Junta del 2-11-04
¿Qué implicaciones tiene el impuesto que se menciona en la junta de ayer?
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Hola vecinos, alguno es tan amable de contarme algo de la junta de ayer, pues por motivos personales no pude acudir.
He estado buscando datos sobre la legislación que viene en la convocatoria y he encontrado lo siguiente:
1.- ¿Que cooperativa tenemos? protegida o muy protegina, si no es alguno de estos casos, no hay nada que hacer sobre el impuesto, mas que pagar por negligencia de la gestoria que se encargo de la documentación.
2.- Este impuesto debía haberlo pagado la cooperativa y dado que se encargó la gestoría del banco, debía haberse consultado como mínimo a un abogado sobre ese tema y el notario creo que seguro que informó de ello en el momento de la firma de las escrituras correspondientes.
3.- Si la cooperativa no tenía suficiente dinero en su momento para ello, GESPLAVI, como gestora, debía haber previsto ese impuesto, y tener suficiente capital para ello, si no se paga, mejor para la cooperativa, pero si hay que pagarlo, se paga desde la cooperativa y no a estas alturas pedir dinero a los propietarios, que según imagino no serán los originales a los cooperativistas.
Bueno vecinos, el que quiera consultar las leyes, le basta un buscador donde introducir los datos 1/1993 y 20/1990 para verlos.
Un saludo