fran3030 dijo:
Lo de desgravarte solo un pago mientras no te la revisen no pasará nada, pero.....
Por cierto Leonex, todo esto es para dinero que no estaba en la cuenta ahorro vivienda.
He estado buscando en la página de AEAT y la cosa está clara quien pase de 9015,38 que la haga individual, no es ningún fraude.
TITULO: IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS R.D.LEG 3/2004
CAPITULO: DEDUCCIÓN INVERSIÓN VIVIENDA HABITUAL
SUBCAPITULO: BASE DEDUCCIÓN
REFERENCIA: 123597-LÍMITE DEDUCCIÓN: DECLARACIÓN CONJUNTA
PREGUNTA:
El límite por adquisición de vivienda habitual de 9.015,18 euros se aplica a cada declaración individual de la unidad familiar. ¿Y en caso de declaración conjunta?
RESPUESTA:
La base máxima de esta deducción por declaración será 9.015,18 euros anuales. Límite que queda establecido para tributación individual. Asimismo, las normas aplicables en la tributación conjunta determinan que los importes y los límites de la tributación individual se aplicarán en idéntica cuantía en conjunta, sin que proceda elevarlos o multiplicarlos. Por tanto, la base máxima de la deducción en tributación conjunta será igualmente 9.015,18 euros anuales.
NORMATIVA: Artículo 69 .1 TRLIRPF Real Decreto Legislativo 3 / 2004 , de 05 de Marzo de 2004 .
Artículo 86 .2 TRLIRPF Real Decreto Legislativo 3 / 2004 , de 05 de Marzo de 2004 .
fran3030, lo que yo te digo, en ningún caso sobrepasará la cuantía maxima de los 9015,18€ sea conjunta o separada.
O sea, que lo máximo que se puede desgravar es esa cantidad. Si la hacéis por separado, pues ya sabéis la mitad cada uno de los titulares de esa cuenta.
Nos vemos.
¿cómo tenemos tan abandonados el foro? A ver si nos animamos.