begonzaiz dijo:
Hola porfinsevealgo. Pues no se qué decirte. A nosotros en el contrato solo nos pone que si la contructora no puede construir nos dará la pate dada y 6000 euros de indemnización, pero nada más.
Lo que tengo es una duda. Si yo lo pongo en venta (nuestra entrega es diciembre de 2007) y llega junio de 208 y no nos lo entregan, ¿tengo derecho a la indemnización aun teniendolo en venta?
Hola begonzaiz! Gracias por contestarme. Referente a la duda que tienes, lamento no poder ayudarte a resolverla, pues desconozco si tienes derecho a dicha indemnización. La verdad, es que por lo que me refieres, nosotros lo tenemos más crudo a la hora de reclamar que vosotros, ya que, como ya os he contado, en nuestro contrato tenemos una clausula en la que si no aceptabamos la indemnización cuando ellos nos la ofrecieran, no podiamos hacer ningún tipo de reclamación. Ahora bien, nuestra indemnización se basa en la cantidad que entregamos, o sea, 18.200 euros, más el doble. Es decir, en total 36.000 euros más los intereses del que tenga estipulado el Banco de España en ese momento. Lo que si te digo, es que creo que no tendrias derecho a esa indemnización si pones el chalet a la venta. Bueno, tampoco os lo puedo afirmar, desde luego. Y eso sí, muchisima paciencia... este hombre por lo que parece tiene un retraso en entrega de 2 años. A mí, me lo tenían que haber entregado en Octubre del 2005 y por lo que parece, hasta Diciembre, minimo, de este año no vamos a poder disfrutar de nuestras casas.... Paciencia. Un saludo...