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oledesma
17/01/2005 14:01

El SMI ya no se usa para calcular ingresos

¿Cómo afecta el uso del IPREM en la solicitud de vivienda para aquellos que antes usaban el SMI?

3.588 lecturas | 4 respuestas
Hola,

Para aquellos que solicitan ahora vivienda hay que tener en cuenta que el SMI ya no se usa como referencia. A partir de ahora se hace uso del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) que según el artículo 2.2 del Real Decreto-ley 3/2004 se establece en 6577,20 euros anuales para aquellos casos en que sustituya al SMI, como es este caso.
 
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pipotas
17/01/2005 21:15
siendo V=1 si unidad familiar de 1 ó 2 miembros
siendo V=0,97 si unidad familiar de 3 miembros
siendo V=0,93 si unidad familiar de 4 miembros
siendo V=0,88 si unidad familiar de 5 miembros
siendo V=0,83 si unidad familiar de 6 o más miembros

En cualquier caso, SUERTE!!!!!!!
 
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pipotas
17/01/2005 21:12
En cualquier caso la tabla que hay en descargas su puede seguir usando, supongo, cambiando el SMI por el IPREM del año en curso, ya que la formula se mantiene:
Ingresos Familiares= Base Imponible*T*V / IPREM (no SMI)
siendo T= 0,80
siendo V=
 
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oledesma
17/01/2005 19:23
Precisamente eso pone en la normativa de la EMV: "SMI o indicador de renta que pudiera sustituirle". Ese indicador de renta que le sustituye es el IPREM.
Lo puedes leer en el Real Decreto-ley 3/2004 que entró en vigor el 1 de julio de 2004.
Han desvinculado todos aquellos aspectos que no tengan que ver con trabajo del SMI, como dice el Artículo 1 y el Aritículo 2. Este es un extracto de dichos artículos:

"Artículo 1. Desvinculación del salario mínimo interprofesional
de otros efectos distintos de los laborales.
1. Con el fin de garantizar la función del salario mínimo
interprofesional como garantía salarial mínima de
los trabajadores por cuenta ajena establecida en el artículo
27 del texto refundido de la Ley del Estatuto de
los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo
1/1995, de 24 de marzo, y de limitar sus efectos
a los estrictamente laborales, a partir de la fecha de
entrada en vigor de este real decreto ley dicho salario
se desvinculará de otros efectos o finalidades distintas
de la indicada anteriormente."

"Artículo 2. Establecimiento de un indicador público de
renta de efectos múltiples.
1. Para que pueda utilizarse como indicador o referencia
del nivel de renta que sirva para determinar la
cuantía de determinadas prestaciones o para acceder
a determinadas prestaciones, beneficios o servicios públicos,
y pueda sustituir en esta función al salario mínimo
interprofesional, se crea el indicador público de renta
de efectos múltiples (IPREM)."

Por supuesto esto NOS PERJUDICA TANTO A SOLICITANTES COMO A ADJUDICATARIOS porque el SMI para este año lo han subido a 7182 euros (Real Decreto 2388/2004) mientras que el IPREM lo mantienen congelado a 6577,20 euros como podéis leer en los Presupuestos Generales del Estado para el 2005 (ley 2/2004):

"En los supuestos en que la referencia al salario
mínimo interprofesional ha sido sustituida por la referencia
al IPREM en aplicación de lo establecido en el Real
Decreto-ley 3/2004, la cuantía mensual del IPREM será de
6.577,20 euros cuando las correspondientes normas se
refieran al salario mínimo interprofesional en cómputo
anual, salvo que expresamente excluyeran las pagas
extraordinarias ; en este caso, la cuantía será de 5.637,60
euros."
 
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pipotas
17/01/2005 16:38
oledesma, donde has leido eso?
Yo tengo en casa la Normativa y el Reglamento de la 14ª Convocatoria y en todos los articulos hace siempre referencia al SMI "o indicador de renta que pudiera sustituirle" (de hecho la página 15 del Reglamento, despues del art.14, aparece la fórmula para calcular las veces que el salario es el SMI) y ese "indicador de renta" sustitutivo no aparece en ningún sitio.
Donde viene que para la EMV se usa el IPREM y no el SMI?
Saludos.
 

Fin del hilo
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