aires acondicionados
¿Es necesario pedir permiso a la comunidad para instalar aire acondicionado en la fachada?
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Hola
Referente a la instalación de equipos de aire acondicionado, en la sección del asesor en el suplemento Su Vivienda de El Mundo (10/02/06) figura la consulta siguiente:
Tengo un piso recién entregado de obra nueva, y estoy haciendo una reforma para instalar aire acondicionado. Debido a las características de la construcción y tras hablar con la constructora, no es posible instalar las máquinas en la azotea, por lo que tendré que consultar con la comunidad para poder ponerlas en la fachada. Me han dicho que ya no es necesario pedir permiso a la comunidad al considerarse un bien de 1ª necesidad. ¿Es cierto?
RESPUESTA:
Todos los copropietarios se encuentras supeditados a la autorización de la comunidad si desean alterar cualquier elemento común, ya que ningún dueño puede, sin consentimiento de los demas, hacer alteraciones en la cosa común. No obstante, es cierto que existe una linea jurisprudencial que esta imponiendose y que mantiene que las comunidades deben ofrecer a los propietarios que lo deseen opciones para la instalación de refrigeración, pudiendo determinar la ubicación de los equipos en función de los intereses de la comunidad. La base de esta corriente se encuentra en el art. 3.1 del Codigo Civil, que prescribe que las normas han de interpretarse conforme a la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas, ya que se considera que la instalación de aparatos de refrigeración es un avance tecnológico encaminado a la mejora de calidad de vida.
Debe, por tanto, pedir permiso a la comunidad e instalar sus equipos en la forma y ubicación que esta determine mayoritariamente, aunque la comunidad deberá ofrecerle alguna opción, y no podra negarle sin más la instalación de refrigeración, por más que afecte a elementos comunes.
Espero de un poco de luz a este espinoso tema.
Un saludo a todos