Esto es lo que dice el Boletín de la Comunidad de Madrid el día 13 de este mismo mes:
El Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 14 de
Octubre de 2003, acordó:
1. Aprobar definitivamente el Plan Parcial del Ámbito-4 bis (Parla-Este), consistente en la corrección de errores materiales y criterios aclaratorios y complementarios a las ordenanzas de dicho Plan Parcial.
2. Levantamiento de la suspensión de la concesión de licencias.
Lo que se publica a los efectos del artículo 124 del Real Decreto Ley 1/1992, de 26 de junio.
Contra este acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la recepción del mismo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo. Potestativamente podrá, contra dicho acto, interponer previamente recurso de reposición ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la recepción del mismo (artículo 116 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de
Enero).
Parla, a 3 de noviembre de 2003. —El concejal-delegado del Área
de Planificación, Gestión Urbanística y Desarrollo Industrial, Wilfredo
Jurado Rodríguez.
(02/15.738/03).
Espero que esto signifique que en no mucho tiempo tengamos noticias de nuestra licencia y "empecemos a comprar muebles"
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www.madrid.org Salu2.