Buenos dias
vecin@s. Tras investigar ayer un poco y acercarme a la OMIC, me han aclarado algunas cosillas. Me he leido por encima este decreto y tenemos varios puntos a favor que deberiamos saber. Si podeis, leerlo, si no os pongo algunos articulos de los que nos interesarian:
Art. 2º.toda oferta, promocion y publicidad dirigida a la venta o arrendamiento de viviendas se ajustara a las verdaderas caracteristicas, condiciones y utilidad de la vivienda.
Art. 3º. 2. Los datos, caracteristicas y condiciones relativas a la construccion de la vivienda, a su ubicacion,
servicios e instalaciones ... que se incluyan en la oferta de la promocion y publicidad seran exigibles aun cuando no figuren expresamente en el contrato celebrado.
¿
quiere esto decir que nos deberian poner la cocina ?
Art. 4º.Quienes realizen las actividades sujetas al decreto deberan tener a disposicion del publico y de las autoridades competentes, la siguiente informacion:
2. Plano general...descripcion y trazado de las redes electrica, de agua, gas y calefaccion y garantias de las mismas y de las medidas de seguridad contra incendios. (Todo esto nos interesaria tenerlo, segun me han dicho los de la OMIC para posibles reformas y por si hubiese alguna averia futura)
Y entre otras cosas:
Desde el 01/01/07 entro en vigor una ley que dice que el pago de la plusvalia lo debe de hacer el vendedor, no el comprador de la vivienda a no ser que se llegue a un acuerdo o este firmado en el contrato.
Y se me olvida algo. Si me acuerdo os lo escribo. Pero si podeis echarle un vistazo al 515/1989.
Un saludo a
tod@s.