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pepe000000
12/06/2006 20:01

Constitución Comunidad

¿Cómo elegir al administrador de la Comunidad de Propietarios de forma independiente?

933 lecturas | 6 respuestas
Hola de nuevo,

El próximo jueves tenemos la junta anual de la promoción.

Se va a tratar un tema muy importante, que es la constitución de los órganos de gobierno de la Comunidad de Propietarios. Están formado por:

a) La junta de propietarios
b) El presidente, y en su caso los vicepresidentes
c) El secretario
d) El administrador

Me preocupa el tema de que la Cooperativa, nos sugiera poner el administrador que ellos quieran. El administrador debe velar por los intereses de los propietarios de la comunidad, no de la cooperativa. Por este motivo, creo que deberíamos elegir los socios la empresa que nos administre, de forma independiente. Ya no quiero más problemas con Teresa de Avila.

No sé si en esta reunión se tratará el tema de las normas de la comunidad. En cuanto a los estatutos, normalmente es un conjunto de normas casi estándar para las Comunidades. Pero hay que redactar el reglamento de régimen interior. Se me ocurren algunas cuestiones que habría que hablar, para que la comunidad funcione bien, y luego no haya problemas:

- Vigilancia 24 horas, vigilante de día, o no vigilante.
- Empresa de limpieza
- Recogida de basuras
- Parterres en terrazas o no
- Cerramientos uniformes
- Color de los toldos
- Colocación de aparatos de aire acondicionado
- evitar que se aparque en plazas de garajes no vendidas
- Intentar limitar la venta de los locales para ciertos usos, en los términos que permita la ley de propiedad horizontal. Este tema es muy importante. Antes los de las tablas, podían oponerse, porque lo que querían era recuperar su dinero, como es lógico. Pero ahora yo creo que la cosa cambia. Muchos locales ya están vendidos. Y los socios de montecarmelo y las tablas, tenemos una participación pequeña en los locales. Lo que nos interesa a la mayor parte de los vecinos, es tener una comunidad tranquila... sin discotecas, restaurantes que den olores... No sé hasta que punto la ley dejar restringir el uso de los locales. Supongo que se puede restringir todo lo que se quiera, siempre y cuando se alcance cierta mayoría... absoluta, reforzada???

Se os ocurre algún tema más?

En fin, espero que la reunión sea productiva, que no haya muchos problemas, y que nos den buenas noticias. A ver si la tenemos para Julio.



Un saludo, pp.
 
alyaner
alyaner
14/06/2006 23:12
Yo ya he pedido tambien un presupuesto de un administrador conocido para el conjunto de las tres comunidades y por separado para ponerlo a disposición de la gente.

En cuanto a la Web había pensado en los grupos de yahoo ya que puedes hacer encuestas, tener un disco duro virual para los archivos, acceso via web y por correo y puede definirse el nivel de privacidad, desde que pueda todo el mundo acceder a todos ladoas, hasta que haya que aprobar a los miembros, etc. Y así dejarlo abierto y cerrarlo si aparece algun troll. Auqnue quizas fuera bueno que los miembros fueran los propietarios, no sé. Bueno esto es lo de menos.

Lo principal es lo de mañana, a ver que tal va. Lo genial sería que se presentara mucha gente ya que el primer año hay muchas cosas que decidir, presupuestos que buscar, propuestas, fallos de la vivienda que van a aparecer, etc. ASí cada uno tiene alguna tarea y s epuende atender todas bien y sin volverse loco.

Pues lo dicho, un saludo y ánimo.

Álvaro
 
P
pepe000000
14/06/2006 13:45
He pedido un presupuesto al administrador de fincas, de la casa donde estoy alquilado. A ver si me da tiempo, y pido otro presupuesto, del administrador de la casa de mis padres.

Sería bueno, que alguien más pidiera algún presupuesto para poder comparar.

Los precios que me han dado por constituir la comunidad, y posteriormente gestionarla, son bastante razonables. En cuanto a la fiabilidad de la empresa, nuestra comunidad no ha tenido problemas nunca con el administrador.

En cuanto a lo de la web, me parece buena idea. En www.myfamily.com existe la posibilidad de crear un espacio web. Está más bien enfocado a un grupo de amigos, para colgar sus fotos, archivos, noticias, cumpleaños…. Pero es gratuita y nos podría servir. Para entrar en la web hace falta un nombre de usuario y contraseña. Esto no sé si es una ventaja o un inconveniente. Ya que sólo podrían visitarla los que estuvieran autorizados. Una persona tiene que ser el administrador que activa la web, y puede crear el resto de usuarios.

¿Conocéis algún sitio más para crear páginas web interactivas? Me refiero, que cualquiera de los usuarios puede añadir contenidos, sin necesidad de que los tenga que publicar el webmaster.

Salu2, pp.
 
alyaner
alyaner
13/06/2006 21:39
Ok. Me parece perfecto pantear eso ahora, ya que no sé exáctamente cuanto se tarda en preparar la puesta en marcha de la comunidad.

Además el tema de los cerramientos siempre trae cola.

Tendremos que tener en cuenta todos que legalmente no se pueden hacer cerramientos fijos de obra. Esto es porque como las terrazas contabilizan en la superficie útil y en la edificable como 50% de la superfice, un cerramiento fijo de obra haría que aumentara el tamaño computable, es decir "legal", del piso, lo que no se puede. En cambio si que podemos hacer desmontables, si no me equivoco.

Personalmente espero que se puedan poner pérgolas, ya que, aunque no creo que yo la ponga , siempre me ha parecido que dedaban bien. Por mi parte, si se permite preferiré un tipo de toldo que descubierto que cerrado está hermético dentro de una caja y no se estropea en invierno.

He de confesar que viendo por fín la casa ya cerca estoy recuperando la ilusión. A ver si abro un hilo con los toldos, y lo que he visto.

Estaría muy bien agruparnos para comprar barato. No estaría mal el montar una web o un grupo donde tengamos mas herramientas para gestionar estas cosas.

 
P
pepe000000
13/06/2006 18:29
Hola Alyaner,

me parecen interesantes los puntos que propones. Pero tienes razón... no creo que se vayan a tratar en esta reunión.

Lo malo es que la gente nada más entregar el piso, lo primero que hace antes de que se creen las normas de la comunidad, es hacer los cerramientos que les gustan... Luego se les puede obligar a quitarlos, pero ya son problemas.

Un parterre es un centro de flores en jardinería. Me refería a pérgolas.
 
alyaner
alyaner
13/06/2006 09:55
Crteo que has mencionado los temas principales. Algun otro que se me ocurre, por orden de importancia y rapidez de decisión o resolución sería:

Pintar las chimeneas azules y la escalera del tejado de un tono más discreto que la bandera del brasil !!!

Cámaras de vigilancia.

Acceso a patios interiores.

Sistema de portero automático con cámara ( En caso de no poner seguridad 24hr).

Contratación de servicios comunitarios. ( Luz, agua)

Contratación de seguros comunitarios.

Usos alternativos permitidos en locales sin vender.

Medidas de presión conjunta para la corrección de desperfectos. ( Este tema es importante pero me imagino que dificil)

Normas mínimas para la ejecución de las mudanzas y obras en los pisos. ( Protección de ascensores, horarios prohibidos, medidas de limpieza, zonas de almacenamiento de escombros)

Adecuación de garita del vigilante (Imagino que, como es usual, lo que dejen estará simplemente acristalado y quien esté o se asará o se congelará).

Estaría genial que para hacer todo esto colaboraran el primer año vvarios vecions, no solo el presidente, vice presidente y el adminsitrador. Pudiendonos ocupar uno por ejemplo de pedir ofertas para los seguros, otro de precios para pintar, otro(s) de buscar modelos de toldos.

Duda: ¿Que es un parterre?
 
alyaner
alyaner
13/06/2006 09:43
Completamente de acuerdo en cuanto a que el administrador no debe ser impuesto, sino elegido. Aunque la cooperativa no ha propuesto si quiera ninguno aún, por eso sería útil que quien conozca aguno lo proponga, a ser posible con referencias y una oferta del mismo.

En cuanto a los estatutos y las limitacio0nes de uso debemos intentar presionar para poner unas condiciones mínimas sobre los locales que queden.

Hay que tener en cuenta que ya hay locales vendidos y que estos tambien votan para los estatutos, así que a esos locales va a ser dificil imponerles restricciones del uso.

Por todo esto creo, como dije en su momento, que más que unas restricciones sobre el uso concreto ( porque creo que no nos van a permitir el ponerla, no por falta de ganas) deberíamos poner condiciones sobre los efectos del uso.

Este tipo de observaciones se basan en las normas existentes y lo que hacen es aprovechar las interpretaciones más restrictivas que puedan tener. Además permiten adecuar o complementar puntos que no se contemplaran en las normas.

No obstante me da a mi que en esta reunión esos temas serían muy gordos de tratar y de hecho no se si es siquiera legal, ya que los que deben aprticipar son los propietarios del inmuebles, y hasta que no tengamos las escrituras no lo somos. Por ejemplo, podría haber alguien que transmitiera su opción de compra o renunciara, es un caso extrano, pero es posible, por ejemplo, si se casa con alguien que tambien tenga adjudicada una VPO.

De hecho imagino que (por tiempo) para esta reunión se hablará más de la entrega, situación de la liqudación, estado de revisión de los defectos, etc.

PD: Como un ejemplo que he escrito algo rápido ( perdonadme incorrecciones) de norma del tipo que he comentado antes tendríamos:

" Las actividades a desarrollar en las dependecias del edificio, inclyuendo locales, viviendas, garajes, trasteros y zonas comunes, no podrán producir niveles de ruido, dirécta o indirectamente sobre lugares donde fuera previsible la estancia de personas, que supongan un incremento sobre el nivel de ruido existente de 3 dBA, y, en ningún caso superar los valores siguinetes:

En Horario diurno 55 dBA,
intermedio 50 dBA,
Nocturno 45 dBA.

Estos valores son extradios de la Ordenanza general de protección del Medio Ambiente urbano para zonas con niveles de ruido reducido en la que se implantaran actividades. Y se corresponden con un área receptora de Tipo I: "Area de Silencio". A todos los efectos se considerarán las condiciones aqui contempladas como complementarias a las contempladas en dicha ordenanza o normas que la sustituya o complemente, Las cuales deberan interpretarse considerando los lugares donde fuera previsible la estancia de personas como "Área Silenciosa".

Se considerarán a estos efectos lugares donde fuera previsible la estancia de personas, las viviendas, los locales comerciales y las zonas comunes que estuvieran habilitadas al efecto.

Para la consideración de estos valores se considerarán todo los efectos directos de la actividad, así como los producidos indirectamente tanto en el interior del local como en las inmediaciones, por ejemplo se considerarán incluidos, los efectos de la afluecia de personas a los propios lugares, y el comportamiento de estas personas, o los derivados de la carga y decarga de mercancias."
 

Fin del hilo
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