Hola a todos, a ver si con esta informacion, os puedo esclarecer las dudas que teneis con respecto a las plazas de garage.
2671 DECRETO 74/2009, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas con Protección Pública de la Comunidad de Madrid.
Articulo6: Superficies
2. Superficies de garaje:
2.2 Se entiende por superficie útil de la plaza de garage aquella que, ubicandose´en espacio edificado, está constituida por LA SUPERFICIE CONFORMADA POR LA DELIMITACIÓN DE LA PROPIA PLAZA, MÁS LA PARTE PROPORCIONAL DE LAS SUPERCIES ÚTILES COMUNES QUE CORRESPONDAN A VIALES DE ACCESO Y CIRCULACIÓN.
Artículo 5: Extensión de la protección pública
La protección pública, en las condiciones que para cada caso se establecen a continuación, se extenderá no solo a la vivienda, sino también a:
b) Los garages y trasteros. El precio máximo legal por metro cuadrado de superfie útil de venta de tales anejos, cuando esten vinculados a la vivienda, NO PODRA EXCEDER DEL 50 POR 100 DEL PRECIO MÁXIMO DE VENTA POR METRO CUADRADO DE SUPERFICIE ÚTIL DE LA VIVIENDA. Siendo computables a estos efectos, como máximo, 8 metros cuadrados útiles de trasteros y 25 m etros cuadrados útiles de garage, con independencia de que su supercie real sea mayor.
Esto es lo que dice el decreto de la comunidad de madrid, que es donde va a estar nuestro garage y es por el que nos tenemos que regir, no por el de la comunidad foral de Navarra.
En lo sucesivo seria de agredecer , que el que tenga dudas sobre algún tema, primero intente ponerse en contacto con la gestora o con algun miembro del consejo rector, para que se lo explicen en lugar de empezar a decir NOS QUERRAN TIMAR, NO VELAN POR NUESTROS INTERESES ETC. estaremos encantados de ayudaros.
Por últimos deciros que yo creo que en una plaza de 12 m si cabe bien algo más que un mini coche
UN SALUDO