejados en las claves anteriores.
A título de ejemplo deberán consignar la clave 4 cuando el primer declarante, el cónyuge o ambos conviven con el propietario, usufructuario, o arrendatario de la vivienda ( v.gr.: vivienda de los padres en la que también viven los hijos) o en los supuestos de vivienda cedida al contribuyente por la empresa, etc.
• Referencia catastral Se consignará la referencia catastral de la vivienda y, en su caso, de cada una de las plazas de garaje adquiridas conjuntamente con la misma, con un máximo de dos.
70 • CUMPLIMENTACIÓN IRPF (I) Renta 2007
Este dato deberá reflejarse cualquiera que sea el tipo de titularidad del inmueble que constituya su domicilio actual, (es decir, propiedad o usufructo, arrendamiento u otras situaciones, claves 1, 2, 3 ó 4.)
La referencia catastral figura en el recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (I.B.I), pudiendo asimismo obtenerse en la página de la Oficina Virtual del Catastro en Internet, en la dirección http://ovc.catastro.minhac.es de la siguiente manera :
1º Entre en el apartado de acceso libre, referido a los datos catastrales no protegidos.
2º Introduzca los datos de localización del inmueble.
3º Pulse “ consultar datos”.
También podrá conocer la referencia catastral del inmueble llamando a la Línea Directa del Catastro ( teléfono: 902-37.36.35)
• Porcentaje de participación en caso de propiedad o usufructo
Deberá indicarse, con dos decimales, el porcentaje de participación en la propiedad o usufructo de la vivienda o de las plazas de garaje.
• Situación de la vivienda
Se seleccionará de entre las siguientes claves la que corresponda a la situación de la vivienda:
Clave 1. Inmueble con referencia catastral situado en cualquier punto del territorio español, excepto País Vasco y Navarra.
Clave 2. Inmueble situado en la Comunidad Autónoma del País Vasco o en la Comunidad Foral de Navarra.
Clave 3. Inmueble en cualquiera de las situaciones anteriores anteriores pero sin referencia catastral.
Clave 4. Inmueble situado en el extranjero.

Espero te sirva de ayuda. Un saludo.




 
V
vayatimo
17/04/2008 23:19
Muchas gracias, aunque no lo he encontrado, los pisos nuevos tienen esta referencia, o sabeis si hay que esperar a la primera contribución. Saludos a todos
 
F
fortunaII
17/04/2008 17:20
Para conocer el catastro puedes visitar la siguiente pagina:

https://ovc.catastro.meh.es/CYCBienInmueble/OVCConsultaBI.htm

Un saludo.
 
V
vayatimo
17/04/2008 17:02
La referencia catastral, donde se obtiene o de donde se saca?
 
J
jfran
17/04/2008 15:39
debieras tener un recibo o algo que justifique los aportes que hiciste.
 

Fin del hilo
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