Zais, siento contestarte lo que te voy a decir, pero por lo que podemos escriturar es por lo que pone en el plan de pagos del contrato, exclusivamente la parte para bienes protegidos (piso, garage y trastero). Lo otro que hemos pagado no podemos meterlo en las escrituras, ya que corresponde a los locales y a los garages sobrantes (por cierto ya vendidos y escriturables para otras personas), es como si cuando compras el piso, hubieras adquirido un porcentaje de algo como inversión que te puede salir bien o mal, que en realidad ha servido para absorber los gastos imprevistos, pero nunca lo podrás meter como valor del piso. Todo este tema de los locales, está visado por la comunidad, así que si no me equivoco es totalmente legal. Lo único que se puede hacer para que te den más dinero para la hipóteca es solicitar un nuevo préstamo y que te contabilicen el metro cuadrado del piso a precio de módulo actual. El problema de esta gestión es que al no ser la subrogación normal, pues te supone unos gastos como pueden ser los de tasación, cancelación...
De todas maneras,ya sabes que se nos va a devolver parte del dinero que hemos puesto... (es para consolarnos un poco).
Un saludo.