PENALIZACION
¿Existe un contrato que establezca las penalizaciones por retraso en la construcción?
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Hola a todos.
Y digo yo, en una reunión nos dicen que desde el día de retraso 1 hasta el 30 la constructora debe pagar a la Comunidad de propietarios 900.000 pts por día de retraso, desde el día 31 hasta el 60 deberían pagar 1.800.000 pts por días, y así sucesivamente.... Si en esa misma reunión se dijo que el inicio de las obras era febrero del 2002, y que el plazo eran 18 meses, este plazo termina en agosto, más el mes de gracia (septiembre) se supone que desde el 1 de octubre ya contabiliza como penalización.
Donde está ese contrato con esa claúsula???? Nuestro presidente (de la comunidad) informará de esto??? O como es hijo, sobrino, primo ..... de alguien esto se quedará en nada???? Nosotros hemos cumplidao el pago de una derrama, pagará la constructora esta multa???? O se inventarán causas de fuerza mayor???? (porque lluvia precisamente no ha habido). No nos olvidemos que F.Martín es´"íntimo" del presidente de la constructora, ojo al dato.....