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oscar y conchi
19/02/2007 11:27

modificación de estatutos

¿Qué implicaciones tienen las rectificaciones 3ª y 4ª en la división horizontal de la finca?

1.295 lecturas | 12 respuestas
Hola vecinos
No se si alguno ha solicitado en el Registro de la Propiedad la división horizontal de la finca, si alguno la habeis solicitado leeros las recitifaciones 3 ª y 4 ª de los mismos, una nueva faena de la Promotora, han modificado los estatutos sin comunicarnoslo.
Tampoco aparecen dichas rectificaciones en las escrituras que firmamos ante notario.
Os detallo las rectificaciones:
3ª RECTIFICACION ".......Los locales comerciales, sin perjuicio del destino establecido para ellos por la licencia municipal de obras, podrán dedicarse a todo tipo de negocio o comercio, así como instalar letreros, luminosos o no , en su zona privativa de fachada y previa obtención de licencia municipal, si fuere preceptiva. En cuanto a la instalación de aparatos de climatización de aire, los dueños de los locales podrán optar entre la ubicación de los mismos en su zona privativa de fachada, o bien, en las bancadas previstas a tal fin en la azotea del edificio, estableciéndose a tal efecto una servidumbre discontinua de paso a favor de estos locales por los portales y escaleras que dan acceso a la azotea del inmueble, para que puedan acceder los operarios a efecturar la instalación, retirada o mantenimiento de los apratos de climatización y sus conductos accesorios. Para la instalación de salidas de humos, los locales se serviran de las previstas a tal fin en el inmueble y, en el caso excepcional de carecer de las mismas, podrán hacerlas discurrir jpor las fachadas de los patios interiores del inmueble, previa obtención de licencia municipal, y sin necesidad de recabar la autorización de la Junta de Propietarios, general o particular.". Dicha rectificación es de fecha 05/09/2006.

4ªRECTIFICACIÓN:"......Las compañias de suministro de agua, electricidad, gas y telefonía que den, o vayan a dar, servicio a la comunidad de Propietarios, general o particular, o a cualquiera de los elementos privativos que la integran, podrán conducir las canalizaciones necesarias para dicho servicio por los elementos comunes del edificio, estableciéndose a tal efecto la servidubre permanente de paso de condutos y canalizaciones y la discontinua de paso de operarios para la instalación, conservación y mantenimiento de las mismas, sin necesidas de recabar la autorización de la Junta de Propietarios. Para lo indicado en los apartados anteriores 3), 4), y 5), se observarán las normas, ordenanazas y demás prescripciones legales y con las licencias y garantías técnicas pertinentes, para no dañar la seguridad del edificio, sin que se precise, en modo alguno, , autorización o consentimiento previos de los restantes coporopietarios ni de sus Juntas de Condueños.". Dicha rectificación es de fecha 23/01/2007.

Ninguna de las rectificaciones realizadas, se nos ha notificado, por lo menos a nosotros, y para más abundamiento la última rectificación que se realizo ante el notario que firmanos las escrituras fue con posteridad a dicha escrituración ¿Habría que pedir algun tipo de responsabilidad a dicho notario? ¿ Como es posible que si ya no es dueña la Promotora, consieta en notario en hacer una recitificación de los estatutos?.

Como podeis ver esto ya se sale de madre.

Saludos a todos
 
V
vito_joan
06/03/2007 08:27
Muchas gracias de nuevo
 
L
LiberYRuben
05/03/2007 17:30
Buenas tardes,
por favor, podrías mandarnos copia a nosotros tb?
libermail@gmail.com
es por simple curiosidad...
Un saludo y gracias.
 
V
vito_joan
05/03/2007 13:49
Buenos días, he tenido un problema con el correo y se me ha ido todo al traste, me lo podeis volver a mandar, por favor:

jrasconb@eresmas.com
 
minuchi
minuchi
28/02/2007 15:13
Si, yo tb lo recibí.

Gracias
 
V
vito_joan
28/02/2007 13:27

Yo lo he recibido, muchas gracias.

Voy a ver si le echo un vistazo y a ver si lo puedo mover para que lo vea un abogado del trabajo de mi novia.

Gracias.
 
O
oscar y conchi
28/02/2007 11:44
Hola Vito-Joam y Minuchi

habeis recibido los correos de la división horizontal y estatutos os los he enviado esta mañana.

avisarme si ha habido algún problema

saludos.
 
minuchi
minuchi
28/02/2007 07:58
¿Nos lo puedes pasar a nosotros tb?

Please, po en el Titulo RESTÓN PLAZA xq sino corre peligro de ser eliminada como si fuera spam..

Gracias
minuchita@terra.es
pedruski@terra.es
 
V
vito_joan
28/02/2007 07:48
Buenos días, me lo podeis mandar por favor a :
jrasconb@eresmas.com
jjrascon_solofisa@bankinter.es
 
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oscar y conchi
21/02/2007 09:27
Hola amigos

Me han mandado un correo, diciendo que es imposible subirlo a la zona de descargas porque la información supera 1 MB.

Si alguno quiere que le envie la división horizontal y estatutos de la finca remitirme vuestros correos.

Saludos

Conchi.
 
O
oscar y conchi
20/02/2007 16:44
Hola a todos vecinos

Acabo de mandar la división horizontar y los estatutos con sus rectificaciones para que lo coloquen en la zona de descargas no se el tiempo que tardan en ponerlo, pero estar pendientes porque creo que es un tema que nos interesa a todos.

Saludos

Conchi
 
C
cualmepongo
19/02/2007 20:01
Una sugerencia para OSCAR y CONCHI, si teneis copia de los estatutos reformados ¿Podeis subirla a la zona de descargas para que la veamos todos ?




La verdad es que sí se puede salir de madre, no lo digo por los vecinos que seguro que no van a permitir desmanes como que el instalador de turno meta el cable por el hueco del ascensor porque tiene prisa para ir a comer, mejor que ni se entere de que en teoría se puede hacer, aunque a algunos les importa poco, lo digo porque también da mucha libertad a los titulares de los locales que pueden servirse de un elemento común de uso residencial para darle un uso distinto.

Luego está la cuestion de pasar la salida de gases por el patio sin pedir permiso, esto siempre suele salir al libre albedrío del chapuzas de turno que abusa.


Tambien conviene saber si los locales van a pagar o no los gastos de mantenimiento de los elementos comunes que están usando.


Respecto al uso privativo de la fachada y teniendo en cuenta que el local pertenece a la promotora y estará en régimen de alquiler ya se encargarán ellos de que no les destrocen sus locales. Habría que ver el contrato privado que firman para el alquiler de locales que es lo que les dejan hacer.



Respecto a dedicarse a todo tipo de negocio o comercio pues no, no se puede poner todo tipo de negocio en una zona residencial y ahí tendremos que actuar denunciando a título particular aquellas actividades que resulten insalubres, nocivas, molestas o peligrosas.

 
V
vito_joan
19/02/2007 13:27
Yo no entiendo mucho del tema, pero vamos lo que puedo entender es que nos están toreando, pero lo que no se que es lo que se puede hacer !!!!.
 

Fin del hilo
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