Muy buenas esto es lo que he sacado de la oficina de la vivienda con el plan 2005-2008, que es el nuestro:
- Si se ha obtenido ayuda económica, la vivienda no podrá transmitirse durante el plazo de cinco años desde la percepción de la misma, salvo que se obtenga autorización de la Dirección General de Vivienda. Esta autorización implica el reintegro de la cantidad subvencionada más los intereses legales. (En este punto, si durante 10 años te dan las ayudas a la hipoteca, tienes que sumar 5 años desde que te ayudan a la última cuota, vamos que son 15 años en total).
- Podrá solicitarse la Descalificación una vez transcurrido un mínimo de 15 años desde la Calificación Definitiva.
- Los adquirentes de la vivienda deberán proceder a su ocupación en el plazo máximo de un año desde la entrega de la misma.
- Para realizar obras o reformas deberá obtenerse autorización de la Dirección General de Vivienda.
Un saludo.