Hasta donde he podido averiguar, hay que distinguir dos revisiones:
* La revisión de la instalación de gas es obligatoria cada 5 años, la hace la empresa que distribuye el gas (GAS NATURAL) y no la empresa que te factura y te cobra la factura.
* La revisión y mantenimiento del calentador según la normativa que mencionan Ley (R.D 1027/2007) y aplicable a nuestro caso:
"LA revisión de aparatos exclusivos para la producción de agua caliente sanitaria de potencia térmica nominal ≤24,4kW es de 4 años."
Por lo que en el caso que nos encontramos la revisión obligatoria por ley es de 4 años y la puede realizar cualquier empresa mantenedora certificada.