hola vecinos!
Desde "desatención al cliente" al preguntarles por los portales y las entregas de los m16 y m17, no ME HAN DICHO ABSOLUTAMENTE NADA, excepto que a los propietarios de dichas manzanas (ya que nosotros somos de la M21) les tienen totalmente informados....jajajajaja...y que los portales es lo que dicta el arquitecto.
Por mi parte , he vuelto a enviar mi pregunta a la web ya que no me han dicho nada y quiero que se me aclare el porqué sueldan MAL una puerta que ya de por sí, es cutre. Y que cuando pregunto me limito a ejercer mi derecho de los puntos 9 y 10 de lo siguiente:
Junto al contrato de compraventa, el comprador de vivienda nueva tiene derecho a que la promotora le exhiba y en su caso entregue una serie de documentos. La falta de entrega de tal documentación puede dar lugar a reclamación por parte del comprador. Así, los datos, características y condiciones relativas a la construcción de la vivienda, a su ubicación, servicios e instalaciones, adquisición, utilización y pago que se incluyan en la oferta promoción y publicidad serán exigibles aun cuando no figuren expresamente por escrito en el contrato celebrado. Por su parte las promotoras deben tener a disposición del público la siguiente información: 1.Descripción de la vivienda indicando superficie útil y descripción del edificio, zonas comunes y servicios accesorios.
2.Materiales empleados en la construcción, aislamientos térmicos y acústicos.
3.Instrucciones sobre uso y conservación de las instalaciones que exijan algún tipo de actuación o conocimiento especial y sobre salidas de emergencia.
4.Datos identificadores de la inscripción del inmueble en el Registro de la Propiedad o expresión de no hallarse inscrito.
5.Precio total o renta de la vivienda y servicios accesorios y forma de pago.
6.Copia de las autorizaciones legalmente exigidas para la construcción de la vivienda y de la cédula urbanística o certificación acreditativa de las circunstancias urbanísticas de la finca, con referencia al cumplimiento de las operaciones reparcelatorias o compensatorias, así como de la licencia o acto equivalente para la utilización u ocupación de la vivienda, zonas comunes y servicios accesorios.
7.Estatutos y normas de la Comunidad de Propietarios, en su caso, así como información de los contratos de servicios y suministros.
8.Información en cuanto al pago de los tributos de todas clases que recaigan sobre la propiedad o el uso de la vivienda.
9.En el caso de que la vivienda o las zonas comunes o elementos accesorios no se encuentren totalmente edificados, se hará constar con toda claridad la fecha de entrega y la fase en que se encuentra la edificación, en cada momento.
10.En el caso de que la vivienda no se encuentre totalmente terminada, se deberá tener a disposición del público y de las autoridades competentes copia del documento o documentos en los que se formalizan las garantías entregadas a cuenta.
11.Cuando se trate de vivienda nueva se indicará el nombre y domicilio del Arquitecto y el nombre o razón social y domicilio del constructor.
El link es el siguiente:
http://www.vivienda.jccm.es/gu02.asp# salu2