El aval ya lo tenemos
¿Cómo afecta el anexo del contrato a la obtención del aval?
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El aval (de las cantidades dadas hasta junio) ya lo tenemos, nos lo dieron en julio cuando firmamos el anexo a nuestro contrato en el que se incluía el retraso de un año y las nuevas condiciones (todas más perjudiciales que las del viejo).
Sin embargo, un par de conocidas nuestras no han firmado este anexo porque consideran que es una concesión de derechos. Les han dicho a las de Rubal que firman el anexo, pero si sólo se contempla el restraso, no el resto de las cláusulas (al parecer el retraso estamos obligados a firmarlo por una cláusula que así lo indica en el primer contrato, pero no el resto de los cambios). Como las de Rubal no parecen mover pieza, ni han firmado el anexo, ni les han dado el aval. Moraleja: como les toques un poco las narices, ellas se saltan la LEY por toda la cara y no te entregan el AVAL, claro que eso es denunciable ante Consumo.
Bueno, lo del retraso os lo digo por si también a vosotros intentan haceros firmar un anexo con el retraso y de paso con unas cuantas cláusulas nuevas de regalito. Sólo estáis obligados a firmar el retraso, si así lo contempla vuestro actual contrato. No os dejéis engañar. El resto de las cláusulas deberían comérselas ellas. Nuestro caso era un poco especial y por eso firmamos. Aún así, si hay algún cambio y me entero que esto no es así, ya os lo comentaré.
Un saludo