Abro otro hilo, por si alguien me puede ayudar en este punto ya que no es exactamente de contrato.
En estos momentos se entregan ya todos los papeles de cumplimiento de requisitos VPPB, pero me surge una duda.
Solo se entregan en este momento o posteriormente es necesario la entrega de nuevo. Es decir, cuando debes cumplir los requisitos de acceso VPPB en una cooperativa.
Viendo las penalizaciones prefiero conocer todos los datos.
Yo he buscado el decreto ley y pone esto:
"Los requisitos de acceso a la vivienda habrán de cumplirse a la fecha de suscripción del correspondiente
contrato privado de compraventa o título de adjudicación en los casos de primera transmisión de viviendas
calificadas expresamente para venta o uso propio, en la fecha de celebración del contrato de
arrendamiento cuando se trate de la cesión de uso en régimen de alquiler de viviendas calificadas
expresamente para arrendamiento o arrendamiento con opción compra, y a la fecha de solicitud de la
calificación provisional cuando se trate de de la promoción individual para uso propio."
Creo entender que es, en la firma del contrato que nos esta llegando estos días, para ser socios, y donde ya se especifica la adjudicación de una determinada vivienda.
Alguien lo tiene mas claro?