Respecto a la junta vecinal convocada para el día 13 de diciembre, la ley establece lo siguiente:
Según el artículo 16.2 de la L.P.H., para convocar la Junta será necesario hacer llegar a todos los miembros de la comunidad una citación por escrito, donde deben constar, obligatoriamente:
1.La fecha y la hora en que tendrá lugar la reunión.
2.El lugar de reunión.
3.El orden del día o relación de asuntos a tratar.
4.Si se trata de primera o de segunda convocatoria.
Al pincipio de cada reunión debe procederse a la lectura y aprobación del acta correspondiente a la Junta anterior.
Como verá, el simple hecho de colocar un papel en el ascensor de su portal, legalmente, no permite convocar una junta, quiero decir, que esta convocatoria está realizada de forma ilegal, como otras tantas cosas, pero vayamos por partes.
Ni que decir tiene, que a esta "junta" no se ha invitado al administrador, con lo cual, no se va a levantar un acta de lo que allí pase, por tanto, no se va a poder informar a los vecinos que allí no puedan estar presentes, si lo de antes ya era ilegal, pues vamos a por la segunda ilegalidad,
Vecino, ¿necesita más pruebas de que aquí no se está jugando limpio?
Más cosas
¿Qué acuerdos precisan del voto de las tres quintas partes de los propietarios (que a su vez representen las tres quintas partes de las cuotas de participación)?
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- La creación o supresión de cualquier otro servicio común considerado de interés general.
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Según la interpretación de la ley y la jurisprudencia (la primera corresponde a los jueces, y la segunda, la descozco) se podría interpretar que el servicio que presta el administrador a la comunidad, es de interés general, por lo tanto, necesita de la mayoría de de los votos, en nuestro caso, como el quórum ha sido del 100% porque se ha solocitado el voto a todos los vecinos por escrito, por lo tanto, se necesitarían 96 * ·3/5 = 57.6 votos.
En el caso de que no quisieramos interpretar la ley así, necesitaríamos mayoría, es decir la mitad más uno = 49 votos. ¿Salen las cuentas?
En cuanto al contrato con el adminstrador, supongo que a falta de contrato escrito, el verval tiene suficiente valided jurídica.
Con todos estos datos sobre la mesa, cabe preguntarse hasta cuando vamos a estar consintiendo los vecinos este atropello. Les invito a exigir al presidente que actue conforme a la legalidad vigente y no a jugar al perro y al gato con el administrador.
Y si pensaba pasar frío el martes en el patio asistiendo a una reunión sin valor legal, es como, si me reuno yo con mi tia y acordamos despedir al administrador, nos va a hacer el mismo caso que lo que se vote en esa "junta", es decir, ninguno, cosa que debería haber hecho la contrata de la limpieza a la que igualmente se quiere hacer con el administrador, se le despidió ilegalmente, y hemos tenido suerte, si todavía no nos ha denunciado.
Por favor, paremos los pies a este señor, que tarde o temprano, por su forma de actuar nos va a meter en un lío a toda la comunidad.