Existe la bonificación del 50% por 3 años por ser VPO.
La de la energía solar se rige por las normas del ayuntamiento, es del 25% por 3 años.
Claramente interesa más la de VPO. Éste es el enlace a la ordenanza. Mucho cuidado que surte efectos en el periodo siguiente al de la solicitud.
http://www.mairenadelaljarafe.es/fuentes/descargarordenanza.php?Fichero=/contenidos/ordenanzas/16-20.pdf&Descarga=Ordenanza20.pdf
Cita:
Las viviendas de V.P.O. y las equiparadas a e´stas segu´n las normas de la Comunidad Auto´noma, disfrutara´n de una bonificacio´n del 50% durante el plazo de tres an~os, contados desde el an~o siguiente a la fecha de otorgamiento de la calificacio´n definitiva.
Dicha bonificacio´n se concedera´ a peticio´n de la persona interesada, la cual podra´ efectuarse en cualquier momento anterior a la terminacio´n de los tres periodos impositivos de duracio´n de la misma y surtira´ efectos, en su caso, desde el peri´odo impositivo siguiente a aquel en que se solicite.
Para tener derecho a esta bonificacio´n, se debera´ aportar la siguiente documentacio´n:
a) Escrito de solicitud de la bonificacio´n.
b) Fotocopia de la alteracio´n catastral (Modelo oficial )
c) Fotocopia del certificado de calificacio´n de V.P.O.
d) Fotocopia de la escritura o nota simple registral del inmueble. e) Referencia catastral del o de los inmuebles.