¿A qué o a quien hacemos caso?
Según lo dicho el viernes en el consejo de ministros,el IVA superreducido se mantenía al 4% hasta el 31-12-2012, y según lo que pone en el BOE, el IVA de la vivienda sube al 10% el 1 de septiembre.
Todos los medios digitales dan por hecho que hasta el 2013 se mantiene el 4%,pero tanto en el BOE como en una nota de prensa del Ministerio de hacienda,creo que queda claro que a partir del 1 de septiembre se pagará un 10%.
Hay gente en otros foros q está planteando lo mismo.
Aquí os dejo la nota de prens a ver que opináis
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MINISTERIO
DE HACIENDA
Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
El Consejo de Ministros aprueba un decreto urgente
GABINETE DE PRENSA
El Gobierno refuerza la obtención de ingresos tributarios para garantizar el cumplimiento del déficit
? El IVA general pasa del 18% al 21%, y el gravamen reducido, del 8% al 10%. Se mantiene el tipo superreducido del 4%. Algunos bienes y servicios se reclasifican y pasan al nuevo tipo general. Los cambios en el impuesto estarán vigentes desde septiembre.
? En el impuesto de sociedades se eleva el pago fraccionado para grandes empresas y se amplía la limitación de deducción por gastos financieros.
? En el IRPF se suprime la deducción por compra de vivienda habitual a partir del 1 de enero de 2013.
? Las retenciones por actividades profesionales pasan del 15% al 21% hasta el 31 de diciembre de 2013. Se actualiza el impuesto sobre las labores del tabaco y se incide sobre la imposición medioambiental.
13 de julio de 2012.- El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un real decreto ley de medidas urgentes y ha evaluado un informe de un anteproyecto de ley complementario con el fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos de reducción del déficit público y fomentar la competitividad. La evolución de los ingresos públicos hace precisa la adopción de medidas adicionales que afiancen la senda de consolidación fiscal y, con ello, se sienten las bases para la recuperación de la economía.
Tales medidas afectan al IVA, al impuesto sobre sociedades, y en menor grado, al IRPF y los impuestos especiales. La intención es elevar la
fiscalidad indirecta a la vez que se ponen las bases para reducir la imposición directa en 2013, sobre todo la que afecta a las cotizaciones sociales.
En relación al Impuesto sobre el Valor Añadido, el Gobierno ha tenido en cuenta que España es, hoy por hoy, el país de la Unión Europea con una menor recaudación de este tributo en relación con el PIB. Al objeto de aproximar los tipos de gravamen a los aplicados en la UE, tal y como recomienda la propia Comisión Europea, el Gobierno ha decidido elevar el tipo general del 18% al 21%. El reducido pasa del 8% al 10%. Ambos quedan ahora situados en la media comunitaria. El tipo superreducido del 4%, que afecta a bienes y servicios de primera necesidad, se mantiene invariable.
Además, dado que en la UE se observa un mayor peso específico de los bienes y servicios que son gravados al tipo general, el Ejecutivo ha decidido la reclasificación de algunos de ellos. Así, pasan del tipo reducido al general las flores y plantas ornamentales, los servicios mixtos de hotelería, la entrada a teatros, circos y demás espectáculos, los servicios de televisión digital, los servicios funerarios y los de peluquería, la adquisición de obras de arte, los servicios prestados por artistas personas físicas y los servicios de radiodifusión.
De esta forma, se mantienen en el tipo reducido la gran mayoría de los bienes y servicios incluidos hasta ahora en la ley del IVA a este efecto, entre otros, los referidos al turismo, el transporte y la cesta de la compra así como los aparatos que sirvan para suplir deficiencias físicas como las gafas graduadas y las lentillas.
Todas las entregas de viviendas y los arrendamientos de vivienda con opción de compra, que venían tributando al tipo superreducido del 4% pasan a tributar al reducido del 10%. Las obras de renovación y reparación de vivienda que, como medida temporal prevista hasta el 31 de diciembre venían disfrutando de una tributación al tipo reducido del 8% desde abril de 2010, tributarán hasta final de 2013 al nuevo tipo reducido del 10%.
EN VIGOR DESDE EL 1 DE SEPTIEMBRE
La modificación de los tipos del IVA implica cambios en el régimen especial de recargo de equivalencia, obligatorio para comerciantes autónomos, que venden a un cliente final. Los tipos del 1% y 4% pasan al 1,4% y 5,2%, respectivamente. Los del régimen especial de agricultura, ganadería y pesca pasan del 8,5% al 10,5%, y del 10% al 12%.
La entrada en vigor de la subida del IVA se demora hasta el 1 de septiembre para que los agentes económicos afectados puedan adaptarse a la norma. Se verá acompañada por una reducción de las cotizaciones sociales en 2013 y 2014. En todo momento, el Ejecutivo ha sido sensible a sectores claves para la evolución de la economía y la vuelta al crecimiento económico, como el turismo.