Hola a todos!
Todo esto que voy a comentar es para los portales que tienen hipoteca.
El que haga la subrogacion de la hipoteca que tiene la constructora no tiene que pagar AJD, esta exento.
http://iabogado.com/guia-legal/la-vivienda/la-compra-de-la-vivienda/lang/es#04010403000000
Solo en el caso de que alguien NO se subrogue entonces si pagara el AJD.
La subrogación de un préstamo hipotecario implica un ahorro respecto a la apertura y formalización de una nueva hipoteca ya que no se pagan los actos jurídicos documentados(AJD) puesto que sólo se pagan una vez.
Una constructora te puede vender un piso con la opción a subrogarte a su hipoteca(si han utilizado financiación hipotecaria para construir el edificio, ellos tienen un préstamo que dividen en trocitos y te ofrecen para que tú pagues su deuda). En este caso, te ahorras los Actos jurídicos docuemntados(AJD), que es mucho dinero, dependiendo de lo que pidas(te ahorras unos 1500€ para 150.000 €).
Los que SI se subroguen tendran q pagar algo menos de 600 euros por gestoria, notaria y registro de la propiedad...mas la comision de subrogacion que tenga establecida la contructora que estara entre el 0,5 y el 1% del prestamo.
Los que NO se subroguen pagaran los 600 euros anteriores, NO pagaran la comision de subrogacion, pero SI pagaran el AJD.
No subrogarse puede ser inicialmete un poco mas caro, pero si las condiciones de diferencial en el euribor que te ofrecen en otro banco son mejores, seguramente sera mejor no subrogarse.
Si por ejemplo, nos subrogamos con interes euribor+1 y encontramos un banco que nos ofrece euribor +0,5, en 30 años de hipoteca hablamos de mucho dinero de diferencia.
Que cada uno haga sus numeros y vea lo que mas le conviene, pero que no os lien e informaros bien antes de pagar algo que no os corresponde.
Espero haberos aclarado el tema...un saludo!