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H
helen del b4
10/05/2005 11:08

declaración de la renta

1.525 lecturas | 28 respuestas
hola alguien me puede informar de donde saco lo del valor catastral de la vivienda y lo de la administración para la declaración de la renta? saludos.
 
F
Fler
13/05/2005 08:42

Vamos, lo que yo decia ;)

creo que es el 20% los dos primeros años y un 15 los restantes.
 
L
la abeja maya
12/05/2005 19:34
Aclaracion a los consejos desinteresados del abuelito.

La base de deduccion por adquisicion de primera vivienda es de hasta 9.018 € anuales. Se puede incluir el precio, gastos e impuestos, por lo tanto IVA, Notaria, Registro, etc.. son gastos computables. De esta cantidad de 9.018 € anuales te puedes deducir entre un 15% y un 25% en tu Renta según las circunstancias personales.

El problema es que normalmente el IVA, gastos de Notaria y Registro los pagas en el momento de la compra con lo cúal sumado al precio pagado es mas de 9.018 €, la diferencia pagada por encima en ese año, no puedes incluirla en la base para la deducción, por lo tanto lo de que te deduces el IVA y gastos es relativo, realmente no te deduces casi nada de estos conceptos, pues los recibos pagados por el piso ya suman casi los 9.018 € de base máxima y de esta cantidad recuerdo te deduces entre el 15 y el 25%.

Si teneis otras dudas ya sabeis a estudiar en la página de la AEAT. O le preguntais al abuelito que se las sabe todas. :-)
 
ManuB_4
ManuB_4
12/05/2005 12:29
Muchas gracias por tu información abuelito,yo es que en esto de papeleo muy puesto no estoy y se nota que tu si estas puesto,gracias y salu2.
 
A
abuelito
12/05/2005 10:35
Buenos dias Manu, dice un provervio chino.."dame una caña y enseñame a pescar y no me des peces"...pues bien, entras en la pagina de la agencia tributaria, pichas en NORMATIVAS, pinchas en REAL DECRETOS LEGISLATIVOS, buscar el R.D.L. 03/2004 y buscas el articulo 69, ahi lo tienes.Existe una consulta vinculante donde deja muy claro que los gastos de notaria e iva , etc. pagados por el adquiriente sos deducibles.
Sobre tu segunda cuestion debera ser COGESA y/o Pradollano la que nos de estos datos.
Saludos
 
ManuB_4
ManuB_4
12/05/2005 08:52
Buenos días,abuelito eso es para darles confianza que se lo crean y luego darles el hachazo,abuelito¿puedes resumir o decir q dice ese articulo?¿alguien puede decirme donde se puede pedir el papel para hacienda de lo de la vivienda?Gracias
 
A
abuelito
12/05/2005 00:11
Igualemente te digo JB, parece ser que la primavera nos relaja un poquito , aunque de vez en cuando salga algun "primavera", es asi la vida y nada mas.
Saludos
 
JBSI
JBSI
11/05/2005 20:00
Abuelito estamos dejandonos ganar ahora al pricipio para cauado llegue el turno de jugarnos unas copillas empezar a jugar en serio, celebro k tus intervenciones ya no sean lo k eran, espero k dure de verdad salu2
 
A
abuelito
11/05/2005 19:48
Para Jb y Manu. os veo un poco "pelotas" con el que os gana al mus.
A lo mejor ahora os da un poquito de chance.
Saludos
 
A
abuelito
11/05/2005 19:19
Gracias Uselin,ya no hace falta que me constes, ya lo estoy viendo el artº.69 1 del RD 03/2004.

Gracias a ti tambien Fler, la ayuda ha sido muy buena.
Saludos
 
A
abuelito
11/05/2005 18:58
Gracias Uselin, perdona, te estoy entendiendo que estos importes(notaria+iva)formarian parte del capitulo capital invertido en la vivienda( compras ) ¿ es asi ?
Saludos
 
ManuB_4
ManuB_4
11/05/2005 18:55
Ese Uselin es un monstruo,creo que deberias de3 presentarte a las próximas elecciones como presidente de nuestra mancomunidad,esta noche mira antena 3 y ve cogiendo del Sr.Cuesta.Uselin ¿dónde puedo pedir lo del impuesto de bienes e inmuebles,vamos eso que hay que meter en HAcienda que a mi no me llega el papel?
 
JBSI
JBSI
11/05/2005 18:53
USELIN PRESIDENTE!!!!!!!!!
 
U
USELIN
11/05/2005 18:41
El IVA y los gastos de notaria SON DEDUCIBLES para la renta como compra de vivienda, lo único es, que los gastos de noaria(la factura), tendrá fecha de 2005 y se podrá incluir en la renta correspondiente de 2005
 
A
abuelito
11/05/2005 18:34
Fler, creo que los gastos de notaria e iva no son conceptos desgrablabe de la declaracion de la renta ¿que opinais?
saludos
 
F
Fler
11/05/2005 16:10

Si, pero yo creo que los gastos de notaria iva etc tambien se ponen, y ya que es superior a 9000 euros es el máximo desgrabable no?
 
ManuB_4
ManuB_4
11/05/2005 09:11
Buenos días foreros, con respecto a los pagos realizados a Cogesa siempre cada 3 meses nos mandaban las facturas de lo que habiamos pagado con eso vale y ya os lo dije que habia que ir pronto a firmar las escrituras en mi caso si me declaro una letra por días pero me la declaro,salu2.
 
A
abuelito
10/05/2005 18:52
Recibido y a ver como lo arreglamos con Cogesa, ya que las entregas de capital efectuadas en el 2.004 son muy ricas para las deduciones.

Por lo que respecta a la amortizacion hipotecaria entiendo que el 2.004 nada de nada, por lo menos en mi caso primera amortizacion año 2.005.
Saludos
 
Z
zoltarth
10/05/2005 18:18
A mi me han llegado hoy.
 
U
USELIN
10/05/2005 18:11
Yo, ya los recibí hace unos 20 días aprox. por correo
 
M
Micky
10/05/2005 17:42
Hola a Tod@s!

Este año hay que ponerlo en la declaración de la renta.

En la oficina virtual del catastro dicen:
"La Ref. Catastral de su vivienda, ya sea en propiedad o alquiler, es necesaria para la declaración de la Renta 2004."

Podeis verlo en el siguiente link:

http://ovc.catastro.minhac.es/EnsConInicio.asp

Salu2

/Micky
 
U
USELIN
10/05/2005 17:18
SI TE DEDUCES POR COMPRA DE VIVIENDA SI.
 
ManuB_4
ManuB_4
10/05/2005 17:14
Uselin me has echo la pi.. un lio,explicalo mejor,¿Hay que ponerlo en Hacienda si o no?
 
U
USELIN
10/05/2005 16:07
En estos documentos aparecen 2 números de denditficación catastral de los inmuebles: Casa + PG + Trastero y otro la 2ª PG. Si se incluye alguna deducción por compra de vivienda, te obliga a ponerlos en la declaración, junto con la clave de titularidad y pocentaje de titularidad.
 
Z
zoltarth
10/05/2005 13:45
Por si sirve algo de aclaración (yo tb estoy pez en esto), acabo de recibir en casa dos documentos de notificación de cambio de titular catastral de bien inmueble y la fecha de adquisicion q aparece es 29-11-2004, en mi caso el dia de firma, pero Helen no hay ningun importe.
Saludos.
 
ManuB_4
ManuB_4
10/05/2005 12:11
Es verdad que el impuesto de bienes e inmuebles lo pago la constructora,asi que no tenemos porque meterlo,si tu vendes un piso el día 1 de enero el Impuesto lo debe de pagar el vendedor no el comprador,asi que por ese tema Helen no te preocupes,salu2.
 
J
jcmg
10/05/2005 12:08
helen, me parece que este año no hay que meterlo ya que la contribución del año 2004 no la henos pagado nosotros y ahí es donde viene la referencia y el valor catrastal, por lo que me he podido informar, si estoy mal informado que me rectifique alguien.

Un saludo a tod@s.
 
H
helen del b4
10/05/2005 11:32
pues manu creo que es la novedad de este año pero hay que ponerlo....
 
ManuB_4
ManuB_4
10/05/2005 11:24
Helen chiquilla,éste año creo que deberemos meter los pagos que hicimos a Pradollano,o Cogesa o ACS que yo ya tengo un cacao mental con tanto nombre y todo estaba en el mismo sitio,ah y claro ésta la primerita letra de la hipoteca,lo del valor catastral para que vale?
 

Fin del hilo
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