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F
fiti
07/02/2004 01:20

INTERESA para reunión d14: ¿Subrogación obligada?

¿Es legal la subrogación a la hipoteca del promotor por obligación?

599 lecturas | 4 respuestas
Hola a todos los vecinos.

Ayer leí un articulo muy interesante en el suplemento de Vivienda que sale todos los jueves en el 20minutos. Esta escrito por ADEPROVI (Asociación de Defensa del Propietario de la Vivienda) y trata de que no es legal la Subrogación a la hipoteca del promotor por obligación, que es lo que nos esta pasando a nosotros con la del BBVA.

Os propongo que hablemos en la reunión del día 14. Creo que después de que lo leais, estareis deacuerdo conmigo que deberíamos reclamar unidos como comunidad. El no, ya lo tenemos.

El artículo se puede encontrar en http://www.20minutos.es/madrid/?noti=101875. Además lo reproduzco integro al final de este mensaje por si lo quitasen de la hemeroteca.

Por cierto, no os perdais el del jueves que viene. Se titula "La entrega" (de la vivienda.

Un saludo


TEXTO DEL ARTÍCULO
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La subrogación en una hipoteca de promotor.

En los contratos de compraventa de viviendas de nueva construcción existe una cláusula claramente ilegal pero sorprendentemente frecuente: aquella por la que se impone al comprador la obligación de subrogarse en la hipoteca que el promotor contrató para financiar la construcción. Si algún osado comprador decide no subrogarse en dicha hipoteca, se le obligará a pagar los gastos para cancelarla.

Hemos de dejar claro que si el comprador, libremente, decide subrogarse en la hipoteca que grava la vivienda de nueva construcción que va a adquirir, nada hay de ilegal en ello: nos referimos a los supuestos, muy habituales, en que no se permite al comprador negociar. Estos casos se detectan fácilmente: absolutamente todos los compradores de una promoción tienen la misma cláusula de subrogación o, en su defecto, de abono de los gastos de cancelación.

Lo que dice la ley. La Ley 26/1984, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, entre otras, prohíbe expresamente este tipo de cláusulas y los tribunales dan la razón de forma casi unánime al comprador cuando reclama judicialmente que se le devuelva lo que ha pagado para cancelar la hipoteca del promotor y ello, como dice una sentencia de 17 de octubre de 2002 de la Audiencia Provincial de Pamplona, porque resulta ´carente de fundamento y justificación que los compradores asuman unos gastos relativos a una hipoteca ajena a los mismos y de la que ningún beneficio obtuvieron´.

Utilizaremos ahora las palabras de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, que el 9 de mayo de 2000 dijo que ´la cláusula que impone, con carácter general, el pago en la primera venta de viviendas, al comprador de los gastos de cancelación de la hipoteca en su día suscrita por la promotora para financiar la construcción´, excluye ´la buena fe y el justo equilibrio de las contraprestaciones y, en consecuencia (...) serán nulas de pleno derecho y se tendrán por no puestas´.

En otras palabras: nadie paga los gastos de cancelación de una hipoteca de otro, salvo que le obliguen. Muchos compradores dudan a la hora de reclamar, pensando que si fuera cierto que ley y tribunales consideran tan claramente que la cláusula obligatoria de subrogación es ilegal, las promotoras no las pondrían en sus contratos.

En Adeprovi estamos convencidos que si los compradores reclamaran de forma generalizada la devolución de lo pagado, la cláusula desaparecería rápidamente.

Adeprovi (Asociación de Defensa del Propietario de Vivienda). Teléfono: 902 362 952. www.adeprovi.com.
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E
Encarna
09/02/2004 16:53
SanMillán,

yo pensaba como tú que la penalización era del 1%, pero cuando hablé con Ignacio (el comercial de Martinsa) me dijo que era el 0.75 ; no sé si es que él tiene noticias más recientes. A lo mejor alguno de los que ya ha hablado con el BBVA tiene información de primera mano sobre esto.

También me dijo que a esta penalización hay que añadirle gastos de Notaría, Gestoría y Registro de la Propiedad que genera la cancelación. Y luego volver a pagar los gastos de una nueva hipoteca. Yo he calculado que con nuestra hipoteca los gastos rondarían los 3.500 €. (contando que fuera el 0.75% y no el 1%)
 
S
SanMillan
09/02/2004 16:24
Perdona Encarna, pero estás segura de la penalización del 0,75% por amortización anticipada?, te lo digo porque en las condiciones que nos pasaron en su día sobre la hipoteca esta penalización era del 1%.
 
E
Encarna
09/02/2004 10:36
Hola Fiti,

el viernes pasado llamé a Martinsa para preguntar sobre lo que comentas de la posibilidad de subrogarnos o no a la hipoteca, porque yo también había oído que no podían obligarnos. Lo que me comentaron es que YA estamos subrogados, aunque no lo hayamos firmado personalmente. Cuando firmamos el contrato de adhesión (en el notario, hace siglos) le concedimos poderes a la Junta Directiva, y ellos lo han firmado en nuestro nombre. Así que ahora, si queremos tener la hipoteca en otra entidad, tendremos que pagar todos los gastos por la cancelación. (El comercial de Martinsa me dijo que el primer 25% no tenía gastos, y el resto, un 0.75 de penalización). Ya sabes, esto son lentejas...
 
S
Siroco
07/02/2004 10:14
Estimado vecino.

El articulo es cierto pero solo quiero decirte que en este caso los promotores somos nosotros (al menos juridicamente por ser una comunidad de bienes) por lo que los gastos de tu cancelación tendriamos que pagartelos el resto de vecinos, lo cual además de ser injusto entiendo que tanto yo como la mayoria de vecinos vamos a votar en contra en un acuerdo de la comunidad si llega el caso.

Otra cosa es que estas en tu derecho de hacer la hipoteca con el banco que quieras. En este caso lo más barato es subrogarse con el BBVA y luego volverte a subrogar a otra entidad. No obstante hay que hechar numeros y por supuesto los gastos se paga cada uno los suyos.



Saludos.
 

Fin del hilo
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