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savaguso
21/01/2015 18:35

El IBI

¿Existen exenciones en el IBI para Viviendas de Protección Oficial de Régimen General?

1.554 lecturas | 6 respuestas

Buenas tardes, ya va quedando menos.

Con la consecución de los días se van presentando dudas, y una de ellas que se me presenta es en el tema del IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles). Y la duda en cuestión es la siguiente, como nuestra finca es una Vivienda de Protección Oficial de Régimen General, esta tendrá algún tipo de ventaja o exención sobre este impuesto que os comento. He estado buscando algo de información, y he encontrado alguna información al respecto en este enlace:

 https://w30.bcn.cat/APPS/portaltramits/portal/channel/IMH.html?&stpid=19970000413&style=empresa&language=es

Bueno haber si alguien puede aportar más información y detalles al respecto, sobre un tema que nos interesa a todos.

 
J
Josepbcn
24/06/2015 17:55

Hola!!

Si soy de la promoción del 22@. Exactamente de la calle Ciutat de Granada 115. Sobre el tema del IBI actualmente pago unos 400€, pero yo no tengo trastero. Esto se calcula por coeficiente, ósea según  metros cuadrados.

 

Voy  volver a explicar el tema del IBI, en vuestro caso escrituraréis el 2016, ESE AÑO EL 2016 LO PAGA LA COOPERATIVA "QUALITAT" VOSOTROS NO.

Entonces los siguientes años 2017,2018,2019 tenéis un descuento de un 50%. Y lo pagáis vosotros.

Espero haberme explicado bien.

Saludos

Josep Maria

 

 

 
S
savaguso
21/06/2015 01:36

buenas Josep,

nos comentas que eres uno de los propietarios del bloque del 22@, que también fue hecho por "Qualitat". Alrededor de cuanto pagáis de IBI aprox. ¿? Y el 50% del importe es durante tres años, el primer año que pago la constructora por lo que dices ellos os pagaron el 50% el primer año, y luego vosotros tanto el año 2014 y 2015 el otro 50%. O el año que pagó la constructora no entra dentro de esos tres años al 50%.

Son dudas que me han surgido,

un saludo.

 
J
Josepbcn
25/05/2015 11:48

Hola, te comento la subvención es por defecto ósea automáticamente. Te explico nuestro ejemplo, nosotros escrituramos en el 2013. Ese año el IBI lo pago la Qualitat. En el 2014 lo pagamos nosotros, y se paga "trinco, trinco" de golpe, a partir del 2015 ya lo pagamos fraccionado.

El ayuntamiento os enviara la carta de pago del primer pago al domicilio del propietario. Domicilio donde estéis empadronado en ese momento.  

 

Nada mas, espero haberme explicado.

Saludos!!

Josep María

 
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savaguso
24/05/2015 20:09

buenas Josep,

Para que nos apliquen esos descuentos del 50% que nos comentas, tuvisteis que hacer algún tipo de solicitud, o se hacen automáticamente, o los hace la cooperativa a la hora de escriturar y entrega de llaves. Tiene que ser dentro de plazo establecido, es que desconozco y estaría bien que nos contaras que tuvisteis que hacer en vuestro caso.

Un saludo

 
J
Josepbcn
21/05/2015 19:30

Hola soy un vecino de la promoción de 22@, sobre el tema del IBI tendréis unos descuentos del 50% durante tres años.

Saludos

Josep Maria

 
Marquez23
Marquez23
21/01/2015 19:26
Muy interesante Savaguso! Todo lo que sea un ahorro bienvenido sea.
 

Fin del hilo
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