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BONIFICACION DEL 50% IBI LOS 3 PRIMEROS AÑOS

¿Cómo solicitar la bonificación del 50% en el IBI para viviendas de protección oficial?

5.724 lecturas | 37 respuestas

Buenas,

No sé si sabréis que tenemos una bonificación del 50% durante los 3 primeros años del IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles) por ser una vivienda de protección oficial, hay que gestionarlo en el mismo año de la obtención de la cédula de calificación definitiva, es decir creo que este año.

Para solicitarlo presencialmente, tenéis que llevar una fotocopia de la cédula de calificación definitiva que si mal no recuerdo venía en la caja roja que nos entregaron con las llaves, además de un impreso que te dan para rellenar.

Yo actualmente vivo en la zona del puente de Vallecas, y a mi me viene bien ir al ayto. en Av. de la Albufera , 42.

Si queréis saber cual es el que os pilla más cerca a vosotros para ir a solicitarlo, llamar al 010 y allí os lo dicen.

Venga un saludo chicos/as.

 

Hola,

Yo llamé al 010 hace un par de días y me dijeron que no contestan a la solicitud, sino que directamente, si corresponde, aplican la bonificación.

También me dijeron que la bonificación cubre 3 años a partir de la fecha de la calificación definitiva y que si ya habían pasado, no se aplicaba.

 

Hola vecin@s,

Alguien ha tenido respuesta de la solicitud de bonificación del 50% en el IBI? Yo recibí una carta de hacienda ayer, y no entiendo nada de lo que dice, ni si quiera estoy segura de que haga referencia a este tema.

Si a alguien le han contestado y sabe traducirlo, le agradecería que lo dijese.

Saludetes!

 

por logica, da lo mismo empadronarte o no en la vivienda porque el impuesto lo tienes que pagar igual y la bonificación es por ser vivienda protegida no por ser primera vivienda.

Otra tema sería el tema de la deducción por vivienda habitual, que normalmente si a Hacienda no le cuadra algo te suelen perdir un historico de empadronamientos.

 

Pues a ver si se aclaran porque yo me he tenido q empadronar para poder hacer lo del ibi porque en la oficina a la que acudi me dijeron q para disfrutar de ello tenia q demostrar que vivia alli empadronandome asi que que te lo aseguren bien x si acaso.

 

He llamado al 010 y la persona que me ha atendido me ha dicho que no es un requisito estar empadronado para beneficiarte e la bonificación... asi que en principio no es necesario, jjj

 

Yo ya he presentado el impreso, pero ahora me viene otra duda... tenemos que estar empadronar ya en la vivienda nueva para que nos den la bonificación del IBI? es que yo todavía no me he empadronado allí...

Un saludo

 

El impreso bajado de internet pone bonificación del IBI y en el que te dan allí es genérico. Puedes rellenar el que quieras, es lo que he puesto.

 

hola puesipuesno no te hace falta cita para lo del IBI solo necesitas cita para empadronarte en el piso.

puessipuesno dijo:

hola vecinos,

la verdad es que no me entero de nada,  esta mañana me han dado una instancia general que he rellenado, entregado la copia de la calificación definitiva y ya esta.

Ahora leo que tienen que dar cita y que es un impreso especifico del IBI.

QUE ALGUIEN ME LO EXPLIQUE POR FAVOR!

Todo esto me recuerda a la película de Axteris de las 12 pruebas cuando les toca pedir una nota. pues nosotros igual, entre desperfectos, documentos y etc, todo el día  arriba y abajo. que locura!

 

 

Hola!

Yo ya entregué ayer el impreso del IBI. Me lo bajé de internet y en este impreso sí dice "Solicitud bonificación IBI a viviendas de protección oficial y equiparables", imagino que en los registros serán genéricos y no lo pone, pero da igual. Lo rellenas y al imprimir te saca dos copias y lo llevas junto a la copia de calificación definitiva y los anexos a cualquier Oficina municipal de registro y te lo sellan. No tardaron ni un minuto, no había gente.

En la calificación dice que los anexos son inseparables al documento.

Lo llevé a la oficina de registro de Las Aguilas/Latina y comentaron que por la mañana había estado alguien de la misma calle y que les sorprendió que se fuera desde Vallecas.

Un saludo.

 

Hola a tod@s, olvidaros de las ayudas....la promotora tenía que haber solicitado un préstamo convenido, pero no lo hizo....muy sabios, ya que sabían que en esta tesitura no lo se iba a conceder. Pero también se podía solicitar individualmente. Yo lo solicité a través de tres entidades bancarias, estaban autorizadas según el RD...ya no me acuerdo que número, supongo que el que alguien ha nombrado por ahí, y no me fueron concedidas..es más a los que se las concedieron hace unos tres años y que este año les tocaba revisar se lo han quitado. Conozco dos casos de estos en el Ensanche de Vallecas. Así pues, pensad que el saco está vacío para el pueblo llano...je..je..

En cuanto a lo de la reducción del IBI, tenemos hasta el 31 de diciembre para solicitarlo. Yo he llamado al 010 y me han dado cita, por lo visto sin cita no puede ser...en fin...enteraros bien, pero en cualquier caso antes del 31 de diciembre, ni un día más, sino perdéis la posibilidad de esta reducción.

Saludos a todos.

 
T
telamarineravks

Yo tengo cita el 21/12 no pasa nada no? es decir que mientras que entreguemos la documentación antes del 31/12 es válido,no??

 

PIPIBOL dijo:

pRz dijo:

Hola a todos,

alguno me podéis ayudar a conseguir la cédula de habitabilidad? En la carpeta que me dio Premier no la encuentro...

Alguien me la puede enviar por correo electrónico? 

Mi correo es el siguiente: javievax@gmail.com

 

Buenas,

Que raro que no te venga, de todas formas lo que necesitas es para solicitar la bonificación?? por que si es así lo que necesitas en la cédula de calificación definitiva, esa  la tienes aquí en el foro en la  pestaña de descargas "calificación definitiva", eso sí faltan los anexos de la misma que esos ya te los tendrían que enviar .

Saludos

Buenas,

Lo he mirado y remirado y no he conseguido encontrar ese documento.

Me he bajado el documento que me comentas, intentare pasarme con él mañana y ver si es suficiente con ese documento o necesito los anexos.

Muchas gracias por la ayuda.

Un saludo

 

telamarineravks dijo:

He estado buscando información en internet y efectivamente hay una reducción del 50% durante los 3 períodos impositivos siguientes al otorgamiento de la calificación definitiva, las vpo y equiparables a éstas conforme a la normativa autonómica.

En ningún lado he encontrado lo del plazo para solicitarlo desde la entrega de vivienda.

A ver si puedo y mañana llamo al ayuntamiento para informarme. Si me entero de algo más os digo.

 

Te pego lo que pone en la página del ayto. sobre los plazos:


Trámite

Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI). Bonificaciones a viviendas de protección oficial y equiparables
.

 

Bonificación del 50% en la cuota del Impuesto durante 3 años a contar desde el otorgamiento de la calificación definitiva, siempre que se solicite en el mismo año de la calificación.

Es de carácter rogado y se aplicará, si procede, en los ejercicios siguientes a la solicitud.

Destinatarios
Viviendas de protección oficial y sus equiparables según la normativa de la Comunidad de Madrid.
Descargar impresos

 

pRz dijo:

Hola a todos,

alguno me podéis ayudar a conseguir la cédula de habitabilidad? En la carpeta que me dio Premier no la encuentro...

Alguien me la puede enviar por correo electrónico? 

Mi correo es el siguiente: javievax@gmail.com

 

Buenas,

Que raro que no te venga, de todas formas lo que necesitas es para solicitar la bonificación?? por que si es así lo que necesitas en la cédula de calificación definitiva, esa  la tienes aquí en el foro en la  pestaña de descargas "calificación definitiva", eso sí faltan los anexos de la misma que esos ya te los tendrían que enviar .

Saludos

 

Hola a todos,

alguno me podéis ayudar a conseguir la cédula de habitabilidad? En la carpeta que me dio Premier no la encuentro...

Alguien me la puede enviar por correo electrónico? 

Mi correo es el siguiente: javievax@gmail.com

 

no rellenas ningun formulario de IBI sino un impreso que te dan en la junta, que es el que se usa para cualquier solicitud, hay pones tus datos personales y dices que solicitas la bonificación del IBI en los proximos tres años por haber comprado una vivienda protegida; le adjuntas fotocopia de la cedula de habitabilidad que nos dieron al escriturar y te devuelven el impreso sellado por registro.

 

ignorante de mi

sabeis como se rellena el formulario del IBI

 

yo he estado hoy y me han comentado que tienes que entregar la solicitud antes de que acabe el año para que la bonificación te la apliquen al IBI del año que viene.

Es lo que me han dicho. He rellenado un impreso generico que te dan en la junta de tu distrito y he anexado la cedula de calificación.

 
T
telamarineravks

He estado buscando información en internet y efectivamente hay una reducción del 50% durante los 3 períodos impositivos siguientes al otorgamiento de la calificación definitiva, las vpo y equiparables a éstas conforme a la normativa autonómica.

En ningún lado he encontrado lo del plazo para solicitarlo desde la entrega de vivienda.

A ver si puedo y mañana llamo al ayuntamiento para informarme. Si me entero de algo más os digo.

 

Muchísimas gracias!

 

 

[/quote>

Buenos días,

Soy de otra promoción y te agradecería mucho que me echases una mano en el tema de la bonificación en el IBI, ¿Podrías decirme si hay que presentar una solicitud por cada titular de la casa, o solo una por vivienda? ¿Dónde la presento?

Mi vivienda es una VVPL, creo que la tuya es VPPB, sabes si éstas son equiparables a las VPO a efectos de conseguir esta bonificación? A ti te la han concedido ya??

Muchísimas gracias por tu ayuda, un saludo

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Buenas Quemi,

Imagino que tu vivienda es VPPL que es vivienda de protección pública limitada, yo entiendo que  si te corresponde la bonificación, pues es de protección pública.

Aún no he ido a solicitarla, pero deduzco que será una solicitud por dirección con un sólo titular, el IBI es un impuesto sujeto a una vivienda.

Tendrás que ir a un oficina de registro del ayuntamiento de Madrid, hay muchas, ve al que más cerca te pille a ti, si llamas al 010 y preguntas oficinas de registro del ayto. que estén cerca de la dirección por donde a ti te venga bien, ellos te lo dicen,  o en la página del ayuntamiento también puedes verlas, te paso el enlace de todas la oficinas que tienes de registro: ( te la pongo en otro comentario que si no no te dejará ver todo lo que te estoy escribiendo).

La solicitud la tienes que pedir en la oficina de registro a la que decidas ir o bien te la descargas en el enlace que más arriba puse, al inicio de este tema, sea como sea que consigas  la solicitud, tienes que ir a dicha oficina, entregarla cumplimentada y tienes que adjuntar fotocopia de la cédula de calificación definitiva de tu bloque, y según dicen en el ayto tienes que presentarlo en el mismo año en que os concedieron la calificación definitiva, es decir si ha sido este año, tienes supuestamente hasta el 31/12/12 para presentarlo.

De todas formas si tienes dudas de que titular poner o lo que sea, una vez allí en la oficina tú pregunta todas las dudas que te surjan, te ayudarán.

Espero haberte aclarado algo un poquito.

Ciaoo

 

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Cita:

Buenos días,

Soy de otra promoción y te agradecería mucho que me echases una mano en el tema de la bonificación en el IBI, ¿Podrías decirme si hay que presentar una solicitud por cada titular de la casa, o solo una por vivienda? ¿Dónde la presento?

Mi vivienda es una VVPL, creo que la tuya es VPPB, sabes si éstas son equiparables a las VPO a efectos de conseguir esta bonificación? A ti te la han concedido ya??

Muchísimas gracias por tu ayuda, un saludo

Buenas Quemi,

Imagino que tu vivienda es VPPL que es vivienda de protección pública limitada, yo entiendo que  si te corresponde la bonificación, pues es de protección pública.

Aún no he ido a solicitarla, pero deduzco que será una solicitud por dirección con un sólo titular, el IBI es un impuesto sujeto a una vivienda.

Tendrás que ir a un oficina de registro del ayuntamiento de Madrid, hay muchas, ve al que más cerca te pille a ti, si llamas al 010 y preguntas oficinas de registro del ayto. que estén cerca de la dirección por donde a ti te venga bien, ellos te lo dicen,  o en la página del ayuntamiento también puedes verlas, te paso el enlace de todas la oficinas que tienes de registro:

http://www.madrid.es/portal/site/munimadrid/menuitem.9d9e646a0a81b0aa7d245f019fc08a0c/?vgnextoid=adedb88db777f010VgnVCM2000000c205a0aRCRD&vgnextchannel=8db7566813946010VgnVCM100000dc0ca8c0RCRD

La solicitud la tienes que pedir en la oficina de registro a la que decidas ir o bien te la descargas en el enlace que más arriba puse, al inicio de este tema, sea como sea que consigas  la solicitud, tienes que ir a dicha oficina, entregarla cumplimentada y tienes que adjuntar fotocopia de la cédula de calificación definitiva de tu bloque, y según dicen en el ayto tienes que presentarlo en el mismo año en que os concedieron la calificación definitiva, es decir si ha sido este año, tienes supuestamente hasta el 31/12/12 para presentarlo.

De todas formas si tienes dudas de que titular poner o lo que sea, una vez allí en la oficina tú pregunta todas las dudas que te surjan, te ayudarán.

Espero haberte aclarado algo un poquito.

Ciaoo

 

PIPIBOL dijo:

Buenas Stockton,  la cédula hace referencia al edificio entero efectivamente, con ella el Ayto.  lo que  quiere es comprobar  la fecha de la obtención de la calificación definitiva, la parcela a la que hace referencia y ver que sean de protección oficial;

En el impreso que te den, es dónde deberás poner tu dirección para que te apliquen esa bonificación a ti personalmente.  

Buenos días,

Soy de otra promoción y te agradecería mucho que me echases una mano en el tema de la bonificación en el IBI, ¿Podrías decirme si hay que presentar una solicitud por cada titular de la casa, o solo una por vivienda? ¿Dónde la presento?

Mi vivienda es una VVPL, creo que la tuya es VPPB, sabes si éstas son equiparables a las VPO a efectos de conseguir esta bonificación? A ti te la han concedido ya??

Muchísimas gracias por tu ayuda, un saludo

 

stockton dijo:

lo que pasa que en el documento de calificación definitiva no aparece ningun dato con nuestro nombre, ni el garaje y trastero o vivienda asociado a nosotros.

 

Buenas Stockton,  la cédula hace referencia al edificio entero efectivamente, con ella el Ayto.  lo que  quiere es comprobar  la fecha de la obtención de la calificación definitiva, la parcela a la que hace referencia y ver que sean de protección oficial;

En el impreso que te den, es dónde deberás poner tu dirección para que te apliquen esa bonificación a ti personalmente.  

 

Hola vecinos,

Me he enterado de esto, nos podemos beneficiar??? alguien sabe algo???


la AEDE es una ayuda que venía descrita en el RD 2066/2008 del plan vivvienda 2009-2012. Sin embargo, se eliminó en 2010 con el RD 1713/2010.


Se dejó un régimen transitorio para las promociones que recibieron la calificación provisional antes de la publicación de este segundo real decreto, como es el caso de la nuestra, no?  Lo que no está claro es si el promotor tiene que haber solicitado que el préstamo promotor sea convenido antes de esa fecha. Por lo que aparecía en las condiciones del préstamo, se puede convertir en convenido, por lo que entiendo que no lo es a día de hoy.


En todo caso, la AEDE es una cantidad proporcional que aplica a los que tengan unos ingresos de menos de 4.5 veces el IPREM de forma proporcional a medida que tienes unos ingresos menores.


También se proponían unas subsidiaciones de los préstamos entre 60 y 100 euros al mes en función de los ingresos y por tramos.


RD 2066/2008: http://www.boe.es/boe/dias/2008/12/24/pdfs/A51909-51937.pdf


Artículo 15 para AEDE y 14 para la subsidiación.
RD 1713/2010: http://www.boe.es/boe/dias/2010/12/18/pdfs/BOE-A-2010-19461.pdf


Punto 4. de la Disposición transitoria primera

 

[quote=puessipuesno>

hola vecinos,

Dentro de mi ignorancia absoluta, quería preguntar:

Lo de las Bonificaciones, se tiene que tramitar en el Ayuntamiento que estas actualmente empadronado o en el que le corresponde a la vivienda que hemos comprado,? vamos en vallecas.

Además, el impreso te lo dan en el Ayuntamiento o solo se puede descargar?

Gracias,

 

No influye para nada el lugar donde estas empadronado. Hay que tramitarlo en el Ayto. de Madrid. Como existe la ventanilla única puedes entregar el impreso en cualquier junta de distrito de lunes a viernes o en la calle Reina Victoria los sabados por la mañana. En la web del ayto. aparecen todos los centros donde puedes hacer la gestión.

 

Segun la pagina de la Comunidad de Madrid:

http://www.madrid.org/cs/Satellite?c=PVIV_Generico_FA&cid=1142516578350&pageid=1200916230200&pagename=PortalVivienda%2FPVIV_Generico_FA%2FPVIV_pintarGenerico

Los que se subrogaron con Targobank (prestamo promotor) NO tienen que pagar IAJD (Primer parrafo del Apartado "Otros gastos asociados a la compra de una vivienda") 

El resto que se subrogaron con otra entidad SI pagaran IAJD. El porcentaje varia dependiendo de los metros utiles de la vivienda y del importe escriturado.

 

hola he de deciros que fui a hacienda a lo del impuesto de AJD Y despues de preguntar a todo el mundo de alli para asegurarme me dijeron que no estaba exento y me cobraron 0,2%... porque no es VPO entonces llame a premier y la contestacion fue que si me decian alli que lo tenia que pagar pues que lo pagara....alucino!

 

a mi el de la gestoria me comento que si no te subrrogabas con Targobank se te cobraba un 1% en escritura de compraventa y el 0,4% en el de la hipoteca.

Si hacias la hipoteca con Targobank estabas exento de actos juridicos de compraventa.

 

Pues a mi ING si que me lo cobro, y me dijeron que si mas adelante no tenia que pagarlo ya me lo devolverían... a cada uno nos dicen una cosa diferente...

 

No entiendo nada yo tampoco solete, a mi en ningún momento ING me llegó a cobrar nada de IAJD porque a la semana de preguntarles si estaba exento me confirmaron que era así y no me lo llegaron a incluir en la provisión de fondos.

 

lo que pasa que en el documento de calificación definitiva no aparece ningun dato con nuestro nombre, ni el garaje y trastero o vivienda asociado a nosotros.

 

muchas gracias por la información. Yo llevo como dos semanas peleando con la Comunidad de Madrid por el impuesto de AJD porque por lo visto no está tan claro que estemos exentos porque sólo es para las VPO y nosotros somos VPPB. me han comentado que se puede pedir un cambio de nombre, por así decirlo, en el IVIMA, pero no sé cuanto tardará porque este impuesto hay que pagarlo como tarde 30 días después de firmar y ya estamos casi en el límite.

La verdad es que es un desastre porque en el mismo sitio, consultando a 3 personas diferentes, cada una nos ha dicho algo distinto: que estamos exentos, que si el 0.2% y que si el 1%. si no se aclaran ni ellos no sé cómo lo vamos a hacer nosotros.

En cuanto sepa algo os aviso.

 

muchísimas gracias.

yo también me he enterado hoy de que estamos exentos del pago de AJD por la compraventa de la vivienda que en mi caso era de 1800 €.

Me lo ha confirmado primero el banco y luego Nieves en premier

 

Muchísimas gracias PIPIBOL!

Por si alguien lo necesita, me han dicho que en la Avda. Reina Victoria nº 7 se puede entregar los sabados de 9:00 a 14:00.

 

https://sede.madrid.es/portal/site/tramites/menuitem.d3089948cb18b1bb68d8a521ecd08a0c/?vgnextoid=d12778d4dfaed010VgnVCM1000000b205a0aRCRD&vgnextchannel=529da38813180210VgnVCM100000c90da8c0RCRD

Muchas gracias. A gestionarlo lo antes posible no vaya a ser que nos quedemos sin plazo. Antes eran 10 años, pasaron a 5 y ahora se nos queda en 3 añitos al 50%... menos es nada...  :(

 

Ahh por cierto os paso el enlace dónde podéis descargaros el impreso de solicitud, o bien lo pedís directamente en el sitio al que vayáis a entregar la cédula junto con este impreso.

https://sede.madrid.es/portal/site/tramites/menuitem.d3089948cb18b1bb68d8a521ecd08a0c/?vgnextoid=d12778d4dfaed010VgnVCM1000000b205a0aRCRD&vgnextchannel=23a99c5ffb020310VgnVCM100000171f5a0aRCRD

 

Fin del hilo
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