Buenos días,
Comparto con vosotros algunas dudas. Le del IVA, aunque raro, creo que no es problemático, ya que yo al menos dispongo de 15 días para reclamar la devolución de cualquier giro realizado a mi cta. Por otro lado, en su día pagamos el 7% del IVA de tierra y hace poco lo necesario para alcanzar el 20%. Dado que al final se juega con IVA soportado y repercutido, creo que estamos en casuística diferente a cuando compras una casa a un precio más 7% IVA. Yo entiendo que el IVA que estamos pagando es la diferencia entre repercutido y el soportado en la construcción y promción de la vivienda (Y no de la venta que para eso pagamos el ITPAJD creo). Parece que en la ley del IVA hay un vacío en este aspecto y es de lo que nos aprovechamos.
Lo de entrega de llaves es lo que más me escama, ya que hasta cierto punto al firmar, la vivienda ya es nuestra y no de la cooperativa, implicando que aceptamos la casa sin que sea habitable y que entonces la cooperativa y la gestora ´se quitan de en medio´.
Yo no se hasta que punto no es más recomendable demorar la firma hasta que la habitabilidad esté concedida...En este sentido voy a hablarlo con un amigo que entiende mucho de esto para ver que es lo que él opina. Con lo que diga os comento. No obstante, lo que yo hablé con Gesplavi el jueves, era que tal vez fuera posible si todo va bien, que la habitabilidad esté concedida para entonces (la verdad es que mucho tienen que correr todos).
Un saludo,
G