valde2 dijo:
Hay comunidades que en los estatutos de la comunidad, dejan claro que está prohibido el uso de las viviendas, esto incluiria los trasteros, para uso comercial, no se puede dar ningún otra uso más que para vivienda, sería bueno echar un ojo a los estatutos.
Yo aun no he visto ni los estatutos ni el regimen interior del artículo 6 de la LPH, antes habría que aprobarlos no?