Dice el Real Decreto que regula esta cuestión que es obligatorio el socorrista en comunidades de vecinos de mas de 30 viviendas. La comunidad que tenga la obligación de contratar a un socorrista y no lo haga será responsable en el caso de producirse un accidente en la piscina.
El número de socorristas viene determinado por el tamaño de la piscina, de tal forma:
-Un socorrista hasta 500 m2 de lámina de agua.
-Dos socorristas entre 500 y 1000 m2 de superficie de lámina por cada vaso, y a partir de cada 1000 m2 de exceso un socorrista más.
Lo podeis ver si teneis alguna otra duda en B.O.C.M., núm.124, 27/5/1998.
Un saludo