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H
helen del b4

declaración de la renta

1.576 lecturas | 28 respuestas
hola alguien me puede informar de donde saco lo del valor catastral de la vivienda y lo de la administración para la declaración de la renta? saludos.
 

Vamos, lo que yo decia ;)

creo que es el 20% los dos primeros años y un 15 los restantes.
 
L
la abeja maya
Aclaracion a los consejos desinteresados del abuelito.

La base de deduccion por adquisicion de primera vivienda es de hasta 9.018 € anuales. Se puede incluir el precio, gastos e impuestos, por lo tanto IVA, Notaria, Registro, etc.. son gastos computables. De esta cantidad de 9.018 € anuales te puedes deducir entre un 15% y un 25% en tu Renta según las circunstancias personales.

El problema es que normalmente el IVA, gastos de Notaria y Registro los pagas en el momento de la compra con lo cúal sumado al precio pagado es mas de 9.018 €, la diferencia pagada por encima en ese año, no puedes incluirla en la base para la deducción, por lo tanto lo de que te deduces el IVA y gastos es relativo, realmente no te deduces casi nada de estos conceptos, pues los recibos pagados por el piso ya suman casi los 9.018 € de base máxima y de esta cantidad recuerdo te deduces entre el 15 y el 25%.

Si teneis otras dudas ya sabeis a estudiar en la página de la AEAT. O le preguntais al abuelito que se las sabe todas. :-)
 
Muchas gracias por tu información abuelito,yo es que en esto de papeleo muy puesto no estoy y se nota que tu si estas puesto,gracias y salu2.
 
Buenos dias Manu, dice un provervio chino.."dame una caña y enseñame a pescar y no me des peces"...pues bien, entras en la pagina de la agencia tributaria, pichas en NORMATIVAS, pinchas en REAL DECRETOS LEGISLATIVOS, buscar el R.D.L. 03/2004 y buscas el articulo 69, ahi lo tienes.Existe una consulta vinculante donde deja muy claro que los gastos de notaria e iva , etc. pagados por el adquiriente sos deducibles.
Sobre tu segunda cuestion debera ser COGESA y/o Pradollano la que nos de estos datos.
Saludos
 
Buenos días,abuelito eso es para darles confianza que se lo crean y luego darles el hachazo,abuelito¿puedes resumir o decir q dice ese articulo?¿alguien puede decirme donde se puede pedir el papel para hacienda de lo de la vivienda?Gracias
 
Igualemente te digo JB, parece ser que la primavera nos relaja un poquito , aunque de vez en cuando salga algun "primavera", es asi la vida y nada mas.
Saludos
 
Abuelito estamos dejandonos ganar ahora al pricipio para cauado llegue el turno de jugarnos unas copillas empezar a jugar en serio, celebro k tus intervenciones ya no sean lo k eran, espero k dure de verdad salu2
 
Para Jb y Manu. os veo un poco "pelotas" con el que os gana al mus.
A lo mejor ahora os da un poquito de chance.
Saludos
 
Gracias Uselin,ya no hace falta que me constes, ya lo estoy viendo el artº.69 1 del RD 03/2004.

Gracias a ti tambien Fler, la ayuda ha sido muy buena.
Saludos
 
Gracias Uselin, perdona, te estoy entendiendo que estos importes(notaria+iva)formarian parte del capitulo capital invertido en la vivienda( compras ) ¿ es asi ?
Saludos
 
Ese Uselin es un monstruo,creo que deberias de3 presentarte a las próximas elecciones como presidente de nuestra mancomunidad,esta noche mira antena 3 y ve cogiendo del Sr.Cuesta.Uselin ¿dónde puedo pedir lo del impuesto de bienes e inmuebles,vamos eso que hay que meter en HAcienda que a mi no me llega el papel?
 
USELIN PRESIDENTE!!!!!!!!!
 
El IVA y los gastos de notaria SON DEDUCIBLES para la renta como compra de vivienda, lo único es, que los gastos de noaria(la factura), tendrá fecha de 2005 y se podrá incluir en la renta correspondiente de 2005
 
Fler, creo que los gastos de notaria e iva no son conceptos desgrablabe de la declaracion de la renta ¿que opinais?
saludos
 

Si, pero yo creo que los gastos de notaria iva etc tambien se ponen, y ya que es superior a 9000 euros es el máximo desgrabable no?
 
Buenos días foreros, con respecto a los pagos realizados a Cogesa siempre cada 3 meses nos mandaban las facturas de lo que habiamos pagado con eso vale y ya os lo dije que habia que ir pronto a firmar las escrituras en mi caso si me declaro una letra por días pero me la declaro,salu2.
 
Recibido y a ver como lo arreglamos con Cogesa, ya que las entregas de capital efectuadas en el 2.004 son muy ricas para las deduciones.

Por lo que respecta a la amortizacion hipotecaria entiendo que el 2.004 nada de nada, por lo menos en mi caso primera amortizacion año 2.005.
Saludos
 
A mi me han llegado hoy.
 
Yo, ya los recibí hace unos 20 días aprox. por correo
 
Hola a Tod@s!

Este año hay que ponerlo en la declaración de la renta.

En la oficina virtual del catastro dicen:
"La Ref. Catastral de su vivienda, ya sea en propiedad o alquiler, es necesaria para la declaración de la Renta 2004."

Podeis verlo en el siguiente link:

http://ovc.catastro.minhac.es/EnsConInicio.asp

Salu2

/Micky
 
SI TE DEDUCES POR COMPRA DE VIVIENDA SI.
 
Uselin me has echo la pi.. un lio,explicalo mejor,¿Hay que ponerlo en Hacienda si o no?
 
En estos documentos aparecen 2 números de denditficación catastral de los inmuebles: Casa + PG + Trastero y otro la 2ª PG. Si se incluye alguna deducción por compra de vivienda, te obliga a ponerlos en la declaración, junto con la clave de titularidad y pocentaje de titularidad.
 
Por si sirve algo de aclaración (yo tb estoy pez en esto), acabo de recibir en casa dos documentos de notificación de cambio de titular catastral de bien inmueble y la fecha de adquisicion q aparece es 29-11-2004, en mi caso el dia de firma, pero Helen no hay ningun importe.
Saludos.
 
Es verdad que el impuesto de bienes e inmuebles lo pago la constructora,asi que no tenemos porque meterlo,si tu vendes un piso el día 1 de enero el Impuesto lo debe de pagar el vendedor no el comprador,asi que por ese tema Helen no te preocupes,salu2.
 
helen, me parece que este año no hay que meterlo ya que la contribución del año 2004 no la henos pagado nosotros y ahí es donde viene la referencia y el valor catrastal, por lo que me he podido informar, si estoy mal informado que me rectifique alguien.

Un saludo a tod@s.
 
H
helen del b4
pues manu creo que es la novedad de este año pero hay que ponerlo....
 
Helen chiquilla,éste año creo que deberemos meter los pagos que hicimos a Pradollano,o Cogesa o ACS que yo ya tengo un cacao mental con tanto nombre y todo estaba en el mismo sitio,ah y claro ésta la primerita letra de la hipoteca,lo del valor catastral para que vale?
 

Fin del hilo
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