Buenas noches Laurixi, en el contrato privado de compraventa aparece en la cuarta estipulación, que, y cito textualmente. ‘’ La parte vendedora declara y hace constar que ha garantizado al adquiriente la devolucion del importe total de las cantidades anticipadas, incluidos los impuestos aplicables mas los intereses legales fernte al riesgo de no iniciar la obra o terminacion en el plazo convenido, o la no obtencion de la celula de habitabilidad, licencia de primera ocupacion o documento homologo que permita ocupar la vivienda, mediante la entrega de aval numero…….prestado a su favor por la entidad……., que el comprador manifiesta haber recibido.’’
Entiendo que estan aseguradas y es seguro.