En el contrato hay una cláusula, de forma que si alguna de las partes incumpliera el contrato, éste quedaría disuelto.
Si el incumplimiento se debe a la constructora, ésta debería devolverte el dinero aportado, como mucho con los intereses legales, y esto tras ir a juicio, entiendo, y en caso de que lo ganases.
No creo que puedas retrasar "infinitamente" el escriturar a no ser que haya un problema realmente grave y demostrable(no remates en el piso), y en este caso, deberías informarles por escrito.
Pero vamos, que yo creo que debes valorar los desperfectos y pedir información de un profesional si tienes dudas.