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B
botellita
19/06/2008 23:14

Constitución de la comunidad de propietarios

¿Cuánto se paga para constituir una comunidad de propietarios y qué hay que tener en cuenta?

1.713 lecturas | 7 respuestas
Hola vecinos,

consultando con amigos me han comentado que se suele pagar de unos 200 a 300 euros como fondos para constituir la comunidad de propietarios. Este dinero normalmente es a fondo perdido. También comentan que luego en 1 ó 2 meses que no hay que pagar la comunidad pq todavia no está constituida.

Me advierten de un punto interesante que os hago llegar. La constructora contratara a una gestora para la comunidad. Esta gestora suele ser "amiga" o incluso del mismo grupo inmobiliaria. Como recién entegada la vivienda siempre van a surgir problemillas y hay un plazo de 1 año para que arreglen todos los desperfectos que se ven a simple vista pues no conviene nada nada que sigamos con esta gestora para siempre. Hay que contratar otra y que no tenga piedad en reclamar todo todo lo que tengamos derechos. Otra historia suelen ser los pisos vacios que no han vendido. La promotora tiene que poner tb su parte para constituir la comunidad pero muchas veces esto pasa de largo pq como la gestora es amiga....

Lo dicho no veo ninguna ventaja en quedarnos con la gestora que proponga Sando. En cuanto podamos se cambia. Y lo mismo hasta nos sale más barato.

Saludos
 
R
RUBDELA
20/06/2008 22:53
Pues nuestra tasadora no pudo acceder a los datos del seguro decenal. Yo voy a exigir una copia antes de la escritura....
 
B
botellita
20/06/2008 20:53
Efectivamente yo me referia al plazo de un año para arreglar los elementos de terminación o acabado de las obras dentro del plazo de un año. Pero el resto de problemas "graves" claro q tenemos hasta 10 años pero cuanto más tiempo pasa más habrá que estar detras suyo.
 
gordifeliz
gordifeliz
20/06/2008 11:49
Se supone que la constructora tiene que tener un seguro decenal, para que los siguientes diez años si hay problemas de goteras o rajas o lo que sea frente a la estructura lo puedan arreglar...
Están obligados a tenerlo.
 
C
casivecinos
20/06/2008 09:47
Os remito a lo que dice la ley sobre los desperfectos:

a) Durante diez años, de los daños materiales causados en el edificio por vicios o defectos que afecten a la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga u otros elementos estructurales, y que comprometan directamente la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio.

b) Durante tres años, de los daños materiales causados en el edificio por vicios o defectos de los elementos constructivos o de las instalaciones que ocasionen el incumplimiento de los requisitos de habitabilidad del apartado 1, letra c), del artículo 3.

El constructor también responderá de los daños materiales por vicios o defectos de ejecución que afecten a elementos de terminación o acabado de las obras dentro del plazo de un año.

http://www.boe.es/t/es/bases_datos/doc.php?coleccion=iberlex&id=1999/21567


Saludos!!!!!!
 
Jusu
Jusu
20/06/2008 09:36
Hola a todos:
Estoy de acuerdo en todo excepto en que tenemos 1 año para que nos arreglen los desperfectos.
Yo estoy viviendo actualmente en un edificio de 4 años de antigüedad, y todavía está viniendo la constructora a rreglar ciertos desperfectos que van saliendo como goteras en las casas y garajes. Tengo entendido que el edifico tiene una garantía de 5 años ( sobretodo para los vivios ocultos)
Saludos
 
gordifeliz
gordifeliz
20/06/2008 09:13
Totalmente de acuerdo.
Es cuestión de enterarse de todo y estar de acuerdo.
 
VicyNu
VicyNu
20/06/2008 08:52
Totalmente de acuerdo: tonterias las justas y mas cuando hablamos de dinero.
Gracias por la informacion botellita.
Un saludo
 

Fin del hilo
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