A mi igual, primero los del ayuntamiento con los datos, luego la notificación en correos y por último la carta con el recibo a pagar.
Lo mejor en estos casos es informarse si no os ha llegado porque estamos obligados a pagar pero no están obligados a notificárnoslo, así es que el hecho de que no llegue la carta no exime del pago, al menos eso me han dicho a mi.
Saludos.