Hola libra
El importe de las letras que estamos pagando se declara en la casilla 65 titulada " Por construcción o ampliación de la vivienda habitual" y lo maximo que te puedes desgravar es el 15% de lo pagado, es decir,
Importe total de la letra * 12 meses * 0.15 = TOTAL A DEDUCIR
Si el contrato de compraventa esta a nombre de los dos, cada uno se desgravara la mitad de la cantidad anterior y ninguna de las partes puede renunciar parta que la otra se desgrave mas.
Creo que en el programa PADRE hay que introducir el importe total de las letras pagadas y el ya te calcula el 15%
Espero que despues de este rollo hayas entendido algo.Si algo no te queda claro preguntame que para eso estamos.
saludo. raul y carol