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S
shally
26/12/2011 22:26

duda

¿En qué se pueden gastar las ayudas entregadas y si es necesario dar explicaciones sobre su uso?

981 lecturas | 2 respuestas

BUENAS NOCHES,AHORA QUE ESTAN EMPEZANDO A ENTREGAR LAS AYUDAS NO SE MUY BIEN EN QUE HAY QUE GASTARLAS,CUANDO LAS PEDI ME DIJERON QUE EN LA CAS NO SE PODIA INVERTIR,ALGUIEN ME SABRIA DECIR EN QUE SE PUEDEN GASTAR?Y SI HAY QUE DAR LUEGO EXPLICACIONES EN DONDE SE HAN USADO?GRACIAS

 
S
shally
28/12/2011 15:14

ok,muchas gracias por la aclaracion,me ha quedado bastante claro.saludos

 
BERA82
BERA82
27/12/2011 19:30

En la carta que estamos recibiendo de concesión de AEDE a la entrada y subsidiación  del préstamo convenido, nos lo advierte que  el dinero recibido no lo podemos aplicar a la CANCELACIÓN PARCIAL O TOTAL del préstamo hipotecario, hasta que no hayan transcurrido 5 años.

Nos lo podemos gastar en lo que queramos, sin tener que dar explicaciones a nadie. Comprar muebles, viajes, cancelar préstamo del coche etc.

Si tenemos que tener en cuenta que estas Ayudas hay que declararlas ante Hacienda, por lo que es conveniente tenerlo en cuenta y dejar algo de dinero para Hacienda, cuando hagamos la declaración de la Renta del año que recibamos la Ayuda ( 2011 o 2012).

Os señalo

1.) la AEDE a la entrada se puede prorratear en 4 años, el año en que la recibamos y los 3 siguientes.

como tributa como una ganancia patrimonial ( casilla 310), se acumula a nuestros ingresos de ese año, y cuanto mas ganamos mas nos cuesta la declaración del IRPF, al ser progresiva, el que mas gana mas paga. Conviene hacer números y ver que nos conviene.

2.) La subsidiación del préstamo convenido, no se puede prorratear. Y hay que declararlo

3.) El cheque vivienda, cuando se reciba, hay que tributar por el dinero recibido y no se puede prorratear.

 

A tu pregunta Shally,  gastátelo en lo que quieras, menos en cancelar parcialmente la hipoteca, y deja algo para Hacienda.

Saludos

 

Fin del hilo
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