lieutenant dijo:
En cuanto a la firma de contrato, no podemos firmar contratos con nuestros clientes sin CALIFICACION DEFINITIVA, la cual nos fue concedida con fecha 11/02/2010.
Si es que no prestan nada de atención ni saben lo que dicen. Será calificación PROVISIONAL, no DEFINITIVA.
Lo gracioso es porque leches nos pidieron lo de la propiedad en octubre o noviembre, pensando en firmar en ese mes cuando no habia ninguna calificación concedida, entonces no se podia firmar nada y por tanto ese papel fue un gasto inútil. Porque la gente no va tirar 1000€ de reserva sabiendo que te van a pedir dicho papel de propiedad si o si al firmar el contrato, pero bueno.
En lugar de esperar a tener una calificación provisional, pedirnos el papel una sola vez y firmar el contrato con el papel reciente.
Es más, creo recordar que para aparecer en el registro de la propiedad como propietario tienes que haber escriturado la vivienda, no apareces con solo firmar un contrato de compraventa.
Un saludo,